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Los presos de JxCat piden al Constitucional quedar libres por su inmunidad como diputados la pasada legislatura

Rull, Turull y Sànchez en el Congreso

Oriol Solé Altimira

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Los presos de Junts per Catalunya creen que se les puede aplicar la 'doctrina Junqueras'. La defensa de los dirigentes de Junts per Catalunya Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull ha pedido al Tribunal Constitucional la nulidad de la sentencia del procés y su puesta en libertad al considerar que el Tribunal Supremo vulneró sus derechos cuando rechazó suspender el juicio del procés y pedir el suplicatorio al Congreso cuando todos ellos fueron escogidos parlamentarios en las elecciones del pasado 28 de abril de 2019.

La defensa, que ejerce el penalista Jordi Pina, entiende que los efectos extensivos sobre la inmunidad de Junqueras que sentenció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) este mes de diciembre, son aplicables también al caso de los tres diputados de JxCat electos el pasado 28 de abril y que pudieron tomar posesión del cargo pero no ejercer al estar en prisión provisional. Sànchez, Rull y Turull perdieron el cargo al repetirse las elecciones, y no pudieron repetir en las listas de JxCat del 10-N porque fueron condenados a penas de nueve, diez y doce años de prisión e inhabilitación por sedición.

La interpretación de la defensa de JxCat choca con lo resuelto por el Supremo cuando los diputados ya pidieron quedar libres, suspender el juicio y la tramitación de un suplicatorio. El tribunal del procés solo permitió a los diputados acudir a la jornada de constitución del Congreso para jurar el cargo, pero rechazó dejar en libertad provisional a los presos y pedir la autorización del Congreso para seguir con el juicio (el llamado suplicatorio), lo que hubiera supuesto la interrupción de la vista oral hasta que la Cámara resolviera.

Se basó el Supremo en que el artículo 71 de la Constitución, que protege la inmunidad parlamentaria, proclama que el suplicatorio debe pedirse para inculpar o procesar a un parlamentario. El Supremo concluyó que la autorización de las Cámaras es necesaria durante la fase de instrucción o antes de ser procesados, pero no ya en el juicio oral como en el que se encontraban los líderes soberanistas.

“La exigencia de autorización legislativa para que el poder judicial culmine el proceso penal iniciado hace ya más de un año, cuando los procesados no eran diputados o senadores electos, supondría subordinar el ejercicio de la potestad jurisdiccional a una tutela parlamentaria ajena al equilibrio de poderes diseñado por el poder constituyente”, resolvió el Supremo.

En rueda de prensa en Barcelona, Pina ha sostenido que la sentencia del TJUE “ayuda a interpretar” el artículo 71 de la Constitución, por lo que debería tener los mismos efectos sobre los preso de JxCat pese a que han pasado varios meses respecto al caso de Junqueras. “No sería lógico pensar que lo que vale para un eurodiputado no vale para los diputados de un Parlamento de un estado miembro”, ha sostenido Pina.

A criterio de Pina, la libertad “inmediata” de los presos iría seguida de la nulidad de la sentencia del procés y del juicio. “No haber parado el juicio tras el 28-A y no haber pedido el suplicatorio implica de forma clara la nulidad de la sentencia y de todo el juicio porque la vista oral no debería haber continuado desde el 29 de abril”, ha concluido.

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