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El Supremo admite a trámite otro recurso de la CNMC sobre los límites a VTC

El Supremo admite a trámite otro recurso de la CNMC sobre los límites a VTC

EFE

Madrid —

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La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite un nuevo recurso interpuesto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre las limitaciones a Vehículos de Alquiler con Conductor (VTC), recogidas en esta ocasión en el real decreto-ley de 29 de diciembre de 2017.

En concreto, la CNMC ha recurrido los preceptos de la norma que prohíben el comercio de licencias durante dos años y obliga a que sus conductores comuniquen a un registro telemático sus viajes antes de realizarlos.

Según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE), los artículos recurridos por la CNMC, sobre los límites a los vehículos que intermedian plataformas como Cabify o Uber, son el primero y segundo de la norma de finales de 2017.

Ambos artículos, referidos a la explotación, transmisión y control de estas licencias VTC, establecen normas complementarias al Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobados por real decreto en 1990.

Competencia ya requirió el pasado 13 de febrero al Consejo de Ministros la derogación de estas restricciones a los VTC, contenidas en el real decreto-ley de finales de 2017.

La CNMC pretendía con este requerimiento que el Gobierno suprimiera voluntariamente las “restricciones detectadas” y evitar así este recurso que el Tribunal Supremo ya ha admitido a trámite.

El organismo regulador ya apeló ante el Tribunal Supremo la legalidad de otros tres preceptos de la norma sobre VTC, pero en este caso las recogidas en el real decreto-ley de 2015.

La Sala Tercera del Alto Tribunal dejó el recurso visto para sentencia el pasado 17 de abril.

Los preceptos que recurrió la CNMC se referían a la legalidad de las proporciones 30-1 (30 licencias de taxi por una de VTC), 80-20 (que el 80 % de los trayectos de un VTC se realicen en la comunidad autónoma de origen) y la obligatoriedad para las empresas de VTC de poseer al menos siete autorizaciones para conformar una flota mínima y vehículos de más de 12 caballos fiscales con una longitud mínima de 4,70 metros.

Antes del pronunciamiento que aún se espera del Supremo, el Congreso elevó el pasado 10 de mayo a rango de ley esas limitaciones a los VTC incluidas en el real decreto de 2015, tras aprobar previamente el Consejo de Ministros un nuevo real decreto-ley.

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