La Justicia da la razón al Ayuntamiento de Madrid y permitirá la privatización del parque Tierno Galván para espectáculos
Los eventos privados en el Tierno Galván han llegado para quedarse. La Justicia ha dado la razón al Ayuntamiento de Madrid ante el recurso presentado por la asociación vecinal Delicias para Tod@s por el uso del auditorio del parque, ubicado en el distrito de Arganzuela, para la celebración de eventos dado que “no concurren motivos de nulidad radical” de la normativa a aplicar.
En una sentencia del tribunal de instancia 29 de Madrid, fechada el pasado 20 de mayo, la magistrada desestima el recurso vecinal presentado contra el decreto de la concejala-presidenta del distrito, Dolores Navarro, en julio de 2024 e impone costas a la asociación al entender que el procedimiento seguido por el Ayuntamiento se ajusta a derecho. El fallo es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
La asociación vecinal argumentaba que el decreto presentaba “graves contradicciones y una fundamentación deficiente que desvirtúa la naturaleza del parque como zona verde de uso público”. Sin embargo, según apunta el fallo judicial, el texto, firmado por la concejala, “pretende hacer compatible el uso del auditorio por parte de la vecindad con eventos promovidos por entes públicos o particulares”.
Igualmente, la asociación sostenía que el decreto “introduce de manera improcedente el término 'interés general', cuando el artículo 207 de la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano (OGPMAU) se refiere exclusivamente a la autorización de actos públicos por motivos de interés”. Señalaban que la normativa “no contempla ni permite la autorización de eventos privados con acceso restringido en este tipo de espacios” y que “al equiparar de forma artificiosa los actos promovidos por entes públicos y los promovidos por particulares, el decreto vulnera frontalmente la ordenanza, que establece que las zonas verdes no pueden ser objeto de privatización ni destinadas a fines particulares en detrimento de su destino público”.
La asociación sumaba a sus argumentos que no se respetó el trámite de información pública y que se vulneraron las normas urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid, “que establecen que las zonas verdes están destinadas al bienestar ciudadano garantizando el recreo y esparcimiento de la población”. Desde el Ayuntamiento contestaron que “no es en absoluto inviable desde el punto de vista jurídico tratar de compatibilizar diferentes tipos de usos sobre un mismo espacio público, estableciendo como predominante el público, pero permitiendo al mismo tiempo la existencia de otro tipo”.
También reflejaron la competencia de la concejala para otorgar autorizaciones y concesiones demaniales y que en ningún momento se vulneraron las normas urbanísticas porque “no se está produciendo ninguna alteración conceptual del parque en la medida en que el decreto regula las condiciones de uso de un espacio concreto ubicado dentro de él, el denominado auditorio anfiteatro, aunque también puede resultar de aplicación al resto”.
Tampoco eluden sobre la vulneración de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica que esta norma permite conceder autorización para superar los límites de emisión sonora establecidos por el propio texto. En cuanto a la ausencia del trámite de consulta pública, el Ayuntamiento aclaraba que era un decreto, un acto administrativo, no una norma.
Finalmente, la magistrada expone que, “examinadas las actuaciones, las alegaciones formuladas en la demanda, así como las vertidas en la contestación, el recurso no puede tener favorable acogida y debe ser desestimado toda vez que debe ser compartido el criterio mantenido por la Administración en la resolución impugnada, así como en su contestación minuciosa a la demanda”.
Sobre la ausencia en el decreto de la preeminencia del uso público del parque frente al privado, el fallo indica que “señala acertadamente la defensa de la Administración que la ponderación de los diferentes intereses implicados es una potestad discrecional que ostenta la concejala a la hora de conceder o denegar autorizaciones o concesiones demaniales sobre terrenos públicos, no equivaliendo el uso predominante ni es sinónimo de uso exclusivo.
Carabante, a favor de los eventos
El delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, ha considerado en rueda de prensa que es “una buena noticia que los tribunales respalden las actuaciones que lleva a cabo el Ayuntamiento de Madrid” dado que “es posible utilizar el espacio público, hacer eventos, conciertos en la vía pública, en los parques, en las instalaciones de la ciudad de Madrid, y además hacerlo con plena garantía del derecho al descanso que tienen los madrileños”.
“Lo que pone de manifiesto esa sentencia que da razón al Ayuntamiento de Madrid es que la normativa que aplicamos permite la conciliación entre la necesidad de hacer eventos para uso y disfrute de todos los madrileños y nuestros visitantes con el derecho al descanso que tienen los vecinos en el entorno del Tierno Galván”, ha expresado el delegado. En la misma línea, Carabante ha aplaudido que Madrid siga convirtiéndose en el “epicentro de los grandes acontecimientos, los grandes eventos, no solo musicales sino culturales, en este caso también desde el punto de vista familiar, desde el punto de vista de accesibilidad por parte de los vecinos”.
Nuevas concentraciones en defensa del parque
Este fin de semana arrancan los festivales en el parque. El primero de la temporada será el Maudes Festival, que se instalará en el Tierno Galván los días 23, 30 y 31 de mayo. Después, llegará la Carbonería del Galván, que se celebrará del 24 de junio al 8 de julio.
Coincidiendo con la sentencia y la celebración del festival, los vecinos han organizado una concentración para protestar por la privatización del recinto. La asociación Delicias para Tod@s denuncia en un comunicado que “las zonas verdes del distrito son un patrimonio propio irrenunciable, que debe mantenerse y cuidarse por parte de nuestro gobierno municipal, y del que siempre se debe preservar su carácter público y abierto al uso y disfrute de la ciudadanía, como la normativa urbanística establece”.
Consideran que “la cesión de gran parte de uno de nuestros mayores parques a una empresa privada para que lo explote en beneficio propio” constituye una privatización de sus derechos y “una agresión injustificable” a la naturaleza urbana que incumple el artículo 206 de la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente.
Del mismo modo, señalan que “las actuaciones musicales continuadas suponen una agresión inaceptable el derecho a la privacidad, a la salud y al descanso de los vecinos” reconocido en el artículo 18 de la Ordenanza de Protección de la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT). También hacen referencia a que el Ayuntamiento de Madrid “autoriza superar el límite establecido en el artículo 15 de la OPCAT para las zonas residenciales, permite que se llegue a los 70 dB a metro y medio de las fachadas”.
Para denunciar lo que consideran “agresiones”, las asociaciones vecinales Nuevo Legazpi, Delicias para Tod@s, Unión Vecinal El Barrio no se Tala, Nudo Sur y Pasillo Verde Imperial, junto con Ecologistas en Acción y la Mesa Ciudadana del Árbol, han convocado una concentración este sábado 23 de mayo a las 19.00 horas en el paseo que une la chimenea con el anfiteatro en el Parque Tierno Galván bajo el lema “¡Basta ya del festival! No al Maudes 2026”.
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