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Pactos, sí, pero… ¿qué pactos? Empecemos con las cárceles

Sindicatos denuncian a Instituciones Penitenciarias por falta de protección

Antonio Urbina

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Hace ya varias semanas que se insiste en la necesidad de unos nuevos “Pactos de la Moncloa” para abordar la grave situación social y económica en la que nos encontramos debido a la crisis del coronavirus. Sin embargo, el tipo de pacto que se requiere ahora tiene un carácter muy diferente al de los “Pactos de la Moncloa”. Tras el sondeo inicial, ya se ha rebajado su posible alcance y se ha trasladado su negociación a una comisión parlamentaria en el Congreso de los Diputados. Es una decisión acertada. No se trata ahora de realizar un cambio de Gobierno y menos aún un cambio de régimen aprovechando la situación de la crisis del coronavirus.

Los “Pactos de la Moncloa” se negociaron en este país al final de una dictadura que había empezado con una guerra civil interminable. La dictadura franquista duró cuarenta años y aplicó un confinamiento político durante el que los derechos de reunión y de manifestación estuvieron prohibidos, y solamente se podía ejercer la libertad de expresión en el ámbito de la casa de cada cual. No había prensa libre, no había redes sociales (obviamente), y muchos teléfonos estaban “pinchados”. La dictadura no acabó con la muerte del dictador, foco principal de aquella epidemia, pues el virus del franquismo estaba bastante instalado en la sociedad y no se había desarrollado todavía la “inmunidad de grupo”. Lamentablemente, siempre puede haber rebrotes de ese tipo de enfermedad y no estaremos nunca totalmente inmunizados contra el fascismo en cualquiera de sus formas mutantes. Esas eran las condiciones en 1977 cuando se firmaron los “Pactos de la Moncloa”, se había iniciado la “desescalada” de la dictadura pero todas sus estructuras seguían en pie, incluidos ejército, fuerzas de seguridad y aparato judicial, a lo que se añadió una crisis económica internacional muy grave. Con los “Pactos de la Moncloa” se inició un camino constituyente cuyo resultado final fue la Constitución del 78. No sólo se cambió de gobierno, también se cambió de régimen. Nada que ver con lo esperable de una comisión parlamentaria que habrá de conducirnos a unos “nuevos pactos”, tengan el nombre que tengan.

Estos “nuevos pactos” serán mucho más modestos y de alcance más limitado que aquellos “Pactos de la Moncloa”, aunque tampoco van a ser fáciles de conseguir puesto que deben abordar simultáneamente la emergencia sanitaria y la reactivación económica. Además, existe la tentación de que la oposición, lejos de querer llegar a ningún acuerdo, utilice esa comisión parlamentaria para profundizar en su labor de desgaste al gobierno con el objetivo de cambiarlo cuanto antes.

Hay una cuestión que es un buen termómetro para saber hasta dónde los partidos políticos y los agentes sociales estarán dispuestos a pactar algo. Es de ejecución rápida y de coste cero. Es por tanto perfecta para medir la posibilidad de alcanzar pactos futuros de más calado que contengan reformas estructurales para consolidar y ampliar nuestro estado de bienestar. Se trata de la cuestión de las cárceles. Una frase que se atribuye a Fiódor Dostoyevski dice así: “El grado de civilización de una sociedad se mide por el trato a sus presos”. Según datos del Consejo de Europa, ahora hay en España 58,983 presos (un 92% hombres), de los cuales 9,264 (el 16%) son personas en prisión preventiva a la espera de juicio. Estos números se mantienen estables en los últimos años y en porcentaje de población son 125 por cada 100,000 habitantes (más alta que los países de nuestro entorno: Alemania tiene 76, Italia 99 y Francia 104). Además, el cumplimiento medio de penas es más largo, en gran medida debido al endurecimiento del código penal en su última reforma. Hay 1,466 reclusos con 65 años o más. Las cárceles son consideradas zonas de alto riesgo de contagio de coronavirus e Instituciones Penitenciarias ha ido restringiendo visitas y actividades en las cárceles. ¿Cuál es la situación actual en las cárceles durante la crisis del coronavirus? ¿Cuántos casos se han detectado en las cárceles? ¿Cómo se ha resuelto el problema del hacinamiento en patios o comedores? ¿Se han trasladado presos enfermos a los hospitales? No hay datos públicos. Las visitas familiares se han suspendido completamente desde la declaración del periodo de alarma. Se han reducido significativamente las visitas a través de locutorio con cristal. Desde numerosas organizaciones de derechos humanos se ha solicitado información al respecto y se han tramitado iniciativas en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados. No hay respuestas hasta la fecha, y eso que casi todos los días hay representantes del Ministerio del Interior en las ruedas de prensa del Gobierno. Igualmente, respecto a los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIEs), que son auténticas cárceles donde se ha encerrado a personas simplemente por cometer una falta administrativa, ha sido solamente la presión de las organizaciones sociales lo que ha permitido que se hayan ido vaciado poco a poco durante esta crisis del coronavirus. Los CIEs deben cerrarse ya de forma definitiva para no ser abiertos nunca más.

En las cárceles, hay medidas que reducirían el riesgo de contagio de la población reclusa durante el confinamiento, durante el periodo de “desescalada”, o durante un eventual empeoramiento del brote en otoño. Todas son de coste cero y aplicables de inmediato. Estas medidas son: reducir la aplicación de la prisión preventiva al mínimo imprescindible ya que al ser una medida cautelar debería aplicarse solamente a casos extremos y revisar la condición de los actuales presos preventivos (esta es una decisión de jueces y tribunales, pero las fiscalías no deberían oponerse a su concesión), facilitar un acceso más flexible al tercer grado y aplicarlo sin tener que regresar a la cárcel a pernoctar, aplicación del tercer grado a los presos mayores de 70 años, excarcelación de los enfermos graves o con enfermedades crónicas para continuar su reclusión en hospitales o arresto domiciliario, excarcelación de presas embarazadas y cumplimiento de su condena en arresto domiciliario. Todas estas medidas son herramientas jurídicas y administrativas que ya existen, pero sin embargo se aplican muy restrictivamente y una aplicación más flexible depende de los jueces de vigilancia penitenciaria que valoran cada caso. En el contexto del coronavirus, el poder judicial debería aceptar una actuación encaminada a facilitar estas medidas y la fiscalía no oponerse durante su tramitación.

Hay una última medida que no requiere la intervención de juez alguno, sino una decisión ejecutiva de la administración penitenciaria: el cese inmediato de la dispersión de 236 presos y presas vascas, el 80% a más de 400 km de sus hogares, debido a la política de dispersión aplicada por los gobiernos del PSOE y el PP desde hace más de veinte años. Esta dispersión supone un castigo injusto añadido a las familias y amigos de estos presos, que recorren de media 1,300 km por visita cada fin de semana, un total de 65,000 km al año por preso visitado, incluyendo los riesgos de la carretera, que ya han provocado 16 muertes de familiares y amigos. Ahora estas visitas están suspendidas debido al estado de alarma, pero cuando empiece el desconfinamiento, y suponiendo que se autoricen de nuevo ¿se podrán realizar los viajes?, ¿se podrá pernoctar en casas de amigos o en hoteles? Es muy dudoso que se puedan realizar las visitas en un periodo de desescalada y mucho menos si hay un nuevo brote en otoño. Toda esta situación, contraviene la Regla 59 de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela), que dice “En la medida de lo posible, los reclusos serán internados en establecimientos penitenciarios cercanos a su hogar o a su lugar de reinserción social”. Por ello, la mejor manera de resolver esta situación y dejar de castigar injustamente a los familiares es acometer de forma urgente el “Cese de la Dispersión”, y aprovechar este momento del coronavirus como la oportunidad para hacerlo ahora.

Este conjunto de acciones en las cárceles, de gran impacto humano, de coste económico cero, y que puede implementarse de un día para otro, será la prueba que permitirá medir si hay alguna posibilidad de alcanzar pactos de ámbito parlamentario para abordar esta enorme crisis social y económica. De hecho, para llevarlas a cabo no hace falta ni siquiera esperar a que se alcance ningún pacto, pues basta que el gobierno tome una decisión y la ejecute (el Cese de la Dispersión no necesita ni siquiera de trámites judiciales; para las otras medidas penales sí, y sería muy deseable que el poder judicial, a través de la flexibilidad en las decisiones de los jueces de vigilancia penitenciaria contribuyeran a su aplicación). Si la oposición apoya estas decisiones una vez que se lleven a la práctica, sería la demostración de que sí hay voluntad política para luego poder avanzar con lo más complicado: alcanzar unos “nuevos pactos” para la verdadera reforma estructural que necesita este país, cuyo enorme coste económico está todavía por evaluar.

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