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El Gobierno aprueba la reforma que acelera la homologación de títulos extranjeros

La ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, durante la rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Ministros.

Maria Claudia Alba

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El Gobierno ha aprobado este martes un Real Decreto para “actualizar y modernizar” los requisitos y procedimientos para las solicitudes de homologación y equivalencia de títulos extranjeros en un plazo máximo de seis meses. El Consejo de Ministros ha dado luz verde a la reforma un año y medio después de que el Ministerio de Universidades presentara el borrador de la normativa que establece las nuevas condiciones y procedimiento para que los profesionales extranjeros puedan homologar sus carreras.

La portavoz del Gobierno y ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez, ha defendido que el “objetivo” de la normativa es la “captación del talento” que resulta “indispensable para el desarrollo económico y el nuevo modelo productivo en nuestro país”. 

“Se trata de dar agilidad a la administración, de simplificar algunos trámites, de incorporar tecnologías digitales para la gestión de expedientes y, por tanto, mejorar la gestión administrativa para dar respuesta a un objetivo del gobierno que es la captación del talento para que sirva al desarrollo de un nuevo modelo productivo en nuestro país”, ha señalado en rueda de prensa.

Creación de una comisión

Entre los principales problemas que identifican los afectados por los retrasos en los trámites de homologación y equivalencia están el incumplimiento de los plazos, la falta de comunicación y la deficiencias en el sistema informático, así como las exigencias y trabas que existen en función a cada carrera universitaria.

Para combatir estas problemáticas, el Real Decreto propone la “creación de la Comisión de Análisis Técnico de Homologaciones y Declaraciones de Equivalencia (CATHDE)”, que “formulará la propuesta de resolución en el plazo de dos meses y podrá adoptar medidas de carácter general” en los procesos. La comisión “estará compuesta por trece personas —tres de la Secretaría General de Universidades, tres de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), cuatro Decanos/as o Direcciones de Escuelas Universitarias, cuatro elegidas entre profesorado universitario— y se renovará cada tres años, designadas por el previo acuerdo del Consejo de Universidades”. 

Además, “podrá solicitar informes sobre conocimientos y competencias a la ANECA y a profesorado universitario o a personas expertas en el ámbito profesional del título”. Se detalla también que “no será necesaria una propuesta de la Comisión, cuando se trate de un título expedido por una universidad de algún país que forme parte del Espacio Europeo de Educación Superior o si hay una medida de carácter general”. 

Otra de las trabas que se busca resolver es la falta de respuestas durante el proceso de homologación, uno de los principales reclamos de los afectados, quienes no tienen cómo consultar el estado de su tramitación. En este sentido, el Real Decreto establece la digitalización completa del procedimiento a través de la sede electrónica asociada al ministerio, lo que deberá facilitar el proceso y deberá permitir que los profesionales realicen el seguimiento desde cualquier dispositivo con conexión a internet. 

El acuerdo es entregar homologaciones y equivalencias en un plazo máximo de seis meses. La norma establece para este cumplimiento que cada uno de los trámites del proceso de homologación y de declaración de equivalencia tengan plazos máximos, lo que en conjunto no debería tomar más tiempo del indicado. Se tiene en cuenta también a las personas beneficiarios de protección internacional por afluencia masiva de personas desplazadas (el caso de los ucranianos), quienes podrán sustituir la documentación exigida por una declaración responsable.

Este Real Decreto deroga al RD/967 de 2014, que en la actualidad tiene a miles de profesionales con estudios en el extranjero esperando la tramitación de sus títulos durante años. La norma entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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