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El Gobierno aprueba la reforma del subsidio de desempleo con un aumento hasta los 570 euros

Imagen de archivo de la líder de Sumar, vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, en su escaño del Congreso. EFE/ Javier Lizón

Laura Olías

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Acuerdo en el seno del Gobierno que permite aprobar la reforma del subsidio por desempleo este martes en el Consejo de Ministros, según ha adelantado la Cadena Ser y confirman fuentes de Trabajo a elDiario.es. Tras intensas negociaciones entre Trabajo y Economía a lo largo de los últimos días, el departamento de Yolanda Díaz ha logrado el consenso dentro del Ejecutivo para sacar adelante la revisión del sistema asistencial de desempleo, que cubre a unas 800.000 personas. Se aumentan las cuantías a los 570 euros al mes para nuevos beneficiarios y también se amplían los beneficiarios, entre otras medidas.

La reforma del subsidio de paro forma parte del Plan europeo de Recuperación y Resiliencia y, aunque estaba prevista para finales de 2022, se acabó retrasando y quedó a la espera de la formación del nuevo gobierno tras las elecciones del 23J. Con el inicio del nuevo Ejecutivo de coalición, de PSOE y Sumar, las tensiones entre Nadia Calviño y Yolanda Díaz volvieron a estallar a propósito de esta regulación.

Mientras en Trabajo proponían una reforma que ampliaba la protección del actual sistema, en línea con lo pactado con Bruselas, en Economía planteaban reducir su cuantía y duración, “recortes” contra los que se rebeló el Ministerio de Yolanda Díaz.

La reforma que se ha aprobado este martes no incluye “ningún recorte”, ha celebrado la vicepresidenta Yolanda Díaz en rueda de prensa. “Somos un Gobierno que defiende los trabajadores y las trabajadoras, que no ha hecho más que ensanchar los derechos laborales” en sus mandatos, ha subrayado la vicepresidenta segunda.

Cuantía de 570 euros al mes

La reforma amplía la cuantía del subsidio, aunque no tanto como planteó Yolanda Díaz. Trabajo propuso incrementar la ayuda, hoy en 480 euros al mes (el 80% el IPREM), hasta los 660 euros mensuales. En Economía insistían en la necesidad de un subsidio decreciente en el tiempo, para incentivar la vuelta al empleo, con cifras que se iban por debajo del nivel actual, hasta los 300 euros al mes.

Finalmente, el decreto que se aprobará este martes aumenta la cuantía y decrece en los meses de percepción, pero sin recortes respecto al nivel actual. Comenzará con 570 euros al mes en un inicio, durante los primeros seis meses, cuando pasará a los 540 euros en los siguientes seis meses y se mantendrá en los 480 euros actuales el resto de duración de la prestación.

Las cuantías del subsidio no son fijas, sino que dependerán de cuánto marque el IPREM, hoy en 600 euros mensuales. Así, el subsidio será del 95% del IPREM los primeros seis meses, luego pasará al 90% y por último se mantendrá en el 80% del indicador.

El aumento “será aplicable a los nuevos reconocimientos de este subsidio, no a los anteriores”, precisan en el Ministerio de Trabajo. Además, “se mantiene el subsidio para mayores de 52 años en su cuantía del 80% IPREM”.

Sin mes de espera y más beneficiarios

De inicio, una de las medidas relevantes es que se elimina el mes de espera entre el cobro de la prestación y la percepción del subsidio. Se trata de un vacío de cobertura que dejaba a las personas desempleadas un mes sin ingresos.

“También se podrán acoger al subsidio de cotizaciones insuficientes a quienes acrediten periodos cotizados inferiores a seis meses y carezcan de responsabilidades familiares”, indica Trabajo. Hoy se pide un mínimo de tres meses a las personas con cargas familiares y seis si no las tienen.

Además, aumentan los beneficiarios, como anunció Trabajo. “Se incorpora a la protección a las personas desempleadas menores de 45 años sin cargas familiares”, que ya había sido confirmado en algunas declaraciones por el presidente Sánchez, y además podrán percibirlo “los eventuales agrarios” del conjunto del país (no solo Andalucía y Extremadura) y “las personas trabajadoras transfronterizas de Ceuta y Melilla”.

Hasta seis meses de subsidio y salario

Otra de las novedades más relevantes de la reforma es que se podrá compatibilizar el cobro del subsidio y un salario si se encuentra un empleo por cuenta ajena, una medida contenida en el acuerdo de gobierno entre PSOE y Sumar. En este punto, Trabajo planteó un periodo de compatibilidad de 45 días y en Economía exigían que fuera más amplio, para incentivar que se aceptaran estos empleos.

Finalmente, las dos partes del Gobierno han acordado regular “la compatibilidad entre percibir el subsidio y el empleo hasta 180 días como fórmula para facilitar la transición al mercado de trabajo de las personas desempleadas”, indican en Trabajo.

Además, las prestaciones por desempleo (contributiva y subsidio) “serán compatibles con las becas y ayudas que se obtengan por asistencia a acciones de formación profesional o en el trabajo” así como “para realizar prácticas formativas o prácticas académicas externas en entidades públicas o privadas, que formen parte del plan de estudios y se produzcan en el marco de colaboración entre dichas entidades y el centro docente de que se trate”.

Se universaliza la acumulación del permiso de lactancia

La norma que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros consiste en un decreto laboral con otra medida que estaba pendiente, para transponer una directivas europea.

Se generaliza el permiso de lactancia a un máximo de 28 días, con el objetivo de universalizar el derecho a acumular el periodo de lactancia. Hasta ahora, este podía acumularse en jornadas completas, pero “en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con la empresa”.

Así, esta norma lo convierte en un derecho de todas las personas trabajadoras. Esta medida está prevista para la transposición de la directiva de conciliación, sobre la que Bruselas ha llevado a España ante la justicia europea.

En el caso de que dos personas de la misma empresa ejercieran este derecho por el mismo bebé “podrá limitarse su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, debidamente motivadas por escrito, debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación”, explican en Trabajo.

“Cuando ambas personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses, con reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los nueve meses”, sigue recogiendo el decreto como hasta el momento.

Se preveía que se incluyera también la transposición de otra directiva, la de condiciones transparentes y previsibles de trabajo, pero finalmente no se añadió en la norma.

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