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Hacienda ve “abuso” en las agrupaciones de empresas: poco riesgo y 70% de rentabilidad

Investigadores trabajan en un laboratorio. EFE/ André Coelho

Antonio M. Vélez

20 de junio de 2023 22:37 h

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Hacienda ha avisado a los responsables del área fiscal de las grandes empresas españolas de situaciones de “abuso” en las denominadas Agrupaciones de Interés Económico (AIE), sociedades mercantiles sin ánimo de lucro utilizadas profusamente en las últimas décadas para incentivar la inversión en determinados sectores, como el naviero, el del cine o la I+D, a cambio de fuertes incentivos fiscales.

Esa inquietud queda reflejada en la última acta publicada del Foro de Grandes Empresas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). En la sesión del pasado 15 de noviembre, el Delegado Central de Grandes Contribuyentes de la AEAT, Manuel Trillo, puso de manifiesto ante las grandes empresas españolas “su preocupación por la utilización abusiva de las AIE”. 

En la reunión, Trillo trasladó “que tal y como había establecido la Dirección General de Tributos”, la utilización de estas agrupaciones es “legítima”, pero “que la Agencia Tributaria venía observando situaciones en las que existía un abuso, con rentabilidades del 60 y 70% de la inversión, sin una asunción de riesgos excesiva”. 

Sobre esta cuestión, explicó Trillo, también ha “manifestado su preocupación” el Ministerio de Ciencia e Innovación, “ya que, en relación con los proyectos de I+D+i, los destinatarios de los beneficios fiscales no estaban siendo los investigadores”. 

Ante los representantes del área fiscal de gigantes como ACS, Banco Santander, BBVA, La Caixa, Cepsa, El Corte Inglés, Endesa, Iberdrola, Mercadona, Naturgy, Repsol o Telefónica, Trillo reconoció que la Administración ha “apoyado” estos instrumentos “como forma de impulsar determinados sectores como el naviero”, y que su uso ha “ido proliferando en otros ámbitos como el cine, los proyectos de I+D+i, etc”. 

Las empresas indicaron al directivo de la AEAT que las AIE son una figura que tratan “con cierta distancia y que atajar un uso excesivo correspondía a la Agencia Tributaria, identificando, en primer lugar, a los estructuradores y, en segundo, corrigiendo los abusos”. 

Las grandes empresas añadieron “que este tipo de estructuras en ocasiones son muy útiles para fomentar determinadas actividades consideradas necesarias, pero que, no obstante, deberían establecerse unas reglas claras que impidiesen su utilización en actividades para las que esta figura no fue creada”. 

“Se apuntó que, a fin de esclarecer la materia, se analizase la conveniencia de emitir un criterio administrativo sobre su correcta utilización”, dice el acta.

La vigilancia de las AIE, y en especial “la venta en serie” de estos vehículos, es uno de los aspectos a los que prestan especial atención los últimos planes anuales de control tributario de la AEAT. El de este año se propone atajar el riesgo “de beneficiarse de deducciones y otros beneficios fiscales de forma indebida por parte de entidades carentes de actividad” y hace “especial referencia” a la utilización de las AIE “como vehículo para canalizar deducciones u otros beneficios fiscales”. 

“Por su carácter expansivo es imprescindible analizar y comprobar el cumplimiento de los requisitos para la aplicación de deducciones y beneficios fiscales en aquellos supuestos en que se hayan utilizado entidades interpuestas carentes de actividad y medios, pero que sirven como «vehículos» para trasladar y comercializar dichos beneficios fiscales a terceros inversores interesados en disfrutar de dichas ventajas”. 

“Este análisis y comprobación no se limitará al propio ente interpuesto para generar el beneficio fiscal, sino también a los partícipes o socios que participan en esas entidades. Especialmente se atenderá a la venta en serie de estas estructuras de aprovechamiento de beneficios fiscales, cuando se aparten de la ley, sean claramente abusivas o se basen en presupuestos de hecho simulados o artificialmente inflados, de forma que se desvirtúe el objeto mismo del beneficio fiscal”, dice el vigente plan anual de la AEAT.

Sin ánimo de lucro

Las AIE son sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro para sí mismas. Mediante la agrupación de varias empresas o empresarios, persiguen desarrollar o mejorar los resultados de la actividad de sus socios, que responden solidariamente de sus deudas. En ellas, la inversión y la rentabilidad se recuperan por vía fiscal, reduciendo el Impuesto sobre Sociedades de las empresas que participan en ellas.

Esta figura hizo furor a principios de siglo entre las grandes compañías españolas a través del denominado ‘tax lease’, un sistema de arrendamiento fiscal para buques que se aplicó de 2002 a 2011 para incentivar la competitividad de los astilleros españoles. Con él se realizaron 273 operaciones por un valor cercano a los 8.728 millones de euros.

Pero ese esquema fue considerado un régimen de ayudas de Estado por la Comisión Europea en 2013. El Tribunal General de la UE ordenó después devolver las ayudas. El Estado español y numerosas empresas afectadas recurrieron y a principios de este año el Tribunal de Justicia de la UE anuló la recuperación de esos incentivos, de unos 126 millones de euros: confirmó la ilegalidad de las ayudas a los astilleros, pero dejó en manos de Bruselas forzar su devolución.

En los últimos años, las AIE se han convertido en la fórmula más habitual para financiar las producciones cinematográficas en España. Funcionan como un producto financiero más, en el que el inversor aporta una cantidad económica en concepto de patrocinio/inversión y la recupera, más una cantidad adicional a través de la deducción de sus obligaciones tributarias, con independencia de la rentabilidad del proyecto.

En el caso de los incentivos fiscales a la I+D a través de las AIE, los promotores son entidades que disponen de proyectos de investigación y desarrollo que ceden la licencia de uso no comercial a una AIE para que los desarrolle. En este caso, la agrupación se financia por dos vías.

La primera es la participación de los inversores en el capital, aportando el 34-40% del total del gasto necesario, a cambio de retener todas las deducciones y bases imponibles negativas que generaría el proyecto. El resto de los fondos son préstamos de las propias promotoras de I+D. La AIE subcontrata a la empresa promotora todo el desarrollo de I+D y el efecto para ésta es un ingreso por prestación de servicios.

Entre las empresas que tienen o han tenido participación en AIE en los últimos años figuran Santander, BBVA, Inditex, Indra, las principales eléctricas, Rovi, Sacyr, Liberbank, CAF, Elecnor, Gestamp o Pharmamar.

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