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Una exalcaldesa del PP de Murcia ocupa un puesto público a pesar de estar inhabilitada por el Supremo

La exalcaldesa de Pliego Isabel Toledo en una imagen de archivo

Elisa Reche

Murcia —

La exalcaldesa de Pliego del PP, Isabel Toledo, ha estado trabajando en un puesto técnico en la Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula desde que dimitiera a finales de julio de 2014, a pesar de que la condena por prevaricación impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJM), y ratificada posteriormente por el Tribunal Supremo, señalaba su inhabilitación para empleo o cargo público con “funciones directivas, políticas o técnicas en cualquier Administración Pública”.

El 25 de julio de 2014 Isabel Toledo dimitió como alcaldesa de Pliego y diputada de la Asamblea Regional tras la condena de TSJM a nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público por prevaricación continuada al no remediar la contaminación acústica originada por un pub del municipio. El Tribunal Supremo confirmó los términos de la sentencia en mayo de 2015, aunque rebajó la pena dos años.

El 1 de agosto de ese mismo año Toledo se incorporó a su antiguo puesto de trabajo como educadora familiar en la Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula, una plaza del grupo A2 que ostenta la categoría de técnico medio, tras haber estado once años en la alcaldía del municipio murciano.

En 2014 los alcaldes de los Ayuntamientos de Albudeite, Bullas, Mula y Pliego, los municipios integrados en la Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula, eran del Partido Popular. En la actualidad gobierna el PSOE en todos ellos, a excepción de Albudeite.

El vecino que denunció a la exalcaldesa, Juan Francisco Vivo Díaz, dijo a eldiario.es con respecto al trabajo de Toledo que “parece que la sentencia del Tribunal Supremo no se está cumpliendo porque la inhabilitaron para un cargo o empleo público con funciones de tipo técnico que es justo lo que está haciendo en la Mancomunidad. Está ayudando a las familias desestructuradas como educadora familiar”. 

“Tuve un problema con el pub de abajo que me estuvo haciendo la vida imposible durante catorce años y a pesar de las denuncias y mediciones de la policía municipal no se hizo nada”, señaló el vecino. “Llegué a presentar un informe médico que señalaba lo mal que estaba mi madre con el alzheimer y cómo el ruido afectaba a su salud y dio igual. Es el caso de más larga duración de contaminación acústica que ha sufrido un vecino en este país”, añadió. 

El predecesor de Toledo en la alcaldía, el socialista Juan Guillén, también fue condenado a nueve años de inhabilitación por no haber atajado las molestias ocasionadas por el local.

Rosario Fernández Puerta, la persona que sustituyó a Toledo esos once años como educadora familiar en la Mancomunidad del Río Mula y que perdió su trabajo en el organismo con la incorporación de la exalcaldesa, se adhirió en 2016 a la demanda de Vivo Díaz para que “la sentencia se cumpliese de verdad” y, de ese modo, recuperar su puesto de trabajo.

Mientras que en el primer auto dictado por el mismo TSJM en mayo de 2016 se señalaba que “y si realmente la función que desempeña la condenada Isabel Toledo Gómez es de funcionaria interina asimilada al Cuerpo de Maestros y destinada en un centro docente de Murcia, no está desempeñando ninguna de las funciones citadas y de las que ha sido inhabilitada”.

“No entiendo por qué dijeron que estaba trabajando en un centro docente en Murcia porque Isabel Toledo ocupó mi puesto cuando me despidieron de la Mancomunidad”, señaló Fernández Puerta.

 

 

En un auto posterior de abril de 2016, en el que obligan a pagar dos terceras partes de las costas a la antigua trabajadora y otra tercera a Vivo Díez, se reconoce que Toledo trabaja en la Mancomunidad y se especifica que “por supuesto que la pena sigue vigente en lo que se refiere a la imposibilidad de obtener el mismo cargo u otros análogos (artículo 42 C.P.), analogía que de ninguna manera se advierte entre el cargo de diputada o alcaldesa y el de una educadora familiar”.

“Esta Sala no va a consentir en modo alguno que, so pretexto de una interpretación estrictísima y obcecada de la Sentencia, se vea condenada de por vida a una especie de muerte civil, o mejor dicho, administrativa, pues no otra cosa se pretende”, continúa el auto.

Joaquín Dólera, abogado de la extrabajadora, señaló a eldiario.es que “hemos sostenido la teoría de que Toledo trabaja en la misma administración en la que se cometieron los delitos por los que se le condenaron”, en referencia a que la Mancomunidad es una agrupación de municipios, entre los que se encuentra Pliego.

Este periódico contactó con Isabel Toledo por teléfono mientras se encontraba en su trabajo de educadora familiar en la Mancomunidad del Río Mula, pero no quiso responder a las preguntas del medio.

 

 

El magistrado ponente de la Sala de lo Civil y Penal en estos autos fue Julián Pérez-Templado, recusado en dos ocasiones al verse cuestionada su imparcialidad para juzgar al expresidente del PP de la Comunidad Pedro Antonio Sánchez. Pérez-Templado fue también uno de los jueces del TSJM que condenaron a Toledo a nueve años de inhabilitación.

En España se suman las condenas por contaminación acústica. Mientras que el Supremo condenó a un año y medio de prisión e inhabilitación al alcalde de Vila-Real por no haber hecho nada ante el ruido de una industria de pavimentos, en Cáceres hubo penas de prisión para trece personas, entre ellos la exalcaldesa, por el ruido de una zona de bares de la ciudad. Por otra parte, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos volvió a condenar en enero de 2018 a España por el ruido nocturno en los bares y terrazas de Valencia.

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