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El regulador nuclear desoye al Congreso y mantiene el ninguneo a los técnicos que discrepan con sus superiores

El presidente del CSN, Fernando Marti.

Antonio M. Vélez

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha atendido solo a medias la petición del Congreso de los Diputados, ante el que rinde cuentas, de “aprobar un procedimiento de gestión de discrepancias técnicas para impulsar el debate interno como garantía de innovación, para evitar errores, mejorar las capacidades técnicas y la toma de decisiones, garantizando que las discrepancias técnicas sean conocidas y respetadas por el Pleno”.

Así se lo pidió el Congreso al organismo en junio de 2017, pero el CSN, cuyo pleno controla el PP, ha respondido al requerimiento a su manera. El organismo aprobó el pasado 23 de abril, sin pasar por el pleno (a través de su secretario general) un procedimiento de “Tratamiento de opiniones técnicas diferentes” que ha recibido duras críticas del consejero Jorge Fabra y de la asociación de técnicos del organismo ASTCSN. Entienden que no da respuesta a la petición de la Cámara Baja y es una “burla” al parlamento.

Según se recoge en el acta de la reunión del Pleno del pasado 25 de abril, que el CSN no ha publicado hasta esta semana, Fabra (nombrado a propuesta del PSOE), este procedimiento  está “orientado al tratamiento de opiniones diferentes (como su propio título indica), y no a una auténtica gestión de discrepancias técnicas o administrativas en los distintos niveles de gestión del CSN” como la que pidió el Congreso.

Fabra, que cree que las discrepancias técnicas deben resolverse mediante el “voto mayoritario” de la decisión colegiada del Pleno, considera también que la gestión de estos desacuerdos debe tratarse “de manera previa a la toma de decisiones y no cuando ya se hayan tomado las decisiones finales sobre el expediente objeto de discrepancia”. El procedimiento aprobado deja fuera de su radio de acción “aquellas opiniones técnicas diferentes referidas a procesos que estén en curso, es decir, procesos en los que no ha tenido lugar la toma de decisión”.

Además, establece que solo puede presentar una opinión técnica diferente alguien que “no haya participado en el proceso interno de toma de decisión”. Algo que a juicio de Fabra “resulta de todo punto incomprensible” puesto que quienes están “involucrados” en el proceso interno de tramitación de un expediente son precisamente las personas “más adecuadas para opinar o discrepar, como expertas, sobre la materia acerca de la que se esté trabajando”.

El procedimiento señala que las discrepancias deberán ventilarse a través de un panel de expertos compuesto, escribe Fabra, “por un número mayoritario de personas designadas directamente por el director técnico competente en la materia, lo que le convierte de facto en juez y parte”. Al director técnico le corresponde además designar al responsable de admitir a trámite la propuesta de discrepancias, elegir a los expertos y aprobar el informe final con las actuaciones que, en su caso, considere oportuno.

El procedimiento, en opinión de Fabra, “no sólo no da respuesta adecuada a la solicitud del Parlamento, sino que, además, se compadece mal con una sólida cultura de seguridad del organismo regulador en aquella mediad en que atiende de manera asimétrica al proponente y al discrepante en detrimento de este último”.

Alcance “ridículo”

En línea con las críticas del consejero Fabra, la Asociación Profesional de Técnicos en Seguridad Nuclear y Protección Radiológica (ASTECSN) lamenta el “ridículo” alcance del procedimiento: “Sólo permite emitir opiniones diferentes sobre asuntos en los que ya existe una decisión tomada, y siempre que el proponente de dicha opinión técnica diferente no haya participado en el proceso previo que llevó a tomar tal decisión”.

“Nada se dice de las decisiones arbitrarias, tomadas sin un proceso formal que las sustente, que han sido el objeto de la mayoría de las críticas emitidas hasta ahora por ASTECSN”. La asociación antepone estas restricciones a lo que ocurre en Estados Unidos. Su regulador nuclear, la NRC, “establece que cualquier técnico del organismo que tenga una opinión diferente fundada, puede y debe emitirla lo antes posible durante el proceso de toma de decisiones, para garantizar que las mismas se toman teniendo en cuenta todos los puntos de vista”.

En opinión de ASTECSN, el regulador español “ha desarrollado este procedimiento a la fuerza y con la clara intención de cubrir el expediente, pero sin la más mínima intención de que sea un instrumento útil para mejorar las prácticas del organismo”. Los técnicos lamentan también que, al contrario que en EEUU, “en ningún momento se establecen garantías sobre la ausencia de represalias contra los que sostengan opiniones técnicas diferentes”.

El procedimiento sí es del agrado de la vicepresidenta del CSN, Rosario Velasco (PSOE), y del consejero Fernando Castelló (PP). La primera “se congratula” de su aprobación y lo considera “un importante avance en la mejora de los procesos reguladores y de la transparencia y derecho a la expresión de la controversia por parte de los técnicos del CSN”. Además, cree que el procedimiento permite “que el proceso de toma de decisiones respecto a opiniones diferentes se lleve a cabo de forma reglada y objetiva, sin demorar los procesos reguladores a los que afectan dichas opiniones”.

El organismo que preside Fernando Marti, primer secretario de Estado de Energía de Mariano Rajoy cuyo cese ha pedido oficialmente el Congreso, ha aprobado este procedimiento cuando afronta, entre otras trascendentes decisiones, el dictamen sobre la autorización de construcción del polémico almacén temporal centralizado (ATC) de Villar de Cañas (Cuenca).

Los técnicos del CSN recuerdan que la petición de este procedimiento “fue precisamente la constatación de que la persecución y el cese han sido en el CSN respuesta a algunos técnicos que discrepaban con las posiciones impuestas y no explicadas de la línea jerárquica”, desde el Jefe de Área de Experiencia Operativa, “cesado por oponerse a un recorte en la información al público con la Escala INES” de sucesos nucleares, a la destitución en diciembre pasado del inspector residente de Almaraz, que “fue cesado por no plegarse a las directrices de la dirección técnica para reducir los hallazgos en dicha central nuclear”.

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