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Un asesor del PSPV en la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, procesado por corrupción

Francisco Crispín

Toni Cuquerella

El Juzgado de Instrucción número 4 de Sagunt ha confirmado el procesamiento del exalcalde de Sagunt y actual regidor por el PSPV Francisco Crispín, acusado junto con otros cuatro técnicos del ayuntamiento de haber gastado dinero público destinado a la compra de uniformes para adquirir prendas de vestir de uso personal, los cuales fueron detenidos hace un año dentro de la conocida como ‘operación flotador’. Se da la circunstancia de que Crispín es asesor socialista en la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP).

Según el auto hecho público este lunes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), la jueza considera que los hechos que se atribuye a estas personas pueden ser constitutivos de los delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad documental.

Entre los procesados está el regidor socialista y exjeje del servicio de la Inspección Técnica de Actividades del Ayuntamiento, Francisco Crispín (alcalde entre 1984-87, y único concejal del PSPV que actualmente no forma parte del gobierno municipal), fueron detenidos por el supuesto uso irregular de una partida de 300 euros que reciben cada dos años, desde 2007, para renovar su vestuario laboral.

Sin embargo, supuestamente, estas personas destinaron ese dinero a compras en tiendas de mujer, de bebé, en establecimientos deportivos y armerías entre los años 2007 y 2014.

La jueza considera que la ropa adquirida por estas personas “no se ajusta a los parámetros” descritos en el “Convenio y normas reguladoras de relaciones laborales entre el Ayuntamiento de Sagunt y el personal a su servicio”.

Señala que en los recibos presentados figuran piezas de diferentes tallas, artículos de mujer y de bebé, artículos de deporte, calzado deportivo también de varias tallas, algunas infantiles, munición y carabinas que por sus características hace pensar que no son utilizados para inspecciones de actividades.

Según la declaración del propietario de una de las tiendas de material deportivo, los responsables del departamento de Actividades del ayuntamiento le pedían que en las facturas apareciera un concepto genérico.

De este modo, se realizaba un abono para el ajuste contable por el concepto que le pedían y posteriormente, cuando estas personas iban a adquirir alguna pieza, se emitía un recibo con cargo a ese abono, por un límite de 300 euros cada dos años.

Tal como consta en el auto, algún miembro del departamento de Actividades indicó al dueño de la tienda que tenían una cantidad asignada para ropa de trabajo, pero que su vestimenta de trabajo era ropa de calle y no querían perder la cantidad asignada para cada uno de ellos.

El juzgado entiende que el concepto utilizado no se ajusta al verdadero material adquirido por parte de los investigados, puesto que se ha acreditado que los productos o ropa adquirida, en ocasiones, dista mucho del que viene reflejado en las facturas emitidas al ayuntamiento.

Por eso, considera que existen indicios más que suficientes para imputar en estas cinco personas por los delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad documental, y acuerda continuar con el procedimiento.

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