El Tribunal Superior de Galicia frena la autorización de la Xunta para volver a cazar lobos

Beatriz Muñoz

Santiago de Compostela —

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha frenado la autorización de la Xunta para volver a abatir lobos en territorio de la comunidad. Lo hace en un auto en el que suspende de forma cautelar la resolución del Gobierno gallego del pasado mes de abril que permitía matar a ejemplares de esta especie si había ataques a explotaciones ganaderas. Los magistrados consideran que esta medida puede afectar negativamente a la viabilidad de las poblaciones de este animal, mientras que los daños a la ganadería se pueden indemnizar, aunque no sean reversibles.

La Xunta, que batalló de manera constante contra la decisión de incluir al lobo en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial (Lespre) que impedía abatirlo al norte del Duero, se apresuró a autorizar de nuevo la caza cuando, a través de una enmienda a una ley sobre desperdicio alimentario, el Congreso aprobó que se pudiesen matar de nuevo ejemplares. Los votos a favor fueron de PP, Vox, Junts y PNV. La votación fue el 20 de marzo, la nueva ley se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 2 de abril y la modificación de la Xunta apareció al día siguiente en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

El Gobierno gallego insistió desde septiembre de 2021 -cuando el lobo se incluyó en el Lespre- en que estaban aumentando los ataques al ganado. Lo que aumentaron fueron las denuncias de ataques, que, según denuncian los expertos, no llevan aparejados análisis de ADN para descartar que sean obra de perros y pueden estar mezclando acciones de ataque con carroñeo de ejemplares muertos por otros motivos. No solo eso, varios biólogos apuntan a un posible fraude en la notificación. La Xunta, por su parte, siguió insistiendo en los crecientes daños pese a que su propio censo asegura que el número de lobos está estable en la comunidad.

Ahora, el TSXG atiende al recurso contencioso-administrativo presentado por WWF Adena contra la resolución de la Xunta que afecta a la temporada de caza 2024/2025 y que reintroduce, con la modificación de abril, la posibilidad de cazar lobos. Los jueces aplican el principio de precaución ambiental para aplicar la medida cautelar. Indica que en la ponderación de los daños en la ganadería y de la protección de la viabilidad de las poblaciones de lobo es necesario tener en cuenta que sobre los daños a las reses “no se ofrece información ni cualitativa ni cuantitativa”.

El TSXG expone que la medida cautelar afecta solo al régimen de gestión del lobo para la presente temporada de caza, no al de otras especies, que no forma parte del litigio. Esta decisión, recuerdan, “no puede anticipar el sentido de la resolución final del litigio en lo que atiende al fondo del debate”. Cita la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, según la cual “el principio de precaución se impone tanto en el área concernida por la resolución como en la evaluación extensa, que integra a áreas limítrofes, pero teniendo que ser favorable el estado de las poblaciones en ambos escenarios y no solo en uno de ellos”.

Los jueces añaden que la limitada prueba que se ha practicado hasta ahora aporta “indicios consistentes” de que el estado de las poblaciones tiene “una calificación desfavorable”.