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La Justicia anula el veredicto contra el anciano de 83 años que mató al ladrón que asaltó su casa en Mallorca

Pau Rigo y su esposa a la salida de los Juzgados de Manacor.

Esther Ballesteros

Mallorca —

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La magistrada que presidió el juicio contra un jubilado de 83 años acusado de matar con su escopeta a uno de los ladrones que asaltó su domicilio en Porreres (Mallorca) en febrero de 2018 ha anulado el veredicto de culpabilidad emitido recientemente por el jurado popular que juzgó al anciano. El juicio contra el hombre y los supuestos atracadores deberá celebrarse de nuevo, tal como han avanzado fuentes jurídicas a elDiario.es.

El ajustado veredicto -cinco votos a favor y cuatro en contra- sembró de inmediato las dudas acerca de su legitimidad, dado que la Ley del Tribunal del Jurado (LOTJ) establece, en su artículo 60, la necesidad de contar con al menos siete votos a favor para poder declarar culpable a un acusado. No en vano, apenas unos días después de que el jurado emitiera su dictamen, la Fiscalía y el abogado del procesado reclamaron la nulidad del objeto del veredicto por errores en el planteamiento de las preguntas efectuadas a los jurados. Dado que el jurado popular que enjuició el caso ya ha sido disuelto y no puede, por tanto, subsanar las deficiencias producidas, la vista oral tendrá que repetirse.

Se da la circunstancia de que la actual defensa del anciano, ejercida por el letrado Jaime Campaner, cogió las riendas del asunto hace apenas una semana, con un veredicto de culpabilidad en las manos cuyas deficiencias le llevaron a solicitar de inmediato su revocación, petición que este miércoles ha acogido la magistrada. Además de la amplia repercusión generada, el resultado del juicio, celebrado en la Audiencia Provincial de Balears, ha reabierto el debate acerca de la legítima defensa y si en este caso se produjo o no una reacción proporcionada por parte del jubilado.

Los hechos se remontan a la mañana del 24 de febrero de 2018, cuando los hermanos Fredy y Mauricio E. –el ladrón fallecido–, animados por Pep S. y Marcos R., también acusados, asaltaron la casa del anciano, a las afueras de Porreres, para robar el dinero de la vivienda. En su declaración en el juicio, el dueño de la vivienda alegó que actuó en defensa propia y la de su mujer ante el miedo y el temor que sintió por estar viviendo un segundo robo en menos de tres meses. El primero había sido llevado a cabo por individuos con la cara tapada que se llevaron 30.000 euros. Dos de ellos eran los mismos que los del asalto posterior.

En su auto, la magistrada precisa que la norma esencial infringida en este caso es el artículo 60 de la LOTJ, que regula las mayorías en la votación y, en definitiva, “recoge las normas del ius puniendi del Estado que permiten imponer las correspondientes penas”. En este sentido, indica que el objeto del veredicto contiene “un error insalvable” al haber incluido una proposición de culpabilidad interpretada como favorable en contra de la norma establecida, lo que provocó una votación de cinco votos a cuatro “que fue dada por buena” por la propia magistrada que ha anulado el dictamen. Añade, en esta línea, que este “defecto” en la confección del veredicto supone, por sí sólo, “una lesión insuperable”. Se trata de un error que, admite, no fue detectado durante el trámite de la votación como tampoco durante la lectura del veredicto.

“El mencionado error ha producido un resultado que infringe la legalidad ordinaria en tanto que debió devolverse y corregirse”, abunda la jueza, quien se opone a dictar una sentencia absolutoria -la defensa reclamaba la absolución y, de forma subsidiaria, la nulidad- dado que produciría, de igual modo, una “vulneración” de la misma normativa al no haberse alcanzado la mayoría establecida. “En definitiva, no puedo dictar sentencia absolutoria porque desconozco lo que hubieran votado los jurados de haberles devuelto el objeto del veredicto por no haber alcanzado la mayoría necesaria”, señala, lamentando el “desgaste” que esta situación ha provocado para las partes personadas y “el esfuerzo que el juicio ha supuesto para las acusaciones y defensas y miembros del jurado”.

En concreto, el defecto radica en dos de las preguntas que se les formuló a los miembros del jurado a la hora de emitir su veredicto: de forma unánime, el jurado dio por no probado un hecho desfavorable al acusado, es decir, que matara al ladrón con la intención de hacerlo. En el caso de que esta hipótesis sí hubiera sido aceptada por el tribunal, indefectiblemente habrían sido necesarios los siete votos a favor. La siguiente cuestión, interpretada como favorable al procesado, aludía a si éste tenía mermadas sus facultades a la hora de disparar, lo que el jurado votó con cinco votos a favor.

Versiones contrapuestas sobre el momento del disparo

Sobre los hechos que llevaron al jubilado y a los presuntos asaltantes al banquillo, las versiones de las partes difieren en cuanto a la supuesta agresividad y la violencia empleadas para exigir el botín. La defensa del anciano asegura que le pusieron en el cuello un cuchillo de grandes dimensiones, extremo que niegan los abogados de los acusados, y que la violencia fue in crescendo mientras le pedían más y más dinero. La Fiscalía, por su parte, sostiene que lo agarraron por la espalda y le taparon la boca para que no gritara, mientras que, dentro de la casa, habrían empujado a su mujer, haciéndola caer.

Después de que los dos hermanos acusados bajaran al sótano, se apoderasen de un total de 15.000 euros repartidos en mochilas y volvieran a subir, el anciano cogió una escopeta de caza y disparó en el abdomen a Mauricio. En este punto, las versiones vuelven a chocar. El anciano asegura que les conminó a que se marcharan y que ellos, en lugar de hacerlo, se abalanzaron sobre él, momento en el que disparó. En cambio, la Fiscalía y los otros acusados dicen que esperó el regreso de los ladrones en el salón y, cuando pretendían salir con el dinero, disparó. Tras ello, Fredy E. se abalanzó sobre el autor del disparo y le golpeó con una pata de cabra para luego cargar con su hermano a la espalda y huir con el dinero.

La defensa del anciano: “Él temía por su vida”

Durante la vista oral, el entonces abogado del anciano sostuvo en todo momento la tesis de la legítima defensa. “Él temía por su vida”, aseveró el letrado ante el jurado, preguntándose también “cómo puede repeler un señor de 78 años el ataque de dos jóvenes encapuchados con patas de cabra”. “Con 78 años, ¿tenía que correr campo a través? ¿Llamar a la Guardia Civil, si habían arrancado los teléfonos?”, se demandaba.

El acusado, por su parte, insistió en que “no quería disparar” pero los supuestos ladrones, lejos de amedrentarse al ver la escopeta, se le echaron encima. Asimismo, aseguró haber “sufrido mucho” desde entonces y manifestó que su vida “cambió cuando esa gente entró” en su casa. “Nunca en la vida pensé que tendría que hacer lo que hice”, declaró. El fiscal, sin embargo, mostró su rechazo a la reacción del jubilado al sostener que había otras alternativas para defenderse. “No vivimos en América”, llegó a proclamar, subrayando que en España “no existe el derecho a matar” aunque “hay circunstancias que se deben tener en cuenta”.

La Fiscalía reclamaba inicialmente cuatro años de prisión para el anciano, pero en la séptima sesión del juicio modificó su escrito y apuntó a la concurrencia de una circunstancia eximente incompleta de legítima defensa y otra atenuante analógica de temor vencible. Por su parte, la acusación particular, ejercida por la familia del fallecido, modificó también sus conclusiones provisionales y rebajó la pena solicitada al anciano a diez años de prisión, en lugar de los 15 reclamados inicialmente. El jurado también declaró culpables, en el veredicto declarado nulo, a los tres acusados del asalto a la vivienda.

El veredicto de culpabilidad generó numerosas reacciones principalmente contrarias a la condena del jubilado. “Las leyes se han quedado pequeñas para tanto delincuente de verdad. Declarado culpable por defender su casa de intrusos supuestamente ladrones pero que también podrían ser asesinos”, puede leerse en Twitter. En esta red, otro usuario señalaba: “Ya no podemos endilgarles toda la culpa a los jueces, ahora también los pares, los vecinos, gente como el procesado, piensa que uno no debe defenderse en su propia casa. La pendiente de caída es cada vez más pronunciada”.

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