Protejamos a la infancia de todas las violencias, también de la tauromaquia
El Ministerio de Juventud e Infancia concluye este próximo miércoles, 15 de julio, el trámite de audiencia y consulta pública sobre la reforma de la Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI), una norma que se aprobó en su momento con el objetivo literal de “garantizar los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes (NNA) a su integridad física, psíquica, psicológica y moral frente a cualquier forma de violencia, asegurando el libre desarrollo de su personalidad y estableciendo medidas de protección integral”.
Si lo que se pretende de verdad es una “protección integral” de ese colectivo frente a cualquier tipo de violencia, pocas dudas puede haber sobre la necesidad de impedir que niños, niñas y adolescentes asistan o participen en espectáculos en los que se maltrata hasta la muerte a animales que agonizan entre estertores ahogados en su propia sangre.
La plataforma 'No Es Mi Cultura', impulsora de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que pedía derogar la protección de la tauromaquia como patrimonio cultural, ha redactado un modelo de alegaciones que, como ciudadanas comprometidas, podemos hacer llegar al Ministerio de Juventud e Infancia. El procedimiento es muy sencillo: basta con descargar el modelo, rellenarlo con nombre, apellidos y DNI o documento identificativo equivalente, y enviarlo a participacion.publica@juventudeinfancia.gob.es, con el asunto “Alegaciones al Anteproyecto de modificación de la LOPIVI”.
Se trata de una serie de propuestas para añadir a la norma, “con el fin de reforzar la coherencia del sistema de protección integral frente a la violencia hacia la infancia y la adolescencia, extendiendo la prevención a ámbitos culturales, recreativos y mediáticos donde la exposición de menores a prácticas basadas en la violencia hacia animales continúa siendo socialmente normalizada (...) Su incorporación en la reforma de la LOPIVI permitiría garantizar que el principio del interés superior del menor impregne también aquellos espacios tradicionalmente excluidos del enfoque de protección infantil”, explica la plataforma.
Para respaldar la adición de una serie de puntos a la ley, No Es mi Cultura argumenta que la exposición de niñas, niños y adolescentes a actividades que implican violencia hacia los animales, ya sea como participantes, espectadores o acompañantes, constituye una forma de violencia psicológica, educativa y ambiental incompatible con el enfoque de protección integral que inspira la Ley. “La evidencia científica demuestra de forma consistente que la normalización del sufrimiento animal y la exposición temprana a contextos de violencia real afectan negativamente al desarrollo emocional, moral y empático de la infancia, favoreciendo procesos de desensibilización y aceptación de la violencia como práctica legítima. Esta problemática resulta especialmente grave cuando dicha exposición se produce en actividades recreativas, social o institucionalmente toleradas, como los espectáculos taurinos o la caza, donde la violencia se normaliza y se presenta como tradición, ocio o aprendizaje intergeneracional”, detalla.
Desde una perspectiva jurídica y de derechos humanos, subraya que el Estado español tiene la obligación de proteger a la infancia frente a toda forma de violencia física y psicológica, de conformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño y con las Observaciones Finales emitidas por el Comité de los Derechos del Niño a España.
De hecho, en su último examen, en enero de 2026, el Comité recordó que existe “evidencia científica indiscutible” sobre los efectos perjudiciales de exponer a la infancia a la violencia contra los animales y señaló que esta obligación está recogida en su Observación General Nº 26. En dicho marco, preguntó formalmente al Estado español si prevé prohibir el acceso, la participación y la presencia de menores tanto en espectáculos taurinos como en actividades cinegéticas con armas de fuego, calificando estas prácticas como un peligro para la infancia y una amenaza directa al interés superior del menor.
Añade la plataforma que la exposición de niñas, niños y adolescentes a estas actividades supone además una vulneración del artículo 39.4 de la Constitución Española, que establece que “los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos”, así como del artículo 2 de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, que desarrolla este mandato constitucional y consagra el interés superior del menor como principio rector de toda actuación de los poderes públicos. “La reforma de la LOPIVI constituye, por tanto, una oportunidad legislativa esencial para incorporar de forma expresa esta dimensión de la violencia y garantizar una protección efectiva, coherente y vinculante de la infancia frente a cualquier actividad que implique violencia física o simbólica hacia los animales”, argumenta.
En sus alegaciones, la plataforma pide, por tanto, prohibir expresamente “la participación como profesional taurino o participante de personas menores de edad, así como su presencia en cualquier espectáculo o festejo taurino, ya sea en plazas de toros o en lugares de tránsito público”, así como su participación “en prácticas ganaderas de carácter taurino, como tientas, el lañado, el marcado a fuego (herrado), la manipulación de las cornamentas, las carreras de acoso y derribo y las tientas a puerta cerrada” y su “inscripción y asistencia en escuelas taurinas”.
Además, pide que las retransmisiones, avances, anuncios, resúmenes o promoción de espectáculos en los que se maltrate, mate o sacrifique animales tengan la consideración de contenido perjudicial y sólo puedan emitirse entre las 22:00 y las 6:00 horas.
El Ministerio de Juventud e Infancia impulsa esta reforma legal porque “la gravedad de la perpetración y, en ocasiones, normalización de conductas violentas contra las personas menores de edad obliga a avanzar más en la protección integral de la infancia y la adolescencia, así como incorporar las recomendaciones del Comité de Derechos del Niño en el ordenamiento jurídico español con el fin de blindar los derechos de las personas menores de edad y velar por el cumplimiento del interés superior del menor como elemento primordial en las actuaciones de los poderes públicos”.
Así, el proceso para reformar la Ley comenzó en noviembre de 2024 y, en el trámite de consulta pública, la Coordinadora de Profesionales por la Prevención de Abusos (CoPPA) aportó una serie de consideraciones, basadas en la coincidencia sobre los objetivos de la reforma ante los datos estadísticos que hablan de un considerable aumento de la violencia que sufren niños, niñas y adolescentes en España.
CoPPA esta formada por personas profesionales y expertas de la psicología, la psiquiatría, la sociología, la criminología, la pedagogía y el ámbito de los derechos humanos, y su objetivo es la defensa y protección de comunidades, grupos e individuos en situación de vulnerabilidad, tales como personas mayores, víctimas de violencia de género o doméstica, personas con discapacidad o infancia en riesgo. En base al conocimiento científico y técnico, CoPPA incide en políticas públicas y cambios legislativos; da apoyo a programas que atiendan o prevengan toda violencia, perjuicio o abuso físico o psicológico, descuido, trato negligente y explotación, sea por acción u omisión, realizados por individuos, instituciones o por la sociedad en su conjunto; y promueve una educación que fomente la empatía y el respeto.
Con esta perspectiva, CoPPa formuló varias sugerencias, entre ellas tener en cuenta el Convenio del Consejo de Europa sobre la Prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul, 11 de mayo de 2011), que incluye en el término “mujer” a las niñas menores de 18 años. Considera que este marco contextualiza ámbitos importantes de la violencia que afecta a la infancia y la adolescencia: la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica.
Dado que la nueva ley pretende “garantizar el cumplimiento de las recomendaciones del Comité de Derechos del Niño y la armonización respecto del cumplimiento efectivo de las disposiciones de la Convención sobre Derechos del Niño en el respeto a los derechos de la infancia y adolescencia”, CoPPA considera imprescindible que todas las administraciones públicas, cada una en su respectivo ámbito competencial (estatal, autonómico o local), atiendan a las disposiciones de la Convención y a las observaciones formuladas por el Comité, sin que esta cuestión pueda quedar limitada exclusivamente al ámbito competencial estatal.
Partiendo de una mirada amplia e integral de la violencia en sus distintas formas, CoPPA alertó de la necesidad de abordar no solo la violencia que se materializa en conductas de agresión, abuso o trato degradantes o negligentes directamente sobre niñas, niños y adolescentes, sino también aquellas formas de violencia que tienen lugar de manera a veces no tan perceptible, sino sistémica e incluso socialmente normalizada y hasta institucionalizada. El texto de la consulta cita, a este respecto, la “violencia en los medios de comunicación o a través de las tecnologías y violencia en las instituciones”.
Junto a ello, CoPPA reclamó añadir el impacto negativo que tiene sobre la infancia y la adolescencia su exposición a la violencia orquestada y organizada, como la que tiene lugar en eventos y espectáculos públicos a los que se permite su acceso y/o participación y en los que se maltrata de forma evidente a los animales. “Recordemos que en 2018 el Comité de los Derechos del Niño ya llamó la atención a España sobre este aspecto en sus Observaciones en relación al cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño, instando a este país a proteger a la infancia de la violencia de un tipo de espectáculos particularmente violentos, como son los taurinos, a los que ha calificado de ”prácticas nocivas“, precisa.
Toda vez que la LOPIVI no recogió esta violencia en su articulado cuando fue aprobada en 2021, CoPPA trasladó al Ministerio de Juventud e Infancia que esta reforma debería incluirla expresamente, máxime cuando en aquel estaba pendiente una nueva evaluación a España, que concluyó a comienzos de este año en la misma línea que la de 2018: con la petición de apartar a los menores de la violencia que implica la tauromaquia.
Después de aquella evaluación, el Ministerio trasladó su voluntad de “prevenir los efectos nocivos” de la tauromaquia en los menores impidiendo su acceso y participación en este tipo de espectáculos, postura que fue duramente criticada no solo desde el lobby taurino sino también desde formaciones políticas como el PP y Vox.
El PSOE, socio mayoritario en el Gobierno, mantiene ante la tauromaquia una insoportable incoherencia que le llevó a comprometerse con la ILP y después a votar en contra de su toma en consideración, traicionando no solo a las 715.000 personas que la firmaron sino a sus propios principios fundacionales como partido.
Por tanto, la batalla que tenemos por delante no es solo que el Ministerio de Juventud e Infancia atienda estas alegaciones y sea coherente con sus propias afirmaciones públicas, sino que después esta reforma, con esas sugerencias incorporadas, pase el filtro del socio mayoritario en el Gobierno, salga del Consejo de Ministros y afronte su tramitación parlamentaria con una mayoría clara a favor de proteger de verdad a niñas, niños y adolescentes frente a una violencia que chorrea sangre a borbotones sin que ninguna arenga patriotera ni ninguna bandera puedan taparla.
Sobre este blog
El caballo de Nietzsche es el espacio en elDiario.es para los derechos animales, permanentemente vulnerados por razón de su especie. Somos la voz de quienes no la tienen y nos comprometemos con su defensa. Porque los animales no humanos no son objetos, sino individuos que sienten, como el caballo al que Nietzsche se abrazó llorando.
Editamos Ruth Toledano, Concha López y Lucía Arana (RRSS).
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