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Dos años de cárcel a un mosso por multar a enemigos de su madre que no habían hecho nada

Mossos d'Esquadra en una imagen de archivo

Alberto Pozas

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Los trabajadores de una empresa de muebles de El Prat de Llobregat (Barcelona) se dieron cuenta de algo extraño en los primeros meses de 2013. Cinco de ellos habían sido multados por cosas que no habían sucedido: conducir usando el teléfono móvil, conducir sin cinturón de seguridad o saltarse una señal de stop. Ni siquiera habían pasado por allí con el coche. El origen de las multas misteriosas, según declara probado en firme el Tribunal Supremo, era un agente de tráfico de los Mossos d'Esquadra hijo de una compañera de trabajo con la que todos tenían una mala relación. Ahora los jueces han confirmado una condena de 2 años de cárcel para él por multar a estos enemigos laborales de su madre además de su expulsión del cuerpo.

Los hechos ocurrieron entre febrero y mayo de 2013. El condenado era agente de los Mossos d'Esquadra en Igualada (Barcelona), en el servicio de tráfico, y su madre atravesaba una etapa de conflicto laboral en su empresa. Tras varios enfrentamientos y una denuncia por amenazas llegaron las sanciones de tráfico. Según contaron varios afectados en el juicio, un día se dirigió a ellos y les lanzó una amenaza: tenía un hijo mosso y “ya veréis lo que os pasa”, afirmó.

La amenaza se materializó y varios trabajadores de la empresa y alguno de sus familiares se encontraron con multas imposibles. Dos gerentes, un trabajador y la esposa de uno de ellos recibieron sanciones por conducir sin cinturón, saltarse una señal de stop o por ir al volante mirando el teléfono móvil. En un primer momento se sorprendieron, e incluso pagaron, pero luego se dieron cuenta de que era imposible y denunciaron: no habían pasado por el lugar donde supuestamente habían cometido la infracción y tenían pruebas que lo demostraba.

El Tribunal Supremo acaba de confirmar la condena que la Audiencia de Barcelona impuso a este mosso de Igualada: dos años de cárcel por un delito continuado de falsedad en documento público por todos los boletines de denuncia que falsificó. Los jueces también declaran firme una multa de 2.700 euros, más de un año de inhabilitación para formar parte de un cuerpo policial autonómico y la expulsión definitiva de los Mossos d'Esquadra. También tendrá que indemnizar a los afectados con los más de mil euros que perdieron en las multas y los recursos.

La sentencia no implica su entrada obligatoria en prisión al carecer de antecedentes penales y porque el condenado ya consignó hace cinco años 2.000 euros para hacer frente a las indemnizaciones. La Justicia también ha obligado a la Generalitat de Catalunya a anular todos los expedientes de sanción que este agente puso en marcha de forma fraudulenta pero ha eximido a la administración catalana de responder de las indemnizaciones como responsable civil subsidiaria.

Los jueces de la sala segunda, con el magistrado Leopoldo Puente como ponente, rechazan todos y cada uno de los argumentos del recurso del agente, que planteaba hipótesis que ya descartó la Audiencia de Barcelona en primera instancia: que las denuncias eran reales, que las inexactitudes de los boletines de denuncia tenían explicaciones racionales y que el origen de este proceso judicial era la animadversión de los denunciantes hacia su madre después de unos últimos meses turbulentos en la empresa.

El Supremo analiza todas las pruebas y rechazan sus alegaciones. En primer lugar, recuerda que los denunciados no estaban en el lugar donde, supuestamente, habían infringido la normativa de tráfico: “Todos ofrecen explicación cumplida de dónde se hallaban en realidad”. En segundo lugar, los agentes que supuestamente emiten las denuncias no recuerdan haber intervenido en ninguno de los casos. Además, las multas no estaban firmadas por los conductores y él efectuó búsquedas en las bases de datos policiales sobre estas personas. Finalmente, recuerda el Supremo, los conductores no estaban allí y las patrullas que les denunciaban tampoco. “No se encontraba en el lugar, ni en las proximidades del lugar, donde las pretendidas infracciones habrían acaecido”, zanja el Supremo.

Expulsado de los Mossos

La condena recoge entre sus múltiples apartados que esta sentencia firme acarrea “la privación definitiva del empleo de mosso d'Esquadra”. Las dos sentencias del caso recogen cómo todos los testigos dibujaron el escenario de conflictividad laboral en la empresa de la madre del condenado sin que las verdaderas causas hayan quedado esclarecidas: la mujer denunció que empezó a ser víctima de acoso laboral cuando empezó a cuidar de su marido enfermo mientras que los afectados por las multas falsas aseguraron que ella empezó el ambiente de conflictividad cuando quiso jubilarse.

La Audiencia de Barcelona también eximió de responsabilidad económica a la Generalitat de Catalunya pero porque el acusado ya había consignado todo el dinero necesario para indemnizar a las víctimas. “Habiéndose consignado para su pago la cantidad señalada en concepto de responsabilidad civil y cubriendo esta la impuesta y disponiéndose en el Fallo que se aplique a tal fin con prioridad a cualquier otro , no procede efectuar ya declaración de responsabilidad civil subsidiaria de la Generalitat de Catalunya pues ya se encuentra satisfecha la responsabilidad civil directa por el acusado”, dijo la primera sentencia del caso.

Lo que sí debe hacer la administración catalana es anular las sanciones para evitar las consecuencias de las denuncias falsas por infracciones de tráfico que nunca existieron. Además del dinero que pagaron los afectados para hacer frente a las multas y los recursos, todos perdieron entre tres y cuatro puntos del carnet de conducir por las sanciones. Varios tuvieron que pagar cursos para recuperar esos puntos y también deben ser indemnizados por ello.

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