El Gobierno obligará desde el martes a dar más datos en los contratos y a justificar más el periodo de prueba
El Gobierno aprobará el próximo martes un real decreto para transponer el grueso de la Directiva Europea relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles, pendiente en España desde agosto de 2022 y por la que Bruselas ha denunciado al país ante la justicia europea por su tardanza. La norma exigirá a las empresas especificar más la información sobre los salarios y la jornada de los trabajadores en los contratos de trabajo, entre otros datos, así como justificar más el periodo de prueba en este documento, explican fuentes del Ministerio de Trabajo.
El real decreto será un reglamento en el que se especifiquen algunas de las nuevas exigencias que deberán plasmar los nuevos contratos de trabajo debido a la Directiva europea, así como algunas especificaciones más que ha incluido el Ministerio de Trabajo.
Por ejemplo, el derecho individual de las personas trabajadoras a que en el contrato se especifique si hay algoritmos que intervengan en su relación laboral, en cuestiones como la fijación de horarios, salarios o en la extinción del contrato, destacan desde el departamento de Yolanda Díaz.
En el Ministerio de Trabajo destacan la relevancia de esta nueva norma en cuanto a la lucha contra la precariedad y la discriminación. Así, subrayan el mayor derecho de información de los trabajadores y su valor de cara a conflictos y procedimientos judiciales que puedan existir.
Los trabajadores ya contratados pueden pedir la información
La obligación de información para los nuevos contratos de trabajo estará en vigor al día siguiente de la publicación del real decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), indican en el Ministerio de Trabajo. Por lo tanto, previsiblemente, será el miércoles o el jueves.
El decreto obligará a detallar más en el contrato el salario que cobrará la persona trabajadora (también en cuanto a los complementos y pluses), así como su jornada de trabajo. En el departamento de Yolanda Díaz destacan que se deberá concretar en qué consiste la distribución irregular de la jornada, si la hubiere, algo que consideran muy relevante para evitar abusos en los horarios y para poder probar excesos sobre las jornadas “formales” en caso de conflicto judicial.
Los trabajadores y trabajadoras ya contratadas no se quedan fuera de la normativa. El decreto prevé el derecho de solicitar esta nueva información requerida a sus empresas, que deberán proporcionarla en un plazo de 30 días, explican en Trabajo.
Además, si sus condiciones laborales pactadas cambian, por ejemplo con un nuevo salario, nuevos pluses o un nuevo horario, las empresas sí estarían obligadas a reflejar estos cambios por escrito, afirman en el Ministerio de Díaz.
Más justificación del periodo de prueba
En el departamento de Yolanda Díaz insisten también en la importancia de varias novedades incluidas en el real decreto respecto el periodo de prueba. El Estatuto de los Trabajadores limita el periodo de prueba a un máximo de seis meses para técnicos titulados y de dos meses para el resto de trabajadores, salvo que se pacte en convenio un periodo superior.
El Ministerio de Trabajo quería prohibir esta posibilidad de ampliación, como contempló en un proyecto de ley, pero este texto legal está bloqueado en el Congreso de los Diputados. En este nuevo reglamento no se modifica esta duración (ya que requiere una norma con rango de ley), pero Trabajo destaca que ha incluido varias precisiones para que las empresas tengan que justificar más el periodo de prueba.
Por un lado, las exigencias requeridas a los trabajadores que “constituyan el objeto de la prueba”. Y, por otro, la duración exacta del periodo de prueba, “ya se encuentre dentro del límite de seis meses previsto legalmente o se trate de un periodo superior fijado por convenio colectivo en los casos justificados por la naturaleza del empleo, por el interés de la persona trabajadora o, por la necesidad de realizar la evaluación de la idoneidad de la persona trabajadora en caso de suspensión de la relación laboral”.
En Trabajo consideran claves estas precisiones, ya que creen que dan herramientas a los trabajadores para evitar contratos de prueba abusivos, sin causas que lo justifiquen, y que también impone más exigencias a las prolongaciones del periodo de prueba por convenio.
Qué se queda pendiente de aprobar
Ante el bloqueo parlamentario al anteproyecto de ley que pretendía transponer esta Directiva europea, el Gobierno va a recurrir a este real decreto con el objetivo de tratar de reducir las consecuencias del retraso en el cumplimiento de la normativa, que pueden suponer una cuantiosa multa para España.
No obstante, todavía quedan pendientes de aprobar algunos cambios que requieren de rango de ley. Por ejemplo, la obligación de informar de las vacantes a todos los trabajadores, ya que el Estatuto de los Trabajadores ahora solo regula esta posibilidad para ciertos contratos, como los temporales, formativos y fijos-discontinuos.
También un endurecimiento de las sanciones por incumplir esta transparencia y previsibilidad de los contratos laborales. Fuentes de Trabajo indican que el grueso de la directiva quedará transpuesta, algo que creen que valorará la Comisión Europea, y están estudiando en qué ley pueden aprobar estas otras exigencias pendientes.
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