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Un juez libera a unos padres del aval hipotecario de su hijo

El Congreso avala el veto del Gobierno a la ley de vivienda de la PAH

eldiarionorte.es

Revés para la banca. Un juez de Bilbao ha liberado a unos padres de abonar el aval hipotecario de su hijo. ¿Por qué? Según el juez, la cláusula es “nula” porque el banco fue poco transparente al no informar correctamente a los padres de las consecuencias a las que se exponían si su hijo no podía pagar las cuotas del préstamo en algún momento. Se trata de una resolución novedosa en Euskadi que abre la puerta a que otras familias que se pueden encontrar la misma situación obtengan el mismo resultado.

El chico pidió al BBVA un crédito para adquirir una vivienda, pero cuando tuvo problemas para pagar las cuotas al contar con unos “ingresos discretos e inestables”, la entidad bancaria le reclamó a su padre el dinero con la advertencia de que podrían embargar su piso en el caso de no pagar. Ante esta perspectiva, la familia empezó a abonar las cuotas de la hipoteca

Según ha explicado a la agencia Efe el abogado José Montero, del bufete que ha defendido a esta familia de Barakaldo, la situación en que unos padres avalan a un hijo en el momento de la compra de una vivienda “es algo habitual” y por ello, “esta importantísima victoria judicial beneficiará a muchas familias en circunstancias similares. El 80 % de las hipotecas entran dentro de este mismo supuesto. Si el hipotecado no paga, la entidad va a por los bienes de los progenitores” que le avalaron.

Según el juez, el aval era abusivo y el banco “no explicó bien a los padres y hermanos” lo que éste implicaba. La entidad no logró acreditar que facilitase a los avalistas información suficiente ya que el empleado de la oficina bancaria, recoge la sentencia, “no atinó a responder cuando fue preguntado por el significado de los términos de la cláusula y manifestó su desconocimiento del mismo”. Por ello, sigue la resolución, “quedando constatada la falta de cumplimiento de los deberes de transparencia”, solo cabe concluir que, “los consumidores llevaron a cabo un pacto con la entidad financiera que, indudablemente no hubieran aceptado de haber sido tratados de una manera leal y equitativa, que les hubiera permitido conocer las consecuencias económicas y jurídicas del contrato”.

A partir de ahora, el banco sólo podrá reclamar al hipotecado, no a sus avalistas.

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