La jueza desestima el recurso del Consell y rechaza reabrir la causa contra Camps por la organización de la F1
El Juzgado de Instrucción número 2 de Valencia ha desestimado el recurso de reforma formulado por la Abogacía de la Generalitat Valenciana contra el sobreseimiento provisional de la causa contra el expresidente de la Generalitat Francisco Camps relativa a las negociaciones para la organización del Gran Premio de Fórmula 1 en València a través de Valmor Sports SL y la posterior absorción de esta sociedad por parte de la empresa pública Circuito del Motor, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en un comunicado.
En su escrito, la Abogacía sostenía ante la instructora que existen “serios indicios de criminalidad” contra Camps, por lo que solicitaba la continuación de la investigación, la transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado (su procesamiento) y la unión de esta pieza principal con la segunda, la compra de Valmor por Circuit del Motor.
Asimismo, pedía la declaración como investigados del expresidente Camps y de Belén Reyero, que fue asesora de este último y posterior encargada de eventos en la Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunitat Valenciana (SPTCV), así como “de las personas que resulten presuntamente responsables de los hechos objeto de investigación”.
Así, en un auto notificado este viernes a las partes, la magistrada argumenta que “no existen datos nuevos que obliguen a reabrir las diligencias” y el derecho procesal penal no permite “establecer una causa general de carácter prospectivo”.
La jueza archivó provisionalmente las actuaciones el pasado 26 de diciembre respecto al último de los investigados, el expresidente Camps, tras determinar que el contrato firmado el 19 de julio de 2011 para la celebración de la prueba automovilística no incluía la relevación de Bankia por parte de la Administración valenciana en la condición de avalista.
La titular del Juzgado de Instrucción 2 de Valencia ha desestimado ahora el recurso de la Abogacía de la Generalitat contra el sobreseimiento, debido a que contiene “argumentos ya utilizados en otras ocasiones”. La investigación, según la instructora, debe concretarse “en la forma en que en su momento lo hizo el Ministerio Público, centrando las acusaciones en la firma del tan repetido contrato de afianzamiento”.
“No es posible, por no permitirlo el derecho procesal penal, establecer una causa general de carácter prospectivo y respecto a un ámbito tan amplio como las negociaciones y posteriores acuerdos con el empresario Bernie Ecclestone, las conversaciones con el señor Camps, la idea del planteamiento del Gran Premio y otras generalidades por el estilo de carácter impreciso”, recoge el auto.
La jueza rechaza igualmente unir de nuevo estas diligencias a otra de las piezas separadas en que se desgajó la causa inicial. El auto expone que tanto esa división como el sobreseimiento provisional del procedimiento acordado para los demás ex altos cargos de la Generalitat que estaban siendo investigados junto a Camps no fueron objeto de recurso en su momento por parte de la Abogacía de la Generalitat.
Petición de archivo de Camps
El Juzgado de Instrucción número 2 de València acordó a finales de diciembre el sobreseimiento provisional de esta causa al considerar que la investigación realizada sobre el 'expresident' no permite sostener una acusación por delitos de malversación y prevaricación y descartaba volver a unir este procedimiento a las otras dos piezas separadas relacionadas con la celebración de la prueba.
De esta forma, atendía a la petición de archivo formulada por la defensa de Camps el pasado octubre, tras examinar unos correos electrónicos aportados por el propio investigado que evidencian que Bancaja, “avalista inicial, no había firmado la novación contractual de 19 de julio de 2011”. Es decir, el citado contrato de 19 de julio de 2011 para prorrogar la celebración de la prueba “no contenía relevación de garantía o avales de Bankia”. En esta línea, el juzgado consideró no había “indicios suficientes para formular una acusación fundada en derecho”.
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