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El despido del director de un centro de mayores “caótico” en plena ola COVID: fallos “graves, voluntarios y constantes”

Residencia de mayores de Manises.

Lucas Marco

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El despido del director de la residencia de mayores de Manises (Valencia), gestionado por la empresa del constructor Enrique Ortiz, uno de los financiadores confesos del PP, ha destapado la desastrosa gestión de la crisis sanitaria de la COVID-19 durante los primeros meses de la pandemia, en la primera y virulenta ola del virus que afectó especialmente a los centros geriátricos. El despido fue declarado improcedente en primera instancia por la magistrada sustituta del Juzgado de lo Social número 16 de Valencia, pero el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) ha anulado la sentencia por la “deficiente técnica procesal”.

El responsable del centro de Manises, con una capacidad máxima para 124 residentes, recibió la carta de despido el 28 de mayo del 2020 por “indisciplina o desobediencia en el trabajo” y la “comisión de faltas laborales muy graves”. “Ha quebrantado la confianza depositada por la empresa por su mala gestión” tras “incumplimientos graves voluntarios y constantes” detectados en múltiples visitas de inspección interna de la firma Centros Residenciales Savia SLU. A pesar de que los servicios centrales de la empresa dieron instrucciones para que los directores de sus residencias llevaran a cabo un seguimiento de los casos de COVID-19 en el centro y, pese a las repetidas peticiones, el trabajador “no había remitido a fecha del despido ningún dato a la dirección”, sostiene la firma en su recurso.

En varios correos electrónicos, una responsable del departamento de Recursos Humanos reiteró la petición de los datos, sin obtener respuesta. El 2 de abril del 2020, a raíz de la detección del primer caso de coronavirus en el centro, la directora de operaciones de Savia acudió a la residencia de Manises y observó a varios empleados que no usaban mascarilla, por lo que recriminó al director del centro.

Cinco días más tarde, ya con 11 casos de coronavirus diagnosticados, una responsable del servicio de prevención de riesgos laborales de la firma detectó otras incidencias en la organización de las instalaciones y el uso de los Equipos de Protección Individual (EPI). “Una persona accedía a la zona de mayor peligro de contagio (...) sin medios adecuados”, reseñaba. Además, una auxiliar “dijo desconocer lo que era una mascarilla FFP2”. “Las auxiliares le transmitieron su temor a ser contagiadas y propagara el virus entre los demás trabajadores o residentes”, según el relato de la empresa.

Un “centro caótico”

La responsable del servicio de prevención de riesgos laborales también tuvo que recriminar “personalmente” al equipo técnico y de enfermería tras observar “malas prácticas en los momentos de descanso de los trabajadores sin respetar las distancias de seguridad”.

El 17 de abril, cuando ya había habido cuatro fallecimientos en el centro, la gestora de operaciones visitó la residencia y detectó que no se habían sectorizado las instalaciones, tal como había ordenado la empresa, y que “los trabajadores en ese momento no llevaban EPIs”. De los cinco ancianos contagiados y trasladados al Hospital de Manises aquella jornada, uno de los residentes “no portaba mascarilla” y una trabajadora sólo llevaba guantes y mascarilla quirúrgica (“y no tipo FPP”). Además, “la entrada y salida para tirar la basura era común y se advirtieron unas gafas integrales dispuestas para ser tiradas”.

El 22 de abril, la directora de operaciones de la empresa vuelve al centro y observa a una trabajadora de la limpieza trasladando residuos “de modo incorrecto”, con “exceso de basura” y “contacto con el uniforme”. Por otra parte, “se había dado instrucciones” de retirar el gel hidroalcohólico de la entrada.

Seis días después, desembarcan en la residencia miembros del Departamento de Salud de Manises, junto con dos responsables de la empresa, para comprobar la sectorización y la ubicación de los residentes categorizados. El 29 de abril, la gestora de operaciones de Savia, vuelve para comprobar si se habían subsanado las irregularidades y constata que la sectorización era incorrecta. 

Por si fuera poco, al día siguiente, el coordinador de cocina de Savia acude a la residencia y observa “un centro caótico donde los empleados no tienen claros los protocolos ni el uso de EPIs”.

Hasta “44 incumplimientos” detectados en un día

El 2 de mayo, la gestora de operaciones de la empresa “aprecia hasta 44 incumplimientos”, entre otros, “registros desactualizados o mal cumplimentados”, zonas rojas “no separadas con biombos, auxiliares almorzando juntas sin distancias, cuarto de desinfección de gafas y pantallas lleno de trastos y batas esparcidas por el centro”.

El 4 de mayo, un enfermero del Hospital de Manises “detecta falta de material”, un hecho que comunica al director del centro, a pesar de que dos días después “no se había cursado solicitud de alta al departamento de compras de la empresa”. El 6 de mayo, una última visita detecta “nuevas irregularidades” como una trabajadora en recepción sin pantalla protectora, “mala uniformidad y uso de EPIs por los auxiliares, defectos de información sobre limpieza y diferencias en stock”. 

El director del centro de Manises argumentaba que el 27 de marzo la Conselleria de Sanitat inspeccionó el centro “mostrando conformidad con el protocolo COVID-19”. También aportó correos electrónicos con el personal de operaciones de Savia en los que reclama diverso material e informa sobre deficiencias en la formación on-line que habían recibido los trabajadores, además de solicitar personal y ayuda. El hombre defiende que “llevaba a cabo un control diario de actuaciones en relación al seguimiento de la incidencia del COVID-19” que remitía a los técnicos del departamento de Salud Pública de la Conselleria de Sanitat, “con copia a la gestora de operaciones de la empresa”.

Un sentencia con “graves defectos”

La sentencia que declaró improcedente el despido (con la posibilidad de readmitir al trabajador o abonarle una indemnización de 41.199 euros) sostiene que las irregularidades a las que alude la carta de despido son “demasiado genéricas, vagas e inconcretas” ya que no detallan “quién o quiénes eran los afectados por la supuesta falta de información e instrucciones que se achacan al director”.

Sin embargo, la Sala de lo Social del TSJ-CV considera que la sentencia “adolece de graves defectos”. Así, la fundamentación jurídica recoge las alegaciones de los nueve testigos “pero sin trasladar el relato fáctico la convicción alcanzada por la magistrada” tras la valoración de la prueba.

Además, la carta de despido “no puede calificarse de genérica ni inconcreta por el hecho de no hacer constar el nombre de cada trabajador, pues se identifica con claridad el día y la deficiente organización de la que se responsabiliza al director”. “De la lectura de la sentencia”, remacha el TSJ-CV, “no es posible saber cuál o cuáles son los hechos que la magistrada entiende [que] se han acreditado”. 

Así, la sección primera de la Sala de lo Social del TSJ-CV ha estimado el recurso de la empresa Centros Residenciales Savia SLU y ha anulado la sentencia, devolviendo las actuaciones al juzgado para que la magistrada dicte un nuevo fallo en el que “se subsanen las deficiencias”.

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