ZEC: La 'sombra' de la 'zona offshore' de Canarias
Ahora que los papeles de Panamá han puesto de moda los paraísos fiscales, conviene recordar que Canarias, debido a la pretensión de tener una Zona Especial (ZEC), fue durante muchos años mirada con reticencia por las autoridades europeas, que no querían que el Archipiélago atrajera capitales volátiles que hicieran la competencia a otras administraciones fiscales.
Corría el año 1997 cuando el entonces comisario europeo responsable de mercado interior y de fiscalidad, Mario Monti, se convirtió en el máximo opositor a la creación de un paraíso fiscal en Canarias a través de la ZEC (Zona Especial Canaria) por entender que la misma se contradecía con los proyectos de armonización fiscal en la Unión Europea (UE).
Incluso, planteaba reservas a la aprobación del Régimen Económico y Fiscal (REF) por entender que las ayudas públicas eran, en sí mismas, una traba al desarrollo del mercado interior comunitario y su objetivo era reducir lo más posible la cuantía de esa ayuda. Un portavoz suyo lo explicaba perfectamente: “Nuestras reservas al REF canario no tienen nada que ver con el Código de conducta fiscal. El REF no entra en contradicción con el código porque se trata de ayudas a la inversión productiva. Estamos a favor de medidas como esa, pero queremos que sean lo más pequeñas posible para evitar distorsiones”.
Pero la postura de Monti en las negociaciones para crear una zona franca financiera en Canarias a través de la ZEC fue mucho más beligerante porque, como decía ese mismo portavoz, “eso sí entra en contradicción con el Código de conducta fiscal porque no se trata de atraer inversión productiva en una región pobre sino de atraer capitales volátiles haciendo la competencia a otras administraciones fiscales”, sostiene el equipo del comisario italiano.
Los paraísos europeos
Y es que la creación de pequeñas áreas en régimen de zona franca en los puertos y aeropuertos de Tenerife y de Gran Canaria en la práctica suponía, para Monti y muchos más tecnócratas de la UE, crear en España un nuevo paraíso fiscal semejante a los que el Reino Unido tiene en las islas del Canal y en Gibraltar, al de la isla portuguesa de Madeira, al del territorio irlandés de Shannon y, en menor medida, al italiano de Trieste y al francés de Córcega.
Y, ¿por qué se pensaba así? Pues porque las empresas ZEC se someterían a un régimen fiscal que, aunque transparente, devengarían sólo el 1% del tipo del Impuesto de Sociedades y, además, porque para evitar un traslado masivo de sociedades españolas a la ZEC canaria y un perjuicio para la Hacienda estatal, el Gobierno pretendía que sólo se beneficiaran de esas exenciones las operaciones con no residentes en España o entre empresas asentadas en la propia zona offshore.
Ante las reticencias de una nada despreciable cifra de opositores a la ZEC instalados en Bruselas, España sostenía que no podían prohibir una ventaja de la que disfrutaban otros países y que no tenía sentido impedir crear en Canarias un sistema fiscal como el que ya existía en dos áreas de la UE. y ponían el ejemplo del régimen fiscal de Shannon, que había permitido atraer gran número de inversiones en esta zona irlandesa y que los privilegios de Madeira tendrían vigencia hasta el año 2010.
Pero el largo y tortuoso camino de la ZEC, siempre mirada con recelo por las autoridades europeas, se inició en el debate de los Presupuestos Generales del Estado para el año 1984 con la inserción de la Disposición Vigésimo Primera , donde se establecía que el Gobierno del Estado iniciaría los estudios tendentes al establecimiento en Canarias de una Zona Libre Bancaria.
En 1987 ya se planteaba como el proyecto Canarias como Zona Especial de ocio, comercio y transacciones invisibles para unas islas con su sistema de adhesión diferenciado recogido en el Protocolo II de adhesión de España a la entonces Comunidad Económica Europea (CEE), donde se especificaba que el Archipiélago quedaba fuera de la política agrícola comunitaria, del cordón aduanero y de la aplicación del IVA.
Curiosamente, la adaptación de la estructura del REF a la normativa comunitaria se hizo al revés, y desde entonces se mantiene así. Se comenzó con el apartado fiscal, que se aprobó en 1991 y tres años más tarde se sellaban los aspectos económicos, cuando la teoría siempre había dicho que primero hay que sentar las bases económicas y posteriormente las fiscales para lograr los objetivos, pero la urgencia de las autoridades europeas por tener homogeneizado el tema fiscal hizo que las tornas se invirtieran.
Debido a las reticencias de Bruselas, las autoridades canarias y españolas no pretendían en 1987 vender la ZEC como un paraíso fiscal y se evitó que el Archipiélago fuera un centro de blanqueo de dinero, aunque si se deseaba dar la mayor libertad posible en todos los ámbitos con una baja fiscalidad, secreto bancario y diferenciación entre residentes y no residentes.
Para ello, se propuso que las empresas que pudieran operar incluyera los establecimientos financieros y ya se hablaba incluso de la creación de un registro especial de buques, de un centro de contratación de mercancías y la creación de un mercado de monedas, valores y futuro. En aquella ZEC solo podían operar los no residentes, y la actividad de las empresas debía estar enfocada para la exportación. En el apartado fiscal solo se aplicaría el impuesto de sociedades pero con unas importantes deducciones que lo llevarían a su mínima expresión pues quedaban excluidas las plusvalías y con bonificaciones de la cuota hasta del 90%.
La imposición indirecta no existía y con las locales habría conciertos. Solo se pagaban las tasas de establecimiento y la anual. Las filiales debían de tener un capital mínimo de 10 millones y no se aplicaba la normativa del coeficiente de inversiones. Por último, los isleños podrían operar en la ZEC a través de sociedades no residentes y el administrador de las empresas debía ser residente en las islas.
Plena integración
Pero mientras todo eso se debatía, el Parlamento de Canarias aprueba en 1989 la plena integración, lo que conlleva adaptarse a toda la normativa comunitaria y a reformular la ZEC, suprimiendo lo que en Europa no iba a ser admitido porque las Islas no iban a tener un status diferenciado y, por tanto, toda la normativa comunitaria le afectaba al quedar plenamente integrada en todos los aspectos, aunque se mantenía que las entidades ZEC solo podrían hacer operaciones con no residentes. Dentro de las sociedades se mantuvo que uno de los administradores debía residir en Canarias y determinaba un capital mínimo de un millón de pesetas totalmente desembolsado.
El tema fiscal se aquilató más al establecer que el impuesto de sociedades que les afectaba tendría un tipo reducido del 1% quedando también exenta de la imposición indirecta, tanto estatal como autonómica o local así como del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Tampoco el IGIC se aplicaba ya sea por actividades entre empresas ZEC o con no residentes en España y para los tributos locales.
Para las entidades financieras se establecía en el capitulo IV su régimen especial con amplitud, haciendo hincapié en las de seguros y en la creación de la Bolsa de Valores. Fuera de lo que es el articulado de la ZEC, el REF del 94 incluía las zonas francas y el Registro Especial de buques y empresas navieras.
Con el nuevo milenio, Canarias eligió un mal momento para renegociar su ZEC, pues en Europa se inició una cruzada contra las zonas que podían ser paraísos fiscales e impuso la homogeneización fiscal. Hay analistas que aseguran que hubo poco de negociación y mucho de imposición de la UE, que obligó a cumplir sus normas hasta el punto de que la ZEC perdió uno de su mayores atractivos al dejar fuera a las entidades financieras y de seguros, siendo un duro golpe para las aspiraciones isleñas pues era en este apartado donde se pusieron muchas esperanzas de inversión foránea. Tampoco en el tema fiscal la UE cedió demasiado ya que del 1% como pago por el impuesto de sociedades se pasó a una horquilla de entre el 1% y el 5% ,que variaba en función de la creación neta de empleo.
Con todo, el 19 de enero del año 2000, el entonces presidente del Gobierno, Román Rodríguez, aseguró que “tenemos una zona especial que no es la que quisiéramos, pero si la que es posible en la Europa de la armonización fiscal”. Rodríguez afirmó que la ZEC “va a contribuir a diversificar la estructura económica en el Archipiélago con actividades no preexistentes, sobre todo industriales de alto valor añadido, que generarán unos 3.000 empleos directos”. La realidad fue otra, como demuestran las altas cifras de paro que tiene Canarias.
El paraíso de los parados
La sombra de los paraísos fiscales no ha dejado de planear sobre las Islas en los últimos 30 años. Así el 6 de noviembre de 2014 el periódico ABC titulaba “Canarias se convierte en un paraíso para los paraísos fiscales”, una noticia que empezaba así: “Canarias se ha situado entre las comunidades autónomas predilectas de los paraísos fiscales. Las inversiones provenientes de este conjunto de países y territorios suman más de 92 millones de euros desde 2008, primer año que discurrió sumido de lleno en la crisis socioeconómica. Una inyección de alrededor de 18 millones procedentes de Jersey (una de las islas Anglonormandas) ha hecho posible que solo Madrid haya recibido más fondos durante 2014. También ha llegado este año dinero de Gibraltar, Mauricio y Singapur”.
De todas formas, el tiempo ha puesto las cosas en su sitio, y ya nadie medianamente informado cree que Canarias sea un paraíso fiscal, pese a tener una fiscalidad diferenciada considerablemente más baja que la que se aplica en el resto de la UE. O instrumentos fiscales como la Reserva de Inversiones Canaria (RIC) por el cual un empresario puede lograr una bonificación del 90% en su tributación -bien IRPF o bien Impuesto de Sociedades- si reinvierte en Canarias, lo que sí ha servido para que muchos empresarios compraran bienes inmobiliarios a nombre de su empresa, lo que contribuyó a crear una burbuja mucho mayor que en la Península, lo que acrecentó en las Islas la crisis del ladrillo.
Por otra parte no hay que olvidar que muchos productos han de pasar por aduana y que soportan la cesta de la compra más cara de España.