La jueza envía a prisión provisional al hombre que mató a su mujer en la localidad navarra de Arguedas
La titular de la plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tudela ha decretado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza para el hombre que el pasado domingo mató a su esposa, de 44 años en la localidad navarra de Arguedas. Según la magistrada, el hombre la que golpeó en la cabeza y, posteriormente, la estranguló en el domicilio conyugal, donde falleció.
En la resolución judicial, que puede ser recurrida, la magistrada califica inicialmente los hechos como constitutivos de un delito de homicidio. El imputado, que el lunes se entregó en dependencias de la Guardia Civil después de que un familiar de la víctima se encontrara en el domicilio el cuerpo sin vida, se ha acogido este jueves a su derecho a no declarar en su comparecencia ante la jueza.
A continuación, el Ministerio Fiscal ha solicitado el ingreso en prisión del encausado, mientras que la defensa ha interesado la libertad provisional o, en su caso, “la adopción de medidas menos gravosas”.
Fue el pasado lunes cuando, sobre las 18:00 horas, el investigado acudió a la Guardia Civil de Valtierra para poner en conocimiento de los agentes que el día anterior, sobre las 23:00 horas, había discutido con su esposa, a la que había golpeado en la cabeza. Según su versión, la mujer se había desplomado y caído al suelo. Y añadió que, a la mañana siguiente, ella seguía en el suelo, inmóvil. Tras esta declaración, fue detenido.
A las 18:45 horas, según se recoge en la resolución judicial, se llevó a cabo el levantamiento del cadáver. Se apreció que la víctima se encontraba “tumbada en el suelo boca arriba junto con una herida en el lado derecho de la cabeza, junto al lóbulo de su oreja, con sangre”. El informe preliminar forense, indica la jueza, determina que “la muerte ha sido violenta, siendo la causa inmediata de la misma probable anoxia encefálica, como consecuencia de asfixia mecánica cervical”.
“De todos los hechos descritos anteriormente se desprende de forma indiciaria, al menos en este momento incipiente de la instrucción, que el investigado (…), no solo golpeó en la cabeza a la víctima (…), sino que la agarró del cuello hasta asfixiarla”, concluye la jueza.
La medida de prisión, según apostilla, es “absolutamente imprescindible para evitar el riesgo de fuga” debido a las penas previstas por el delito de homicidio —de 10 a 15 años de prisión— o, si se determinara, por el de asesinato —de 15 a 25—, así como por “el hecho innegable de la falta de arraigo del investigado”, que lleva “únicamente dos meses viviendo en Arguedas con su mujer”.
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