Oficinas de los expresidentes: privilegios públicos, beneficios privados
La cuestión no es tanto si la imputación del expresidente Rodríguez Zapatero está o no justificada, que ya lo decidirán los tribunales. La pregunta que nos hacemos desde mucho antes del escándalo es cómo es posible que los expresidentes, que teniendo asignada una retribución del Estado nada despreciable y una estructura de apoyo sostenida con fondos públicos, se consagren a actividades privadas, de escasa o nula vinculación con el interés general, que les reportan sustanciosas ganancias adicionales.
Tampoco se trata de cuestionar que una empresa en situación económica crítica por causas objetivas como fue la pandemia del covid-19 reciba ayudas del Estado. En realidad, lo que necesita una respuesta urgente es cómo es posible que estas ayudas no vengan seguidas de una monitorización de las empresas beneficiarias para asegurar que los recursos públicos recibidos se aplican a los fines para lo que se concedieron y que no se desvía ni euro.
El funcionamiento de las oficinas de los expresidentes del Gobierno en España, a las que habría que añadir las de los expresidentes autonómicos (ahí tienen a un personaje tenebroso como Mazón disfrutando de estos privilegios), constituye uno de esos mecanismos institucionales que revelan con meridiana claridad la cultura política del país. No se trata únicamente de una cuestión presupuestaria ni de discutir si un expresidente debe disponer de escolta, despacho o personal de apoyo. El problema de fondo es qué idea del poder subyace en estas prerrogativas, cómo se relacionan las oficinas con la sociedad y cuál el marco de integridad que debe regir el uso de recursos y privilegios pagados con fondos públicos.
En España, la regulación de estas oficinas procede esencialmente de un real decreto aprobado durante el gobierno de Felipe González. La norma es sorprendentemente escueta y ambigua. Cada expresidente dispone de personal eventual designado libremente, un puesto de nivel 30, el máximo que existe en la administración, y otro puesto de nivel 18, más los gastos de funcionamiento de la oficina, vehículo oficial, escoltas y otros medios sufragados por el Estado.
Todo ello se justifica formalmente en la necesidad de preservar la dignidad del expresidente, facilitar actividades institucionales, representación del Estado o atención a compromisos derivados de la antigua responsabilidad ejercida. Sin embargo, la norma nunca precisó qué debe entenderse exactamente por “actividad institucional”, ni estableció criterios verificables para distinguir entre interés público y actividad privada. Tampoco estableció una fiscalización detallada del gasto y mucho menos una obligación de rendir cuentas mediante memorias anuales que deberían presentarse ante el Parlamento que es quien aprueba la dotación económica que las sustenta a través de los presupuestos generales del Estado.
La gravedad aumenta cuando esa opacidad coincide además con actividades privadas de enorme influencia política o económica. Un expresidente no es un ciudadano cualquiera. Conserva relaciones diplomáticas, acceso privilegiado a líderes internacionales, información sensible acumulada durante años y una capacidad de influencia derivada directamente del cargo previamente ejercido. Precisamente por ello, la fijación de las incompatibilidades y la exigencia de transparencia para las actividades de los expresidentes y sus oficinas debería ser extraordinariamente rigurosa.
Ahí comienza el verdadero problema. Porque una democracia que pretenda alcanzar estándares de buen gobierno no puede sostener zonas opacas de gasto público y menos en órganos desde los que se puede ejercer influencias muy poderosas. La exigencia debería ir en sentido contrario porque la integridad pública se construye desde arriba y cuanto mayor ha sido la responsabilidad ejercida y mayor el poder de influencia latente, mayor debería ser la obligación de transparencia, ejemplaridad, rendición de cuentas y alineamiento con el interés general.
Pero esto desgraciadamente no forma parte de la tradición política que España ha arrastrado durante los cuarenta años de alternancia política del PSOE y el PP. El fenómeno, por lo tanto, no afecta solo a un partido, sino que ha estado normalizado de forma transversal compartiendo una misma visión. Por eso venimos oyendo con insistencia: por qué a Rodríguez Zapatero, si los demás expresidentes también reciben emolumentos de empresas privadas por regla general vinculadas a los oligopolios que sus respectivos gobiernos ayudaron a consolidar. Y precisamente ahí reside uno de los aspectos más preocupantes de lo que está ocurriendo: hemos asumido como algo normal esas puertas giratorias que sitúan a expresidentes, y también muchos exministros, en consejos de administración, asesorando o intermediando en negocios que nada tienen que ver con el interés público.
Cuando se intenta minimizar los hechos imputados a Rodríguez Zapatero alegando que otros expresidentes hacen cosas semejantes –o incluso peores, recordando las conductas atribuidas al propio rey emérito–, no se está defendiendo realmente la necesidad de que quienes disfrutan de privilegios públicos se comporten respetando los principios de buen gobierno e integridad. Cuando la conducta impropia deja de analizarse conforme a principios y valores y pasa a justificarse mediante comparaciones, la noción de buen gobierno desaparece para ser sustituida por una contabilidad del “y tú más”. Una mala praxis no se legitima por su repetición; al revés, se convierte en un sistema donde desaparece la frontera entre lo correcto y lo inadmisible. Todo queda reducido a una competición tribal donde cada bando político administra indulgencia para los propios y severidad para los adversarios.
Así, las oficinas de los expresidentes dejan de percibirse como un instrumento institucional y pasan a integrarse en un ecosistema de privilegios acumulativos: consejos de administración, conferencias millonarias, fundaciones opacas, redes de influencia internacional y utilización del prestigio institucional adquirido en el ejercicio del cargo para fines privados con apariencia de interés público.
Mientras cualquier funcionario o cargo público debe justificar minuciosamente dietas, desplazamientos o gastos relacionados con su actividad y observar un régimen de incompatibilidades que le limita o impide una actividad profesional privada, y mientras el perceptor de una ayuda pública debe aportar justificantes de hasta el último céntimo, las oficinas de los ex presidenciales disfrutan de asignaciones que nadie fiscaliza mientras confunden lo institucional con el negocio privado, la conclusión inevitable es que el sistema no funciona bien.
La propia OCDE ha remarcado recientemente que España es uno de los pocos países desarrollados que nunca ha tenido una estrategia integral y permanente de prevención y lucha contra la corrupción que abarque de forma coordinada el conjunto de las administraciones, los órganos constitucionales, las empresas públicas y los sistemas de contratación y gestión de fondos públicos. Esa carencia resulta especialmente grave porque España sí dispone, en muchos ámbitos, de normas formalmente avanzadas. El problema no reside tanto en la inexistencia de legislación, sino en la enorme distancia entre norma y práctica debido a la ausencia de órganos especializados en la prevención y detección temprana de conductas contrarias a la integridad pública.
Los informes recientes de la OCDE muestran precisamente esa contradicción: España obtiene puntuaciones relativamente altas en regulación formal de integridad, conflictos de intereses o transparencia, pero suspende en la aplicación efectiva y en la práctica institucional. El caso paradigmático es el de los lobbies: España carece todavía de un verdadero sistema de control y registro de grupos de interés, obteniendo un 0% en aplicación práctica según los indicadores de integridad pública de la OCDE. Y todas estas carencias solo se pueden atribuir a una clara voluntad política persistente, de unos y otros, para seguir como estamos.
No se trata únicamente de posibles conductas delictivas porque fiar la lucha contra la corrupción exclusivamente al código penal, como ahora ocurre, ya implica un fracaso en la prevención en un contexto de normalización de prácticas donde hay conflictos de interés; acceso privilegiado a información; opacidad y ausencia de controles eficaces. Todos los casos reflejan un patrón conocido: debilitamiento de los controles internos, insuficiente independencia de los órganos fiscalizadores, politización de las instituciones supervisoras y una alarmante tolerancia social hacia determinadas formas de corrupción “menor”.
El fenómeno adquiere una dimensión todavía más preocupante cuando alcanza a figuras que habían construido una imagen pública asociada al reformismo o al progresismo ético. No me consta que durante el mandato de Rodríguez Zapatero se produjera un solo caso de corrupción en el seno de su gobierno, por lo que las informaciones contenidas en el Auto de imputación añaden un componente de decepción y erosión moral de un referente político.
En este contexto, las advertencias del Greco, el organismo anticorrupción del Consejo de Europa, adquieren especial relevancia. Su informe más reciente subraya la falta de medidas decididas y resultados tangibles respecto a la integridad de altos cargos del Gobierno central. El Greco insiste desde hace años en cuestiones esenciales que España continúa sin resolver plenamente: regulación de asesores, agendas públicas, conflictos de intereses, puertas giratorias, transparencia de lobbies y fortalecimiento de órganos independientes de supervisión.
La consecuencia de todo ello no es solo jurídica o política, es profundamente democrática. La corrupción sostenida destruye la confianza social, degrada la legitimidad de las instituciones y alimenta el cinismo ciudadano. Cuando la percepción pública es que los mecanismos de control dependen de los propios partidos involucrados en malas praxis, el sistema político pierde credibilidad en favor de opciones totalitarias. No es casual que Transparencia Internacional haya vuelto a rebajar la posición de España en el Índice de Percepción de la Corrupción.
El verdadero problema español no es únicamente la existencia de corrupción, sino la negativa histórica para construir un verdadero sistema estatal de integridad pública independiente de los partidos. Mientras otros países europeos han desarrollado agencias estatales de integridad fuertes e independientes, sistemas de prevención, protección efectiva de denunciantes y controles internos y externos robustos, España continúa fragmentando competencias, debilitando o suprimiendo organismos incómodos.
La lucha contra la corrupción exige mucho más que reformas penales o declaraciones políticas solemnes que luego quedan en nada. Requiere una transformación social e institucional basada en pilares como independencia real de los órganos de control; profesionalización y despolitización de la administración; regulación estricta de grupos de interés (lobbies) y supresión de puertas giratorias; protección efectiva del denunciante de corrupción; transparencia radical en contratación pública y gestión de fondos; sistemas preventivos de integridad; y una ética pública incompatible con la colonización partidista del Estado y sus instituciones.
Esto solo será posible cuando los partidos políticos decidan, tras la correspondiente catarsis, un pacto estatal contra la corrupción extendido también a cada comunidad autónoma. En el caso concreto del funcionamiento de las oficinas de los expresidentes deberían incluir al menos cinco principios básicos: transparencia absoluta de las agendas, transparencia en los fondos públicos que manejan, limitación temporal de privilegios, incompatibilidades estrictas y rendición pública periódica de actividades realizadas.
Sin esa transformación, España seguirá atrapada en un ciclo repetitivo de escándalo, indignación, comisión parlamentaria, desgaste mediático, desconfianza ciudadana y normalización del deterioro institucional. Y en ese ecosistema degradado es donde avanzan imparables los enemigos de la democracia.
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