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El Gobierno valenciano prepara una ley para sancionar el acoso inmobiliario de los fondos buitres

Viviendas en obras en València.

Carlos Navarro Castelló

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“El acoso inmobiliario es entendido como toda actuación u omisión con abuso de derecho que tiene el objetivo de perturbar a la persona acosada en el uso pacífico de su vivienda y crearle un entorno hostil, ya sea en el aspecto material, personal o social, con la finalidad última de forzarla a adoptar una decisión no deseada sobre el derecho que la ampara para ocupar la vivienda. A efectos de la presente ley, el acoso inmobiliario constituye discriminación. La negativa injustificada de los propietarios de la vivienda a cobrar la renta arrendaticia es indicio de acoso inmobiliario”.

Esta es la única referencia que hace la actual Ley por la Función Social de la Vivienda de la Comunitat Valenciana en su artículo 28 sobre el acoso inmobiliario que ejercen determinados fondos buitres contra familias que están alquiladas para forzarlas a que abandonen la vivienda, con el objetivo de especular con los inmuebles.

Al respecto, el vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, Héctor illueca, comentó este lunes en el programa Amanece Valencia de Plaza Radio que existe un problema “de alarma social en relación con el acoso inmobiliario por la presión que sufren muchos inquilinos por parte de entidades financieras y fondos buitres para que abandonen sus hogares porque el régimen de alquiler no interesa a estos grandes tenedores de vivienda”.

Illueca reconoció que el articulado de la normativa actual es insuficiente para frenar este problema y anunció la creación de una nueva herramienta legal para sancionar estas actitudes: “La verdad es que hoy la administración no dispone de herramientas eficaces; vamos tratar de clarificar conceptos y habilitar procedimientos sancionadores que nos permitan erradicar este tipo de actitudes”.

En este sentido, según han explicado fuentes de Vivienda a elDiario.es la idea es aprobar una ley específica que regule la acción de grandes tenedores y de fondos de inversión en la que se determine el procedimiento sancionador.

Para ello se ha encargado a la Universitat de València un informe que establezca de qué manera se podrían articular estas sanciones, la tipología de las mismas y si existe ya regulación al respecto en otras comunidades autónomas. En principio, tan solo Catalunya cuenta con una herramienta similar en su ley de emergencia habitacional. Vivienda espera tener este informe en las próximas semanas, que servirá de hoja de ruta para armar el texto legal.

Cartas, llamadas e incluso amenazas

El modus operandi de los fondos de inversión en cuanto al acoso inmobiliario es muy parecido. “Cuando se hacen con algún edificio que cuenta que inquilinos de los que se quieren desprender para poder especular con el inmueble, mediante una reforma y posterior venta o para ponerlos en el mercado como alquiler turístico, normalmente empiezan enviando cartas comunicando que no van a renovar los contratos de alquiler”, explican desde Vivienda.

A partir de ahí, tratan de poner trabas para impedir que los inquilinos puedan abonar sus mensualidades, por ejemplo, no informando del número de cuenta en el que hay que hacer el ingreso. De esa manera, intentan que los inquilinos incurran en impago, momento en el que son denunciados en el juzgado por ocupación ilegal. En ese momento, el inquilino tiene 10 días para justificar la situación, una situación que genera un enorme estrés psicológico en familias que en muchos casos están en riesgo de exclusión.

En algunos, las cartas van a compañadas de llamadas telefónicas continuas e incluso en los propios domicilios, con amenazas u ofertas económicas a cambio de que abandonen el inmueble.

466 viviendas de grandes tenedores declaradas deshabitadas

La Consellería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, a través de la Dirección General de Emergencia Habitacional, ha iniciado las primeras declaraciones de viviendas deshabitadas, un procedimiento que afecta un total de 466 viviendas, las primeras que pasan a incorporarse al Registro autonómico de viviendas deshabitadas.

Estas declaraciones se producen de acuerdo con lo que determina el Decreto 130/2021 del Consell para la movilización de viviendas vacías y deshabitadas. Según esta norma, los grandes tenedores tienen que comunicar a la Administración autonómica las viviendas vacías de manera semestral.

El acuerdo de inicio del procedimiento va acompañado del ofrecimiento de medidas de fomento como el programa de intermediación Red Alquílame, que cuenta con la intervención de los profesionales del sector inmobiliario.

Para la directora general de Emergencia Habitacional, Pura Peris, la notificación de los primeros expedientes de declaración de viviendas deshabitadas “supondrá generar herramientas para hacer realidad la movilización de viviendas vacías y hacer efectivo el derecho a una vivienda digna”.

El Ayuntamiento de València, de esta forma, podrá aplicar de cara al año que viene un recargo del 30% en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de las viviendas inscritas en este registro que se encuentren en el término municipal, con el objetivo de que sus propietarios las saquen al mercado.

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