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El Plan de Ordenación Municipal (POM) del Ayuntamiento de Cuenca contra el tren, en apariencia europeísta, es desconcertante y, como veremos, vulnera la ley. El documento se hace eco de la Perspectiva Europea para el Desarrollo Espacial, cuyo mensaje fundamental es la necesidad de reforzar la “asociación entre pueblos y ciudades de todos los tamaños y sus campos cercanos”. Este planteamiento formalmente europeísta ¿no es contradictorio con el chantaje del plan propuesto por Adif, la Junta, la diputación y el ayuntamiento, para desmantelar el ferrocarril, en perjuicio de los pueblos de la provincia más despoblada?
El POM produce desconcierto, al afirmar que persigue “proporcionar acceso a un sistema de transporte público, seguro, asequible, accesible y sostenible”, para todas las personas; añadiendo como objetivo, “reducir la generación de desechos, mediante actividades de prevención, reciclado y reutilización”. Considerando que el tren es el transporte público más seguro y que el próximo año 2023, será gratuito, ¿por qué no se lleva a cabo su modernización existiendo para ello fondos europeos? ¿Tiene sentido su destrucción, con la generación de desechos y residuos que ocasionaría? ¿Qué pasa con la propuesta de la Junta de Castilla-La Mancha en pro de la cohesión, la economía verde y circular?
No obstante, uno de los mayores problemas del POM es que vulnera la ley, por su déficit democrático. El plan municipal infringe la Constitución y las leyes al no haber permitido la participación de asociaciones ciudadanas, interesadas en su elaboración. Conviene subrayar, que el derecho a la participación de la sociedad civil en los asuntos públicos, está reconocido y garantizado mediante la estrecha relación existente entre el artículo 23.1 de la Constitución, con el principio democrático del artículo 1.1, y la obligación de los poderes públicos de facilitar la participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social, establecida por el artículo 9.2 de la ley fundamental. De manera que, cuando las leyes, en materia de urbanismo, ponen las bases para una participación efectiva de la sociedad civil, lo hacen por razones democráticas y, quizá, porque el origen de la corrupción está en la falta de información, publicidad y participación de la ciudadanía, en las actuaciones urbanísticas.
Pues bien, el requisito de la participación ciudadana implica que, durante la redacción técnica del POM, el ayuntamiento de Cuenca estaba obligado a contar con la participación de las entidades representativas de los colectivos ciudadanos particularmente afectados (por ejemplo: la asociación Pueblos con el tren, la Plataforma por un ferrocarril público y social, Cuenca Ahora etc.), reflejando su resultado en el documento elaborado. ¿Por qué razón esta exigencia legal ha sido absolutamente ignorada, durante la elaboración del POM?
Por último, aunque no por ello menos importante, el POM contra el tren del ayuntamiento de Cuenca, no debería aprobarse, porque está pendiente el recurso interpuesto por Cuenca Ahora ante la Audiencia Nacional y la resolución de las alegaciones presentadas ante el Ministerio de transportes, movilidad y agenda urbana, por once ayuntamientos. Aprobar el POM, en semejantes condiciones, supondría llevar a cabo una actuación arbitraria, atentar al principio de seguridad jurídica (artículo 9.3 de la Constitución) y propiciar que en Cuenca se cometan impunemente nuevas fechorías urbanísticas, como la del bosque de acero.
Por todo lo expuesto, para manifestar nuestro rechazo al POM, elaborado por encargo de quienes pelean por la muerte del tren Madrid-Cuenca-Valencia; expresar nuestra defensa de la dignidad, la participación y demás derechos fundamentales proclamados por la Constitución española, que están siendo atacados por la Junta de Castilla-La Mancha, la Diputación y el Ayuntamiento de Cuenca y, en fin, reflexionar sobre las alegaciones que tenemos previstas presentar, realizaremos otro plante el próximo día18 de octubre de 2022, a las once horas, ante la denominada Casa del Pueblo de Cuenca.
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