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Un blanqueador cazado en Valencia a petición del FBI pacta una pena de un año y 11 meses y la entrega de relojes de lujo

Dos agentes de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, en una imagen de archivo.

Lucas Marco

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El 12 de marzo del 2019, el grupo de blanqueo de capitales de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil recibió una petición de colaboración por parte del FBI en la que solicitaba una entrega controlada de 150.000 euros, en el marco de una operación contra una organización dedicada al blanqueo de capitales en varios países, entre ellos España. Al día siguiente, la Fiscalía Especial Antidroga incoó diligencias de investigación penal y autorizó la entrega controlada del dinero. Ese mismo día, el blanqueador acudió al establecimiento '100 montaditos' de la avenida de las Cortes Valencianas de la capital del Turia donde se reunió con un agente encubierto que recibió 124.500 euros, divididos en fajos de 20 y 50 euros.

El blanqueador, que desde 2008 no ejercía actividad laboral alguna, ha pactado con la Fiscalía una pena de un año y 11 meses de prisión, además de una multa de 90.000 euros como autor de un delito de blanqueo de capitales, además de la entrega al Estado de una motocicleta y de varios relojes de lujo intervenidos en los registros de su vivienda. El letrado de la defensa y la representante del Ministerio Público alcanzaron el pacto de conformidad antes del juicio oral ante la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, que ha dictado una sentencia que impone las costas al blanqueador, que no entrará en prisión al ser una condena inferior a los dos años de cárcel y no tener antecedentes penales.

La Audiencia Provincial de Valencia ha acordado el comiso y adjudicación al Estado (concretamente al Fondo de Bienes Decomisados del Plan Nacional Antidrogas) una motocicleta y varios teléfonos, además de relojes de lujo intervenidos durante la operación de la UCO, autorizada por el Juzgado de Instrucción número 4 de Valencia y desarrollada a petición del FBI norteamericano.

El condenado, según el apartado de hechos probados de la sentencia, adquirió junto a su cónyuge un préstamo hipotecario por 154.998,90 euros en Caixabank a pesar de no ejercer actividad laboral alguna desde 2008. Con el “propósito de ocultar la procedencia”, el blanqueador “efectuó importantes ingresos en efectivo y de origen desconocido en distintas cuentas corrientes de su titularidad” en Bankia y BBVA entre 2015 y 2019.

El blanqueador tuvo, durante ese periodo, unos ingresos justificados de 30.007,24 euros. Sin embargo, efectuó en esos mismos cuatro años ingresos en efectivo en las dos cuentas corrientes de su titularidad por un importe de 86.559 euros y obtuvo un incremento patrimonial de 73.242,95 euros. El hombre, de 42 años, abonaba el pago de su vivienda y de otro inmueble, ambos en Bétera (Valencia), mediante ingresos en efectivo, de origen desconocido. En 2017, el blanqueador destinó parte de sus ingresos justificados (1.100 euros) a una aportación como socio de la empresa Empire of Music Latino SL.

A pesar de sus escuetos ingresos justificados, pagó en cuatro años 60.475 euros en concepto de arrendamiento, siempre con ingresos en efectivo en la cuenta de la propietaria de la vivienda. Además, también adquirió una vivienda en Chiva junto con su cónyuge.

El 10 de septiembre del 2020, un año y medio después de la entrega controlada del dinero, los agentes de la UCO registraron los dos inmuebles del condenado en Bétera, donde intervinieron 8.595 euros en metálico, un Audi modelo A3, una motocicleta Yamaha modelo XP500, siete teléfonos Samsung y otro marca Apple, además de dos relojes imitación de la marca Rolex (con un valor de apenas 75 euros por cabeza), uno original modelo GMT Master II por valor de 14.000 euros, y dos Hublot (ambos modelo Big Bang, uno de ellos de edición limitada) por un valor total de 23.000 euros. 

Multa de 90.000 euros

El Audi figuraba a nombre de una tercera persona y la Yamaha era propiedad de la mercantil Auty Nails SL, pero “la titularidad real de ambos vehículos” era del condenado que los “utilizaba habitualmente”. Sin embargo, el vehículo no se incluye en los bienes decomisados para el Plan Nacional Antidrogas, a diferencia de la motocicleta, de los teléfonos y de los relojes.

Tras alcanzar un pacto de conformidad con el Ministerio Público, la defensa del blanqueador solicitó la suspensión de la pena de prisión, una petición a la que la fiscal no se opuso al carecer el acusado de antecedentes penales. Así, la Audiencia Provincial de Valencia acordó la suspensión de la pena, de un año y 11 meses de prisión, a condición de que no delinca en cuatro años y de que esté a disposición del tribunal, que también impone al blanqueador una multa de 90.000 euros.

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