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La Justicia no da la razón a los hosteleros cántabros y mantiene el interior de los locales cerrados

Los hosteleros cántabros se concentran frente a la Consejería de Sanidad

Rubén Alonso

18 de febrero de 2021 11:41 h

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La Justicia se ha posicionado en contra de las reivindicaciones de los hosteleros cántabros respecto a las restricciones COVID. El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado el recurso presentado por este colectivo manteniendo el interior de los locales cerrados, tras analizar los argumentos de la Consejería de Sanidad, a la que otorgó un plazo de 24 horas para defender la postura de prorrogar esta medida.

Así pues, tal y como ha adelantado la cadena SER y ha confirmado el vicepresidente, Pablo Zuloaga (PSOE), el TSJC respalda la decisión del Gobierno autonómico alegando que, aunque existe “perjuicio económico” para los negocios, “en el otro lado de la balanza simbólica de la ponderación tenemos el interés general sanitario”. Son “perjuicios reparables a posteriori”, han subrayado los magistrados. Y es que según recoge el auto consultado por elDiario.es, suspender la medida de Sanidad respecto a la clausura de interiores “pondría en riesgo los derechos a la salud y la vida”.

En su recurso, los hosteleros defienden el derecho al trabajo y argumentan que la propagación del virus también se produce en otros establecimientos cerrados, como tiendas o colegios. Sin embargo, la Sala explica que “la actividad que en ellos se desarrolla no precisa la retirada de la mascarilla”, de forma que “aunque el riesgo de contagio también exista, no se incrementa por la actividad que se desarrolla en esos lugares, pues las conductas que las personas desarrollan no incrementan sustancialmente el riesgo de contagio”.

La Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria se ha mostrado muy beligerante contra esta prórroga de la restricción, en la línea de los últimos meses de la pandemia, con sucesivas concentraciones y caravanas de protestas, además de reclamaciones en los juzgados que, hasta la fecha, todas han sido denegadas.

Este caso no ha sido una excepción y la Justicia cántabra no ha seguido el criterio de la vasca, que obligó al Ejecutivo de Íñigo Urkullu a reabrir los bares en las zonas de alerta roja por coronavirus, tras la postura de un polémico magistrado que llegó a desprestigiar a los epidemiólogos.

Comparación con Euskadi

En este sentido, el TSJC indica que “la situación de Cantabria no puede parangonarse con la del País Vasco”, en cuanto a que en Cantabria las zonas interiores de los establecimientos “llevan un largo periodo cerradas, pero no las terrazas de los mismos, y no se obtiene de ninguna manera la conclusión” a la que llega la Sala vasca de que “la apertura de establecimientos no fuese causa del aumento de contagios”.

La Sala sostiene que “en este contexto de pandemia y considerando el potencial expansivo y el grado de letalidad del virus, el principio de precaución despliega toda su virtualidad, de tal manera que hay que contar con cualquier instrumento que sea razonablemente útil y, obviamente, no perjudique la salud que se trata de preservar”.

“La medida impugnada se presenta, a efectos del control propio del incidente cautelar, como razonable”, según se ha visto en la motivación de la misma. “Dada la prevalencia jurídica del derecho a la salud y a la vida (amenazado no solo por la letalidad de la propia enfermedad sino también por el posible colapso del sistema de sanidad pública), basta con relacionar la medida impugnada, en términos de razonabilidad e idoneidad, con la contención del avance de la pandemia para concluir que la suspensión de la ejecutividad del acto impugnado pondría en riesgo dichos derechos”, apuntan los magistrados.

En el auto no se imponen las costas a Hostelería ante la existencia de distintas resoluciones en los tribunales superiores de justicia dependiendo de la particular situación epidemiológica que provoca la existencia de las dudas de derecho que el precepto contempla como razón para su imposición. El auto puede ser impugnado a través de un recurso de reposición ante el mismo órgano judicial den el plazo de cinco días desde su notificación.

“Buena noticia para Cantabria”

El vicepresidente ha señalado que la decisión de los jueces es “una buena noticia para Cantabria”. El también portavoz del Gobierno ha apuntado que las decisiones que toma la Consejería de Sanidad, como en este caso el cierre del interior de los locales que lleva vigente desde noviembre, “siempre están basadas” en los acuerdos del Consejo Interterritorial de Sanidad y “siempre buscan que la incidencia de la enfermedad sea la menor posible, garantizado la capacidad asistencial de los hospitales”. Además, en su opinión, el hecho de que la justicia dé la razón al Gobierno significa “que seguimos una tendencia responsable y que además cumple completamente con las directrices legales que están establecidas”.

Por lo tanto, para Zuloaga, es “una buena noticia para Cantabria, más allá de entender la necesidad por parte de diferentes sectores económicos de seguir avanzando en medidas que palien las pérdidas que están sufriendo”. Al respecto, ha señalado que en el Consejo de Gobierno celebrado este jueves se ha “avanzado” en la tercera convocatoria de ayudas que tiene previsto lanzar este mes de febrero, que incluirá el acuerdo parlamentario de que los sectores afectados de los municipios que han sufrido cierres perimetrales, tanto en la tercera como en la segunda ola (Torrelavega, Santoña, Laredo, Colindres, Santa María de Cayón y Polanco), puedan tener una valoración superior en las ayudas por las pérdidas que han sufrido por este motivo.

“Fundamentos muy sólidos”

Posteriormente se ha pronunciado al respecto el consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez (PSOE), quien ha destacado los “fundamentos muy sólidos” en los que se basa el auto, poniendo “el derecho a la vida y a la salud por encima de cualquier otra cuestión”. Pese a que “no tenía dudas” de que el posicionamiento judicial sería favorable dados los otros cuatro antecedentes, sí ha reconocido que le ha otorgado cierta “tranquilidad” porque “siempre hay pronunciamientos judiciales que pueden sorprender”.

Rodríguez ha destacado que la resolución hace una referencia “muy buena” a la Ley de Salud Pública, que, según ha explicado, apunta que “aunque no haya una evidencia, absolutamente cierta, si hay algo de evidencia de que algo puede perjudicar la salud, se pueden tomar las medidas que se consideren necesarias para proteger la salud de los ciudadanos”. “En ese sentido, agradecemos el pronunciamiento del TSJC”, ha apuntado.

También cuestionado por los medios de comunicación el consejero ha afirmado que le “encantaría” que la prórroga del cierre del interior de la hostelería que se adoptó la semana pasada “fuese la última”, aunque ha precisado que el compromiso de su departamento es revisar la medida cuando la comunidad alcance el nivel de alerta dos (ahora está en el 3). “En el momento en que se alcance ese nivel de alerta 2 y se consolide estaremos dispuestos a hacer la apertura del interior de la hostelería en el porcentaje de ocupación que establezca la Dirección General de Salud Pública”, ha concluido el consejero.

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