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El Superior gallego condena a la Xunta por la “conjura” de un tribunal para amañar oposiciones

Feijóo y el conselleiro de Facenda, Valeriano Martínez

Miguel Pardo

La justicia ha vuelto a condenar a la Xunta por irregularidades en los procesos de selección a plazas de su cuerpo administrativo. En una sentencia dura, clara y con fuertes reproches, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) obliga a la Consellería de Facenda a nombrar funcionaria del grupo A1 a una opositora que había sido suspendida, ya que considera probada la existencia de una “conjura del tribunal calificador con burla de las bases de la convocatoria”, así como “patente” el “panorama indiciario de intriga evidenciado por la demandante”.

El modus operandi para el amaño de estas oposiciones fue tan burdo como evidente. Tal y como también se detalla en la sentencia -hecha pública por el sindicato CSIF-, la oposición constaba de varios ejercicios cuyas calificaciones sumadas y ponderadas establecerían el resultado final de la prueba. No obstante, ya en el segundo, el tribunal “declaró tantos aprobados como plazas convocadas”.

“El tribunal calificador, bien por inercia, economía procedimental, ignorancia o error... hurtó la posibilidad a los restantes aspirantes de aprobar el segundo ejercicio” aclara el dictamen del TSXG, que asegura que “la sospecha vertida por la demandante de existencia de una conjura [...] con burla de las bases de la convocatoria se eleva [...] a convicción probada por el principio de facilidad probatoria en manos de la Administración y por el patente panorama indiciario de intriga evidenciado por la demandante”.

Para llevar a cabo esta “maquinación” de la que habla el alto tribunal, se cometieron varias irregularidades a la hora de evaluar los ejercicios, al vulnerarse criterios de calificación de la convocatoria, dejar de corregir exámenes, no establecer soluciones homegéneas y objetivas o usar criterios genéricos susceptibles de aplicación arbitraria. “La valoración asignada a la segunda prueba es fruto más del voluntarismo que de la razón científica” dice el TSXG, que asegura que “resulta elocuente indicio de que [los ejercicios] no fueron objeto de detenida valoración”.

En definitiva, que aprobaron los que en el tribunal cualificador habían previsto aprobar, tal y como asegura una fuente conocedora del proceso, que va más allá: “Pasaron apellidos muy conocidos y relacionados con cierto partido y se quedaron fuera otros”. Durante el proceso judicial, le fue aceptada a la demandante una prueba pericial que acabó por ratificar los numerosos defectos en la corrección de los ejercicios.

La sentencia es ya firme al no ser recurrida por la Xunta, a pesar de que tenía posibilidad de hacerlo. “Fue tan contundente y claro el dictamen que ni se atrevió a hacerlo”, dicen estas mismas fuentes. Ahora, la demandante figurará cómo aprobada en el segundo ejercicio de la oposición y aprobada en el proceso selectivo, por lo que cuenta ya con todos los derechos administrativos y económicos inherentes. Obtendrá su plaza de funcionaria del grupo A1 en la Xunta, tal y como le ha confirmado ya Función Pública, sin que eso afecte a las condiciones del resto de compañeros de promoción aprobados y cuyos nombramientos permanecerán intactos.

Desde la Consellería de Facenda recuerda que “en un primer momento el TSXG dio la razón a la Xunta” para, “con posterioridad, variar su criterio y dar la razón a la recurrente”. “La sentencia encuentra insuficiente la motivación de las puntuaciones obtenidas por la recurrente y decide aprobarla otorgándole la puntuación más baja de los aspirantes que obtuvieron la plaza”, aclara el departamento del Ejecutivo, que advierte que el dictamen “no tiene efectos sobre el resto de procesos selectivos que se desarrollan con total normalidad” en la Administración gallega.

Esta resolución, que considera “sangrante” la situación de la opositora, se suma a otras tres anteriores de diferentes tribunales que reconocían la arbitrariedad en la actuación de los órganos de selección, así como la indefensión de los opositores. En una de esas sentencias, el Supremo condenaba la Xunta por evaluar exámenes de oposición sin “criterios objetivos”.

Desde el CSIF lamentan esta “esperpéntica situacion de desconfianza que ya está implantada entre los aspirantes a un puesto de trabajo en la Administración Pública” e insiste en la necesidad de creación de la figura del Observador de la Legalidad en los procesos selectivos, mediante el cual los sindicatos, sin formar parte de los tribunales de selección, participarían “velando por la limpieza de estos y su transparencia”. Además, y ante los argumentos del Ejecutivo de que no hay tantas denuncias sobre irregularidades, desde el sindicato responden con claridad: “Si no hay más es porque ahora es muy caro ir a un contencioso, un proceso que suele salir por más de 2.000 euros en gastos cuando antes era gratuito”.

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