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Sindicatos esperan 1.800 plazas en las oposiciones de sanidad si Extremadura se libra de la tasa de reposición

Pacientes de consultas externas. / P. LORENZANA

Jesús Conde

El principal escollo que debe superar el sistema público sanitario extremeño es la tasa de reposición impuesta por el Gobierno después de los acuerdos de la pasada Conferencia de Presidentes.

El Servicio Extremeño de Salud y las organizaciones sindicales acordaron este miércoles un calendario de negociación de oposiciones de sanidad, aunque las previsiones ya apuntan a que las primeras pruebas sean entre mayo o junio. La próxima mesa sectorial se celebrará en el plazo de 15 días para avanzar en las negociaciones. El objetivo, que sea una 'macro' convocatoria.

¿De dónde salen las 1.800 plazas?

Tras tres convocatorias consecutivas, la Oferta Pública de Empleo acumula un total de 852 plazas en la sanidad (años 2014, 2015 y 2016) sin oposiciones en Extremadura. Los sindicatos esperan que la convocatoria de oposiciones de 2017 cuente con las plazas de los tres años previos. Esta suma, sin el 'muro de contención' de la tasa de reposición, aportaría las 1.800 plazas que espera UGT.

La ley no obliga a convocar oposiciones cuando se negocia una oferta pública de empleo, aunque sí a que se convoquen después de tres ofertas acumuladas sin hacerlo. Explican UGT y CCOO por ejemplo que no tenía mucho sentido convocar pruebas en el año 2014, cuando se ofertaban 30 plazas. Aunque ahora, según la ley, sí tienen que hacerlo.

¿Por qué son necesarias las oposiciones?

La realidad que muestra UGT es que hay hasta 4.500 trabajadores del SES (en torno al 30 por ciento) con contratos temporales, cuando buena parte son puestos necesarios en la plantilla orgánica, denuncia Felipe Bachiller. La organización espera reducir entre un 15 y un 20 por ciento la elevada tasa de temporalidad de la mano de esta ‘macro oferta’.

Apunta en este sentido Francisca Gómez, de CCCOO, al caso de un especialista en Cáceres que lleva ocho años encadenando contratos eventuales, sin pasar a formar parte de la plantilla orgánica. Lo hace mientras hay jurisprudencia europea que marca que no puede permanecerse más de dos años en esa situación.

Como argumentos en contra, advierte que la temporalidad genera inestabilidad e impide la consolidación de equipos. Más si cabe cuando se está hablando de atención sanitaria y de calidad en el servicio.

¿Qué dice la sentencia europea?

Una sentencia de septiembre de 2016 del Tribunal de Justicia Europeo declaró que la Ley 55/2003 del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud es contraria el derecho comunitario. Hasta entonces la norma permitía la renovación de nombramientos temporales del personal sanitario para atender necesidades permanentes.

La tasa de temporalidad se ha ido reduciendo. Si en 2012 directamente no se repusieron las bajas, ésta se ha ido incrementando de manera progresiva desde el 10 por ciento (años 2013 y 2014) hasta el 50 por ciento en 2015; siendo además del cien por cien en 2016.

No obstante, y ante las ‘cortapisas’ acumuladas, se arrastra un déficit que explica la elevada tasa de temporalidad actual en la sanidad de Extremadura y en el resto del país. Recuerdan UGT y CCOO que antes de la crisis la tasa estaba de temporalidad estaba por debajo del 10 por ciento.

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