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El tribunal que decide sobre 'la manada': tres jueces con experiencia y discrepancias

Protesta del colectivo feminista ante el Palacio de Justicia de Navarra

Miguel M. Ariztegi

Cuando el jueves a las 13 horas el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra lea el fallo -que no la sentencia- sobre el caso de la violación por la que está acusada 'la manada' en los Sanfermines de 2016 se habrá dictado justicia. Es un tribunal especializado en juzgar delitos de violencia de género por encima de los cinco años de petición de pena. Aunque ya no es cometido exclusivo, los tres magistrados que la componen poseen una dilatada experiencia en este tipo de casos. El desarrollo de la vista oral, sin embargo, permitió inferir algunas diferencias de criterio, reflejadas en los votos particulares de uno de los tres magistrados, que consideraba “inconsistentes e insuficientes” los argumentos de sus dos colegas para prorrogar la prisión preventiva.

El presidente, José Francisco Cobo Sáenz, y también Ricardo González González y Raquel Fernandino Nosti, son “tres juristas solventes, con gran capacidad técnica”, en opinión de sus colegas. “En este asunto han sido exquisitos en el tratamiento de las partes”, ratifican desde el Colegio de Abogados de Pamplona, que añaden que son “muy garantistas, y tienen sabiduría jurídica”.

Esa defensa de los derechos fundamentales les ha granjeado críticas también. Como cuando decidieron celebrar a puerta cerrada el juicio para salvaguardar la intimidad de la denunciante, de los acusados, de los testigos, de los peritos… “para que la prueba se practicara con absoluta libertad. Después, permitieron la audiencia pública en la parte en que se presentaban los informes, que son el resumen de todo. Fue un acierto”, apuntan fuentes cercanas al caso.

Cobo fue magistrado en el primer caso registrado como violencia de género en Navarra, el crimen de Alicia Arístregui. Es experto en derecho internacional y europeo y colaboró en la euroorden enviada a Portugal que permitió la entrega de 'El Solitario'. A pesar de su carrera profesional, no tuvo éxito en 2008 cuando fue propuesto por el Partido Socialista Navarro para ser magistrado del Constitucional, ni en 2010, cuando se presentó para presidir la Audiencia de Navarra.

Ricardo González es el discrepante, el magistrado que ha emitido votos particulares pidiendo dejar en libertad con medidas restrictivas a los acusados el pasado mes de diciembre por considerar que la prisión provisional “adolece de falta de motivación”: “Las razones por las que se desestima la puesta en libertad siguen siendo inconsistentes e insuficientes”, opinó el magistrado. Los acusados se encuentran en prisión desde el 8 de julio de 2016, al día siguiente de producirse los hechos juzgados.

Criticado por realizar siempre la pregunta ¿Mostró usted oposición o negativa? a las denunciantes de violación, González también preguntó a la denunciante: “¿Qué manifestación hizo usted, de cara a ellos, para que supiesen que usted estaba en situación de shock y que estaban teniendo esa situación de relaciones sexuales sin consentimiento por su parte?”. Estas preguntas en medio de una decisión que debe tomar el tribunal sobre si considera probado que las relaciones sexuales no fueron consentidas o si por el contrario que sí lo fueron.

La denunciante declaró durante la vista oral que no, que sintió miedo y que se sometió: “No sabía cómo reaccionar y no reaccioné; reaccioné sometiéndome”, contestó.

La fiscal, Elena Sarasate, ingresó en la carrera Fiscal en 1989 y es juez en excedencia. Trabaja desde 1991 en la Fiscalía de Navarra y entre 2004 y 2014 se especializó en menores. Calificó la declaración de la presunta víctima de “absolutamente coherente”. “La intimidación fue gravísima e impidió resistencia o huida, no le quedó más remedio que someterse. La denunciante no consintió”, defendió en su informe final ante la Sala, en el que dio total credibilidad a la víctima. Se cumplen, dijo, todos los parámetros para que la declaración de esta mujer de ahora 20 años sirva como prueba de cargo.

Para el magistrado González quedó claro, sin embargo, que “no sintió daño, que no hubo fuerza física y que tampoco hubo amenazas, sino que fue la situación de shock”. En 2012, el magistrado Ricardo González condenó a 9 años de cárcel a un violador tras responder la víctima que sí se resistió al agresor.

La posibilidad de un voto particular

Esta argumentación jurídica podría llevar a un voto particular del magistrado, porque considere que o bien no hubo agresión sexual (violación con uso de violencia y/o coacciones) o abuso sexual (sin violencia y/o coacciones). “Incluso podríamos estar ante un error de tipo”, apuntan fuentes jurídicas.

El error de tipo se da cuando se desconoce que uno de los elementos del delito lo convierte en delito, en este caso sería el error sobre el consentimiento, que sería un error de tipo, recogido por el artículo 14 del Código Penal, explica la abogada María Herrera, vocal de la junta directiva del Colegio de Abogados de Pamplona.

“José Francisco Cobos y los magistrados tienen que decidir entre condena por agresión sexual o libre absolución, ya que las partes no han pedido ni abuso sexual ni el error de tipo, si bien el tribunal podría calificar de abuso sexual el delito de oficio”, apuntan fuentes jurídicas.

La tercera magistrada, Raquel Fernandino, trabaja en la Audiencia de Navarra desde 2015. Procedía de un juzgado de instrucción de Madrid, donde archivó un caso por fraude fiscal contra el líder de Podemos, Juan Carlos Monedero. Ha desarrollado su carrera en Pamplona, Santa Cruz de Tenerife, Tudela y Haro.

“El hecho de que sigan en prisión es indicio de que puede haber una condena. ¿Pero va a ser agresión o abuso? Si no es agresión se reduciría sustancialmente la pena. En el entorno de los 5 años, no llegaría a 8. Y con lo que llevan en prisión provisional habrían cumplido un tercio de la pena, por lo que tendrían derecho a los permisos. Y luego de acceder al tercer grado, incluso”, indican desde el Colegio de Abogados de Pamplona, donde reconocen que la defensa “también analizó minuciosamente la prueba”.

Sea como fuere, la decisión de la Sección Segunda “se va a recurrir, primero al TSJN y luego al Supremo”, indican las mismas fuentes, que si bien reconocen que es un asunto “con mucha miga”, destacan que también “hay casos similares sin tanta resonancia mediática”.

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