La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio ha convocado ayudas para la gestión de los libros genealógicos y la realización de programas de mejora de las razas ganaderas autóctonas españolas.
Pueden solicitar las ayudas las asociaciones y las organizaciones de criadores de razas ganaderas autóctonas puras sin ánimo de lucro que hayan sido reconocidas oficialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y por la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, según ha dado a conocer esta última.
Esto para la gestión de los Libros Genealógicos, razas definidas en el artículo 2 del Decreto 80/2016, modificado por Decreto 191/2018, así como las asociaciones de ámbito autonómico reconocidas.
Serán subvencionables las actuaciones relacionadas con las tareas propias y necesarias para la gestión y funcionamiento de los libros genealógicos y recibirán ayudas para sufragar, de acuerdo con lo establecido en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, los gastos de personal, de locomoción, informáticos, por actuaciones genéticas y difusión de las razas y de electricidad, agua y otros costes generales de los centros u oficinas de trabajo.
La cuantía de las ayudas será del 100 por ciento, con un límite máximo de 80.000 euros por asociación u organización.
Por otro lado, en el caso de la realización de los programas de mejora, podrán ser beneficiarios de estas ayudas las asociaciones y organizaciones de criadores de razas ganaderas autóctonas puras definidas en el artículo 2 del Decreto 81/2016, de 21 de junio, modificado por Decreto 190/2018, de 27 de noviembre.
Deben carecer de ánimo de lucro y haber sido reconocidas oficialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, o por la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio para el desarrollo de las pruebas de mejora.
También podrán ser beneficiarias las asociaciones de ámbito autonómico reconocidas por la autoridad competente y colaboradoras en la realización de dichas actividades.
Tendrán la consideración de actividades subvencionables las relacionadas con las tareas propias y necesarias para la realización y desarrollo de los programas de mejora.
Podrán recibir subvención para pagar gastos de personal, de locomoción, informáticos, por actuaciones genéticas y difusión de las razas, de electricidad, agua y otros generales de los centros u oficinas de trabajo, entre otros.
La cuantía de las ayudas será del 70 por ciento del coste de la actividad, sin superar en ningún momento la cantidad de 60.000 euros por asociación u organización.
El plazo de presentación de solicitudes para estas líneas de ayuda será de 20 días, a partir del próximo día 10.
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