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Los afectados por las cláusulas suelo quedan atascados en la maraña judicial

Imagen de archivo de una manifestación de afectados por las cláusulas suelo.

Rocío Martínez Rincón

Muchos titulares de hipotecas viven en la actualidad buenos tiempos con el euríbor en el 0,137%, su mínimo histórico. Pero otros no tienen tanta suerte. Son los afectados por las cláusulas suelo. Algunas entidades bancarias llegaron a comercializar hipotecas con un suelo del 6,5%. Teniendo en cuenta que el euríbor marcó un máximo en el 5,393% en julio de 2008, esos afectados apenas pagaron el interés variable de su hipoteca.

“Ese crédito era, en la práctica, una hipoteca a plazo fijo disfrazada de variable, que sólo se activaba cuando el euríbor sumado al diferencial subían por encima de la cláusula suelo, por lo que podríamos decir que sólo hubo una parte que se benefició del acuerdo”, asegura Fernando Herrero, secretario general de Adicae.

Tras la vista preliminar celebrada en junio, la macrodemanda presentada por Adicae en nombre de 12.000 afectados por las cláusulas suelo ya está sólo pendiente de la sentencia. En ella, se reclama la eliminación sin condiciones de las cláusulas suelo y la devolución de las cantidades cobradas indebidamente por su aplicación.

Javier Gastón, socio fundador de la plataforma Denunciascolectivas.com, afirma que esta parálisis judicial respecto a los afectados por las cláusulas suelo hipotecarias responde a que el Tribunal Europeo de Justicia aún está pendiente de emitir su sentencia sobre si los afectados pueden reclamar la retroactividad en sus demandas contra la banca.

Hasta la fecha, las sentencias favorables a los usuarios hipotecarios han reconocido la devolución de las cuantías cobradas de más por las entidades desde el 9 de mayo de 2013, cuando el Tribunal Supremo declaró la nulidad de estas cláusulas en los casos en los que haya falta de transparencia en la comercialización del crédito hipotecario. Gastón confía en que el texto del tribunal europeo salga pronto a la luz tras la reciente reunión de los magistrados.

Mala fe judicial

Pero los afectados por las cláusulas suelo hipotecarias puede que no vean en esta sentencia el fin a sus problemas, puesto que la sentencia aún es recurrible hasta el Tribunal Supremo. “No creo que lleguemos a este extremo porque el Tribunal Supremo ya ha manifestado la nulidad de las cláusulas suelo en cuatro ocasiones, por lo que, incluso, podría llegar a declarar la mala fe judicial, puesto que el único interés de la banca sería alargar más el proceso y retrasar una sentencia final”, explica Herrero. Agustín Sáez, letrado de la asociación Apabanc para temas de cláusulas suelo, reconoce que le gustaría que el Gobierno hubiera tomado ya cartas en el asunto. “Es lamentable que tenga que ser un tribunal europeo el que tenga que resolver este problema”, asegura.

En este impasse judicial, las entidades están intentando llegar a acuerdos con los hipotecados con cláusulas suelo. El problema es que, según las asociaciones de consumidores, las prácticas son un tanto oscuras y, de nuevo, presuntamente abusivas. Javier Gastón se ha encontrado con casos en los que el banco ofrece la retirada de la cláusula suelo “a cambio de firmar una declaración en la que el cliente reconoce que no va a reclamar la retroactividad en las devoluciones, una propuesta que consideramos ilegal”.

Fernando Herrero cuenta con todo un decálogo de actuaciones de las entidades en este sentido. Entre ellas incluye la reducción de la cláusula suelo a cambio de que el cliente reconozca por escrito que conoce perfectamente las consecuencias y riesgos que tiene esta cláusula; la eliminación temporal del suelo por periodos que pueden oscilar entre los 2 y los 20 años, pero, una vez pasado el periodo en cuestión, la cláusula vuelve a sus condiciones iniciales, o bien la eliminación total del suelo, a cambio del aumento del diferencial, de una renuncia a acciones legales o de una cláusula de confidencialidad.

Adicionalmente, la entidad obliga a la contratación de otros productos, como seguros de vida o de protección de pagos. La banca también llega a proponer la conversión temporal de la hipoteca de interés variable a interés fijo o elegir entre ambas opciones y el mantenimiento perpetuo de la propia cláusula suelo.

Herrero reconoce que este tipo de acuerdos se han disparado en los últimos meses. No en vano, la banca se juega mucho en los tribunales. Adicae calcula que en una hipoteca de 200.000 euros con una cláusula suelo media del 3,5%, el cliente desembolsa entre 239,54 y 285,12 euros al mes de más, teniendo en cuenta un interés de euríbor más 0,5% y euríbor más 1% . Al año, la cuantía suma entre 2.874,48 y 3.421,12 euros.

En total, según Adicae, la banca ingresa entre 479 y 570 millones de euros al mes por este concepto procedentes de dos millones de hipotecas con cláusulas suelo (en esta cifra no entrarían los créditos hipotecarios de BBVA, Abanca y Cajamar, que ya cuentan con sentencia en firme del Tribunal Supremo ni los créditos ya vencidos).

No obstante, cuantificar el impacto en la banca de una sentencia judicial favorable a la retroactividad, que implique abonar los importes pagados de más desde el inicio de los contratos es un ejercicio que los expertos juzgan prácticamente imposible. Javier Gastón se atreve, con mucha prudencia, a calcular que la retroactividad supondría la devolución de entre 7.000 y 8.000 euros por cliente de media. “Esto supone un total para el sector de unos 15.000 millones de euros, una cifra escandalosa”. No en vano, representaría el 1,5% del PIB español. Agustín Sáez, por su parte, estima que si la devolución es desde el 9 de mayo de 2013, el importe a devolver a los afectados rondaría los 4.000-5.000 euros de media.

Puntos negros en los contratos

En este punto, Agustín Sáez denuncia cierto oscurantismo de la banca a la hora de proporcionar la documentación necesaria para reclamar. “Muchas veces hay problemas para acceder a cierta información, por ejemplo, la documentación anterior a la firma notarial o sobre el préstamo bancario”, afirma, a la vez que llega a reconocer que la desinformación es tal que en ocasiones llegan clientes pensando que el problema de su hipoteca es la cláusula suelo, pero luego salen del despacho sabiendo que su préstamo también cuenta con intereses abusivos de demora o con cláusulas de vencimiento anticipado.

La patronal, la Asociación Española de Banca (AEB), recuerda que la sentencia de mayo de 2009 del Tribunal Supremo confirma la legalidad de las cláusulas suelo. Asimismo, añade que la nulidad de las cláusulas suelo quedaría limitada exclusivamente a los casos en los que se haya producido una falta de transparencia en la comercialización del producto, pero no cuestiona la validez de la cláusula suelo en sí misma y que la transparencia en los préstamos hipotecarios está garantizada por la doble intervención de fedatario público: notario y registrador de la propiedad.

Fuentes del sector que quieren permanecer en el anonimato explican que las cláusulas suelo son una forma de cobertura gratuita que ofrecen los bancos a sus clientes respecto a la evolución futura de los tipos de interés. “El Gobierno estableció legalmente la obligación de las entidades financieras a ofrecer este tipo de productos pues la mayoría de las hipotecas en España están concedidas a tipo de interés variable y por lo tanto una subida de tipos, que era lo que en aquel momento se esperaba, podía afectar muy negativamente a los titulares de préstamos hipotecarios”, desvelan las mismas fuentes.

Asimismo, entienden que los bancos han actuado con transparencia y citan el artículo 7 de la Órden de 5 de mayo de 1994, sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios. En el apartado 3.2º.3 de la ley, se dice que el notario ante el que se formalice el préstamo tiene la obligación de advertir expresamente al prestatario si “se hubieran establecido límites a la variación del tipo de interés” y “en particular, cuando las limitaciones no sean semejantes al alza y a la baja” en cuyo caso “el notario consignará expresamente en la escritura esa circunstancia, advirtiendo de ello a ambas partes”. Una salida que proponen a las cláusulas suelo a los clientes que no estén satisfechos es subrogar su préstamo en otra entidad.

Con todo, los expertos aconsejan reclamar y no firmar ningún acuerdo privado que propongan las entidades. “Nosotros estamos planteando la nulidad de las cláusulas suelo y los atrasos desde mayo de 2013. Hasta que no se resuelva definitivamente la macrodemanda de Adicae, reclamar la retroactividad completa supone dar demasiadas expectativas de éxito al cliente”, admite Sáez. El hecho de que la macrodemanda de Adicae sea colectiva supone que la resolución del juicio tiene carácter extensivo: afectaría a todas las hipotecas con suelo, por lo que las entidades tendrían que cesar la aplicación de esta cláusula en las hipotecas vivas.

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