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Puigdemont esgrimió el discurso del rey para que la justicia belga rechazara su extradición

Puigdemont, fotografiado en Bélgica

Oriol Solé Altimira

La justicia belga no ha podido pronunciarse sobre la orden de arresto contra Carles Puigdemont y los cuatro exconsellers que permanecen en Bélgica porque el Tribunal Supremo la retiró el pasado cinco de diciembre. Fue tan solo un día después de que la defensa de los dirigentes catalanes en Bruselas presentara un extenso escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso este diario, en el que se desglosan los motivos para rechazar la extradición.

Entre las causas aportadas para que se denegara la euro–orden destacan las vulneraciones de derechos fundamentales que, a juicio de las defensas, podrían sufrir Puigdemont y los exconsellers en España. En primer lugar, el “peligro manifiesto” para su presunción de inocencia debido a las “numerosas declaraciones injuriosas” de políticos, el exfiscal general del Estado José Manuel Maza y el rey Felipe VI.

En concreto, se exponen las declaraciones del monarca por las que acusó al Govern de “vulnerar de manera sistemática las normas”, así como el avance por parte de Maza a lo largo del mes de septiembre y octubre de las querellas por rebelión que se terminarían presentando el 31 de octubre y el título “más dura será la caída” de las mismas.

“Que las autoridades públicas y la prensa tomen una posición política no afecta a la presunción de inocencia, pero sí la niegan cuando gritan a voces la culpabilidad de los demandantes [Puigdemont y los exconsellers] y hacen saber cuál sería su destino para así establecer o perpetuar su autoridad política”, exponen las alegaciones, que consideran que la prisión para los dirigentes catalanes sería, además del resultado de una sentencia formal, la consecuencia de una “liquidación política brutal”.

El 155 y la Audiencia Nacional

Otro pilar de las defensas es la vulneración al derecho un proceso judicial justo que, a su parecer, sufriría Puigdemont en España. En este sentido, alegan que la aplicación del 155 “contraria a la Constitución” comportó la pérdida del aforamiento de Puigdemont y los exconsellers, algo interpretado como una maniobra para llevar el caso ante la Audiencia Nacional y no ante el TSJ catalán, el tribunal al que corresponde investigar los casos que afectan al president, a consellers o diputados.

El “fanatismo jurídico” que, para la defensa, supone que en España existan hasta cuatro procedimientos abiertos por los mismos hechos –en el juzgado de instrucción 13 de Barcelona, el TSJ catalán, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo– también “se revela” en la euro–orden que emitió la magistrada Lamela. Y es que de aceptar una querella por tres delitos –sedición, rebelión y malversación– el 31 de octubre, Lamela pasó a dictar el 3 de noviembre una euro–orden por seis delitos.

Asimismo, el encarcelamiento en España de Puigdemont y los exconsellers pondría en peligro, según las defensas, su libertad de expresión, pensamiento y asociación. El motivo es que, a su juicio, la prisión tiene como único objetivo “impedirles que participen como candidato en las elecciones y que ejerzan sus actividades normales parlamentarias o ministeriales”.

Peligro de discriminación

La extradición también supondría un “peligro manifiesto” para la cláusula de no discriminación incluida en los tratados europeos, ya que Puigdemont y los exconsellers serían procesados en España “por sus opiniones políticas”. En este apartado, la defensa cree que los actos que la magistrada Lamela tildó de delictivos e incluyó en la euro–orden (la ley del 1-O o la DUI, pero también las palabras sobre los alcaldes de Puigdemont en un mitin) “están evidentemente relacionados con la actividad política sin violencia” de los dirigentes catalanes.

Las alegaciones también señalan errores de la OEDE emitida por Lamela a la hora de determinar los hechos imputados a cada acusado. Por ejemplo, Lamela no distinguió entre los consellers que votaron la DUI –Comín, además de Puigdemont– y los que no pudieron hacerlo porque no son diputados –Puig, Serret y Ponsatí.

La magistrada, además, incluyó a Ponsatí y Puig en un plan del Govern iniciado en 2015 para llevar a cabo la independencia –el programa electoral de JxSí y la CUP– pese a que ambos entraron en el Ejecutivo en 2017. Los indicios de este plan estarían basados en el documento 'Enfocats', un powerpoint incautado en el domicilio del número dos de Junqueras que no tiene membrete ni sello oficial de la Generalitat.

“Es un hecho significativo que las cinco órdenes de detención sean casi idénticas a pesar de que cada una de las personas cuya entrega se solicita ha ocupado una función específica y bien definida dentro del Govern”, recuerdan las defensas. Las defensas alegan asimismo que la euro–orden tenía que denegarse por la “desproporción” de las penas que comportan los delitos de rebelión y sedición en relación a una independencia que finalmente no se materializó y a una actuación que, en cualquier caso, fue pacífica.

Finalmente, argumentan la “imposibilidad” de calificar penalmente según el derecho belga los hechos y conductas que la magistrada Lamela considera delictivos. Gracias a las 165 páginas de alegaciones, el juez belga tenía una docena de motivos de peso para rechazar las euro–órdenes. El Supremo ha impedido que se pueda conocer el veredicto.

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