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El exdirector del banco Pastor que creó una banca paralela en Asturias y desvió cinco millones se librará de la cárcel

Manuel Mori, en el banquillo de la Audiencia Provincial de Asturias, en la primera sesión del juicio.

Pilar Campo

Oviedo —

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Manuel Mori no ingresará previsiblemente en prisión. Su confesión y colaboración con los auditores y la administración de Justicia para desentrañar los complejos movimientos bancarios que efectuó a través de la creación de una banca paralela entre 1998 y 2012, durante su etapa como director de la sucursal del Banco Pastor (actual Banco Santander), en la localidad asturiana de Cangas de Onís y su falta de antecedentes penales serán determinantes para que pueda eludir su paso por un centro penitenciario. El monto económico del desfalco ascendió a cinco millones de euros.

Aunque aún no hay sentencia, así lo avala la sustancial rebaja en las peticiones de pena que han expresado la Fiscalía y los representantes legales de las 21 acusaciones particulares en la última sesión del juicio que se ha venido celebrando desde el pasado día 5 ante el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Oviedo.

Mori afrontaba peticiones de condena de hasta ocho años de cárcel por su presunta autoría en un delito continuado de apropiación indebida. Sin embargo, las acusaciones pública y particular han rebajado su solicitud a dos años de prisión y han instado a que se declare “la culpa ‘in vigilando’ del Banco Pastor”, ya que ninguna de las siete auditorías que se llevaron a cabo durante su gestión detectó las irregularidades.

La operativa de la banca paralela

Durante 14 años, Mori estuvo al frente de la dirección de la sucursal del Banco Pastor sin que ninguno de sus superiores jerárquicos de la oficina central o la delegación de la zona norte sospechara que estuviese realizando actuaciones ilícitas.

Al contrario, llegó a ser gratificado con bonos porque había logrado que hubiera “morosidad cero” en la entidad, una cuestión que según manifestó en la primera sesión del juicio “le obsesionaba”.

Su operativa consistía en mover cantidades económicas de unas cuentas bancarias a otras sin consentimiento de sus titulares, según sostiene la Fiscalía.

El acusado, por el contrario, mantuvo que lo hacía para que no entraran en morosidad a finales de mes. Su carácter abierto y su relación de cercanía, amistad o vecindad con los clientes le llevó a que muchos de ellos le firmaran documentos en blanco.

El caso se descubrió a raíz de que una clienta acudiera a la entidad a devolver una pequeña cantidad de dinero que le había prestado el entonces director y en un momento clave en el que se estaba produciendo la fusión del Banco Pastor con el Banco Popular, que posteriormente adquirió el Banco Santander, lo que llevó a sus responsables a encargar una nueva auditoría.

La Fiscalía ha aplicado la atenuante de reconocimiento de los hechos por parte de Mori, ya que “con carácter previo a la denuncia” confesó la dinámica seguida a lo largo de los años.

Admitió ante el tribunal que entregó una primera lista escrita a mano con el nombre de las personas que habían resultado beneficiadas y perjudicadas por este tipo de operaciones irregulares.

Doce años desde la denuncia hasta el juicio

El Ministerio Público ha añadido a su conducta la atenuante de dilaciones indebidas, dado el tiempo transcurrido a lo largo del procedimiento. Las fechas así lo constatan: la denuncia se presentó en 2012, pasó a procedimiento abreviado en 2017, se calificaron los hechos en 2019 y el juicio llegó ahora, en 2024; doce años después de que se iniciaran las primeras diligencias de investigación.

Su relación de cercanía, vecindad o amistad facilitaba que muchos clientes firmaran documentos en blanco. Hay 33 perjudicados que desconocían que se utilizaban sus cuentas y más de un centenar de personas que resultaron beneficiadas con su operativa

La Fiscalía también ha resaltado la existencia de “la culpa ‘in vigilando’ del Banco Pastor”, ya que ninguna de las numerosas auditorías que se llevaron a cabo durante la gestión de Mori detectaron las irregularidades. Y las ha enumerado: “Había el 66 por ciento de contratos de fondos que carecían de firma, y eran continuas y múltiples las salidas de dinero de cuentas con escasa operativa”.

La Fiscalía ha solicitado que la entidad bancaria responda como responsable civil con el abono de 2,4 millones de euros a los perjudicados y pide que a su vez Mori resarza al Banco Santander en 1,4 millones.

El Ministerio Público no ha pasado por alto esa relación de confianza del acusado con los clientes ya que, entre otros ejemplos, ha comentado el caso de uno de los supuestos perjudicados que declaró como testigo.

Este vecino sostuvo en su declaración que de los 21.000 euros que le “prestó” Mori ya devolvió 20.000 euros y, por tanto, sólo debía a la entidad mil euros, pero firmó un reconocimiento de deuda con una fecha anterior a que se descubriera el presunto desfalco.

Dilación indebida, colaboración y arrepentimiento

El suyo es uno de los casos que, según la Fiscalía, entraría dentro de la figura de Derecho Penal de beneficiario a título lucrativo, con el que se denomina a quien concurre al procedimiento penal, no como responsable criminal del ilícito penal investigado, sino en calidad de responsable civil directo por haber obtenido un beneficio o aprovechamiento ilícito derivado del comportamiento penalmente punible atribuido a otro. Un delito que no habría prescrito.

Según se puso de manifiesto en la vista oral, habría 33 personas afectadas que desconocían esta actuación del exdirector y más de un centenar de personas que se beneficiaron de su operativa.

Las 21 acusaciones particulares que representan a uno o varios clientes afectados han pedido dos años de prisión para Mori por un delito de administración desleal de forma continuada, multa de 750 euros y la indemnización correspondiente en cada uno de los casos.

El abogado defensor, Ignacio Álvarez-Buylla, ha interesado una pena de un año y diez meses de cárcel por un delito de administración desleal. Además ha asegurado que en su caso concurren las circunstancias atenuantes de dilación indebida, colaboración con la Administración de Justicia y arrepentimiento.

En su alegato, ha recordado la situación de insolvencia del acusado y ha incidido en que en ningún momento utilizó el dinero indebidamente manejado para beneficio propio. Unas palabras que refrenda el acusado que reitera que “no se quedó ni un euro” de esta banca paralela.

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