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Emboscada de Pasaia, caso abierto: un informe sobre la “ejecución extrajudicial” de militantes de los Comandos Autónomos

Concentraciones por los 4 miembros de los Comandos Autónomos Anticapitalistas asesinados en la conocida como 'emboscada de Pasaia'.

Belén Ferreras

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El 22 de marzo de 1984 José María Izura 'Pelu', Pedro María Isart 'Pelitxo' , Rafael Delas 'Txapas' y Dionisio Aizpuru 'Kurro' murieron acribillados a balazos cuando entraban en zodiac en la bahía de Pasaia. Se contaron en sus cuerpos hasta 113 impactos de bala provenientes de agentes de la Policía Nacional que esperaban en tierra a estos integrantes de los Comandos Autónomos Anticapitalistas, una escisión de ETA. Durante 39 años, Joseba Merino 'Coronel', el único superviviente de aquel hecho, junto a las familias de los fallecidos, ha intentado mantener abierto el caso en los juzgados contradiciendo la que fue la primera versión oficial: que los policías respondieron con las armas al ataque de los terroristas. Merino, al que condenaron por el asesinato del socialista Enrique Casas, que fue tiroteado en su casa un mes antes de los sucesos de Pasaia, siempre ha defendido que se trató de una “emboscada” de las fuerzas de seguridad, que ellos no tuvieron tiempo de reaccionar, que inmediatamente después de darles el alto comenzaron los disparos y que tres agentes vestidos de paisano “fusilaron” a dos de sus compañeros.

Un informe encargado por el Gobierno vasco ratifica la veracidad de esta versión y habla en sus conclusiones de “ejecución extrajudicial” y de “caso paradigmático de violación grave de los derechos humanos”. El informe tiene fecha de 2020, pero el Ejecutivo no se lo ha traslado a la familia hasta ahora. El lehendakari Iñigo Urkullu ha pedido “perdón” este viernes en el Parlamento Vasco por el tratamiento institucional hacia las familias y se ha comprometido a “no renunciar” a aclarar lo sucedido en Pasaia.

El caso, después de múltiples vaivenes judiciales, sigue abierto. El pasado 28 de marzo el superviviente, Joseba Merino, participó en una rueda de reconocimiento en los juzgados de Donostia, para poder identificar a alguno de los agentes que participaron en la emboscada, sin que pudiera reconocerlos. El informe conocido ahora puede facilitar a las familias mantener el caso en los tribunales.

El documento, elaborado por la Cátedra Unesco de Derechos Humanos y Poderes Públicos de la Universidad del País Vasco (UPV/EHU), encargado por el Ejecutivo autónomo, recoge en sus conclusiones que “todos factores que acumulan un conjunto de presunciones de hecho que militan abrumadoramente a favor de una operación policial que escala a ejecución extrajudicial”. En este sentido, cita “las autopsias” -con múltiples orificios de bala en cada uno de los cuerpos, hasta 113 entre los cuatro- “la ausencia de pruebas que determinaran el uso de las armas por los cuatro jóvenes acribillados, las evidentes contradicciones en el relato oficial y los testimonios y datos periféricos que las ponen objetivamente en duda junto a la constante negativa por parte de las autoridades policiales a revelar la identidad de los agentes responsable de ordenar y/o participar materialmente en los hechos, así como sus repetidas maniobras para demorar, obstaculizar y ocultar las informaciones requeridas en el proceso”.

El documento considera que, frente a dichas presunciones, “el Estado, a través de su administración de justicia, debería haber mostrado una diligencia y celo investigador que compensara dichas presunciones”. “Pero en vez de una investigación judicial pronta y eficaz se tornó en un calvario judicial presidido por constantes maniobras dilatorias que objetivamente alargaron el procedimiento hasta hacerlo fracasar”, se indica. En este sentido, señalan que “una investigación eficaz hubiera permitido disipar dudas y conocer la verdad”, y “permitido corroborar o descartar procesalmente las presunciones de hecho contra la actuación de los agentes del Estado”. “Su ausencia, en este caso, su evidente y grave deficiencia, por el contrario, no hace sino aumentar las dudas hasta un punto en que sobre su base cualquier instancia internacional de monitoreo de los derechos humanos y, en particular, el estándar habitual del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (si hubiera podido entrar a conocer el caso) hubiera resultado condenatorio sin paliativos”, se puede leer.

“Nos encontramos por tanto ante un caso paradigmático de violación grave de los derechos humanos ligado con el valor vértice de la pirámide axiológica de cualquier Estado de Libertades: la vida. Violación de la máxima gravedad cuyo capítulo final de resistencia al afloramiento de la verdad ha prolongado su agonía judicial hasta casi el año 2018. Es un caso paradigmático, por desgracia, porque revela en toda su crudeza e injusticia la lucha judicial durante décadas frente a una interminable tela de araña que acaba por devorar el caso en vez de ”administrar“ justicia. Ello y el silencio institucional prácticamente generalizado han incrementado aún más si cabe el grado de injusticia”, señalan.

Versiones contradictorias

La versión oficial tras los sucesos de la noche del 22 de marzo de 1984 describió lo ocurrido como “un enfrentamiento entre los miembros de los Comandos Autónomos Anticapitalistas (CCAA) y los agentes de la Policía y Guardia Civil desplegados en el operativo policial”. El día siguiente de esos sucesos, el entonces Gobernador Civil de Gipuzkoa, Julen Elgorriaga (socialista y condenado por los GAL), defendió la hipótesis del fuego cruzado y depositó toda la responsabilidad de lo ocurrido sobre los miembros de los CCAA. Según declaró, los terroristas dispararon sus armas y los agentes de seguridad repelieron el ataque de unos terroristas que entraban a España desde Francia para perpetrar algún atentado. Esta versión sería desde un primer momento cuestionada y desmentida por los propios vecinos de Pasaia. Los testimonios de los supervivientes, familiares y testigos, calificaron lo ocurrido como “una emboscada” tendida por la Policía y la Guardia Civil para acabar con la vida de los cuatro miembros directamente.

Según la versión alternativa a la oficial que se recoge en el informe a través de los testimonios de Merino u otros testigos, la emboscada en Pasaia u “operación marzo 84” comenzó a tomar forma días antes, el 18 de marzo 1984, cuando Rosa Jimeno se trasladó con su propio coche desde Orio hasta Donostia donde fue arrestada por dos policías de paisano que la estaban sometiendo a vigilancia policial por estar presuntamente vinculada a los CCAA. En ningún momento le notificaron en términos legales su detención ni tampoco dieron parte al juzgado pertinente ni a sus familiares. En el momento de su arresto, Rosa Jimeno llevaba consigo un número de teléfono perteneciente al domicilio en que se encontraba su compañero sentimental, Dionisio Aizpuru. Rosa Jimeno fue utilizada como ‘cebo’ para concertar una cita con los cinco militantes de los CCAA. Según su propia declaración en sede judicial, fue sometida a malos tratos y torturas, con el único fin conocido de que accediera a colaborar bajo la promesa de que sus compañeros no saldrían en modo alguno heridos.

Rosa Jimeno acordó con los cinco miembros de los CCAA que, en el caso de que la zona “estuviera limpia”, realizaría una señal luminosa con una linterna. Llegado el día del encuentro, el 22 de marzo, los cinco jóvenes junto a Beltza, la perra de Joseba Merino, emprendieron el camino desde Ziburu a Pasaia en una lancha tipo zodiac ignorando que se trataba de una emboscada. Todos vestían trajes salvavidas, como medida de protección por si alguno de ellos caía a la mar, lo que les imposibilitaba portar armas encima.

“Vimos las señales de la linterna y pusimos aquí la proa (junto a las rocas). No veíamos nada. Le eché un cabo a Rosa para que sujetara la embarcación. Primero desembarcaron ‘Kurro’ y ‘Pelitxo’. Yo le pasé después una bolsa con material a ‘Pelitxo’ y le dije a ‘Kurro’ que cogiera a Beltza. Cuando me encontraba agachado cogiendo a la perra y la segunda vez que le dije a ‘Kurro’ que la cogiera, se escuchó un ‘¡Alto! ¡Policía!’ y un disparo suelto. Y de seguido, cientos de disparos. Nos pilló totalmente de sorpresa”, señala el relato de Joseba Merino. Rosa Jimeno tenía los pies atados con una cuerda y los agentes tiraron de ella cuando empezó el tiroteo, por lo que no resultó herida.

En la emboscada murieron directamente dos de los que iban en la embarcación y la perra. “Nos pusieron a los tres en fila con las manos en la cabeza al borde de las rocas y a escasa distancia del mar. Estábamos desarmados pues las armas se habían quedado en las bolsas”, sigue el relato de Merino. “Nos ordenaron que nos identificáramos y, al darles, el nombre, cuando les dije que era Jose Luis Merino, uno de ellos me dijo: ‘tú eres el Coronel’”, y le separaron de los demás. “Tres 'txakurras' se aproximaron a mis compañeros, dos con metralletas (una Ingram M-10 y una UZI) y el otro con una escopeta de postas tipo Corredora, y sin haber ninguna palabra ni acto por parte de Kurro y Txapas los fusilaron... desde menos de un metro; cayeron de espaldas a la ría por la fuerza de las muchísimas balas que hicieron impacto en sus cuerpos. Habían fusilado a mis compañeros”.

Tal y como recogen los autos judiciales, el levantamiento e identificación de los cadáveres de los tres de los jóvenes no se realizó in situ. Cuando, en la madrugada del día 23 el Juez se personó en el lugar de los hechos, se realizó el levantamiento del cadáver de uno de los jóvenes, haciéndose constar que “en la actuación de la Policía se hallan implicados otros tres individuos más, hasta el momento en paradero desconocido”. En la mañana del día 23, se recibió una llamada de la Comisaría de Policía de Donostia indicando que habían sido hallados y rescatados otros tres cadáveres, que fueron trasladados directamente al Instituto Anatómico Forense, sin intervención de la comisión judicial en el levantamiento de los mismos.

Procedimiento judicial

En el atestado de las diligencias judiciales no se recoge informe fotográfico o balístico relativo a la pistola y ametralladora presuntamente disparadas por los jóvenes, ni sobre los impactos de proyectiles que podían, según la versión policial, observarse en las rocas del lugar. Tampoco se efectuó, hasta donde se conoce, ningún informe para identificar las armas policiales empleadas en la operación. Igualmente, de las diligencias policiales aportadas, resulta imposible identificar a los agentes que dirigieron o intervinieron en el dispositivo policial, se señala en el documento.

El mes de julio de 1984, apenas unos meses después de abrir las diligencias, el caso fue sobreseído. “o fue hasta mayo del año 2000, 16 años después del fatídico suceso, que el caso fue reabierto tras la petición de la acusación particular ejercida por la familia de los cuatro jóvenes, uniéndose posteriormente como acusación popular el Ayuntamiento de Azpeitia”.

En junio de 2004, el Juzgado de Instrucción acuerda el archivo de la investigación por la prescripción de los delitos investigados, pero en abril de 2005, casi un año más tarde, la Audiencia Provincial de Gipuzkoa corrigió el criterio de la Juez de Instrucción, estimando el recurso de apelación y ordenando que continuara la investigación al entender que el delito no había prescrito.

Por otra parte, el Ayuntamiento de Azpeitia, que se constituye en acusación popular en la causa, interpuso el día 5 de enero de 2017 un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, argumentando que “no se realizó una investigación profunda, seria y eficaz para identificar a los policías y demás autoridades presentes en el momento del tiroteo y con la intención de conocer la verdad”. El Tribunal Constitucional rechazó el recurso por acuerdo de 24 de mayo de 2017 alegando que “el mismo se había presentado de forma extemporánea, por lo que no entró a conocer el fondo del asunto y no se pronunció sobre las múltiples vulneraciones del derecho a la tutela judicial efectiva denunciados en el recurso de amparo”.

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