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Otro revés para la Junta: la justicia, en contra de obligar a las empresas a prestar el servicio de transporte escolar

Imagen de archivo de una autobús escolar

elDiarioex

11 de septiembre de 2025 15:03 h

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 5 de Mérida ha denegado la medida cautelar solicitada por la Consejería de Educación para obligar a prestar el servicio del transporte escolar a las empresas que no acudieron al proceso de licitacion de las rutas.

A través de un auto, el Juzgado avala su decisión al entender que en esta fase inicial del procedimiento “no constan indicios racionalidad de criminalidad fundados” que justifique adoptar la citada medida cautelar.

“Los hechos expuestos por la denunciante se fundan en ciertas conjeturas por la Administración que está por determinarse en fase instructora”, argumenta el juzgado.

Además, no concurre proporción entre los hechos denunciados y la medida solicitada. “No resulta proporcionado imponer a las empresas denunciadas el cumplimiento de unos servicios de trasportes respecto del cual no son adjudicatarias”, remarca el auto.

La Junta de Extremadura interpuso una denuncia en este juzgado en la que solicitó medidas cautelares para garantizar la prestación del servicio en 242 rutas de transporte escolar, que afectan a unos 7.000 alumnos, tras el incumplimiento del acuerdo marco firmado en 2024 por un “grupo minoritario” de empresas.

La denuncia penal se interpuso “debido a las conductas y coacciones ejercidas por determinadas empresas con ocasión de los procedimientos de contratación de las rutas de transporte escolar”, según el Gobierno regional, que sostiene que hay “una intención de un grupo minoritario de empresas de alterar el precio del servicio a través de coacciones y amenazas perjudicando el derecho de los alumnos”.

Según el auto, la denuncia fue dirigida a seis empresas por presunta comisión de delito de alteración de precios en concursos y subastas públicas, desabastecimiento de servicio esencial y en su caso delito de coacciones concurriendo una organización o grupo criminal en los hechos denunciados.

Alteración de los precios

Los hechos delictivos, según la Junta, lo constituye el presunto acuerdo adoptado por las empresas denunciadas para una alteración de los precios fijados por la administración en el acuerdo marco para las distintas rutas de transporte escolar por distintas categorías.

El otro sustento de la denuncia son las presiones utilizadas por una empresa a otras para que no licitaran al objeto de garantizar un mejor precio de licitación, en concreto con la licitación de los contratos menor de fecha 23 de enero de 2024.

Sostiene la Consejería, tal como expone el escrito del Juzgado, que en el acuerdo marco del servicio de transporte escolar a centros docentes se encuentra el expediente de contratación, en el que se especifican las condiciones del acuerdo marco, como el precio del que eran conocedora las empresas desde el inicio de la licitación en julio de 2024.

Al inicio de agosto de este año, se acometió el procedimiento de la tramitación de emergencia de un total de 332 rutas, de las que 295 estuvieron desiertas por falta de presentación de oferta económica y otras 25, aunque tuvieron ofertas, no cumplían los requisitos exigidos en los pliegos, explica el auto.

El nuevo proceso de licitación, tras la situación de emergencia, fijaba 19.532 euros para la categoría A de las rutas, 27.915 euros para las B, 45.769 euros para las C y 51.601 para las D para el periodo desde el 11 de septiembre de 2025 al 19 de junio de 2026.

En fecha de 20 de agosto se fijaron nuevos precios para licitación: 21.485 euros (A), 30.706 euros (B), 50.346 euros (D) y 56.761 (D), que permitió adjudicar 23 rutas.

Cinco días después se incrementaron las cuantías: 23.204 (A), 33.163 (B), 54.373 (C) y 61.302 (D)., y se adjudican 18 rutas. Con fecha de 1 de septiembre de 2025, se vuelven a incrementar (25.524, 36.479, 54.917 y 61.915, respectivamente, con seis rutas adjudicadas.

Para la Consejería, según el auto, todo este proceso refleja el acuerdo entre las distintas empresas para “forzar una subida de precios” respecto de los fijados en el convenio marco, lo que provoca “un perjuicio al derecho fundamental a la educación, un perjuicio patrimonial a la administración mediante prácticas cuya finalidad presuntamente es alteración de precios superiores a los de mercado y a los ofertados”.

Asimismo, el auto le recuerda a la Consejería que la medida cautelar interesada no es la única opción posible.

El auto refleja que la Administración “dispone de recursos administrativos para garantizar el derecho de trasporte escolar como complemento, en determinadas circunstancias, del derecho de educación, sin perjuicio de poder instar acciones civiles o contenciosos administrativas en orden a reparar posibles perjuicios ocasionados a la misma”.

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