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El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso del Gobierno contra el impuesto a Garoña

El CSN señala defectos en la estimación de riesgos radiológicos en Garoña

EUROPA PRESS

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra la Ley Medioambiental de Castilla y León que gravaba con un impuesto a la central de Garoña por el almacenamiento de residuos radiactivos.

Esta ley, a través del Artículo Único. Cuatro de la Ley 6/2018, de 13 de noviembre, modifica el impuesto sobre la afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada, por los parques eólicos y por las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión regulado en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, en el sentido de incorporar al impuesto el almacenamiento temporal de residuos radioactivos.

El establecimiento de esta nueva imposición lo justificaba el anterior Ejecutivo de la Junta de Castilla y León en que la generación de energía eléctrica mediante la utilización de energía nuclear supone la asunción por parte de la sociedad de una serie de cargas ambientales, debido a las peculiaridades inherentes a este tipo de energía, tales como la inevitable generación de residuos radiactivos y la necesidad de una adecuada gestión posterior de los mismos.

Doble imposición

Sin embargo, el Gobierno considera que la ley impugnada incluye un nuevo hecho imponible en la letra c) del art. 51.1 del texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, lo que genera una doble imposición.

En el recurso de inconstitucionalidad el presidente del Gobierno no invoca los arts 161.2 de la Constitución y 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por lo que no procede la suspensión de la vigencia del precepto legal impugnado.

El Tribunal ordena que se dé traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a las Cortes y a la Junta de Castilla y León, para que puedan personarse y formular las alegaciones que consideren convenientes.

La sentencia que se dicte en su día será redactada por el magistrado ponente Andrés Ollero.

El PP, el único que defendió el impuesto

El PP fue el único grupo con representación en las Cortes que respaldó la Ley que regula el impuesto que gravará los residuos de la Central Nuclear de Garoña tras su cierre con el objetivo de recaudar unos 15 millones de euros para reinvertirlos en la zona, una norma que salió adelante con los votos en contra de PSOE y Ciudadanos y la abstención de Podemos y Grupo Mixto.

En concreto, la Ley fue aprobada después de que se aceptara una enmienda de Podemos a través de la que se endurecía la penalización por residuos con lo que se amplía la cuantía recaudatoria de los 10 millones de euros iniciales a los 15 previstos ahora.

La norma fue aprobada con el rechazo del PSOE, ya que, como explicó la procuradora Virginia Jiménez Campano, se trata de impuesto que supone un “escarnio”, ya que, como así vaticinó, será declarado inconstitucional porque grava únicamente el almacenamiento, algo que “el Estado ya grava”.

El entonces procurador de Ciudadanos, Manuel Mitadiel, cuyo grupo gobierna ahora en coalición con el PP, también votó en contra del impuesto al entender que las cuantías “las acabarán pagando los ciudadanos” porque repercutirá “en el recibo de la luz”.

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