La cúpula de Plus Ultra presumió de poder controlar la causa penal abierta tras la denuncia de Manos Limpias
La cúpula de Plus Ultra presumió en 2021 de controlar la causa judicial abierta en el juzgado 15 de Plaza de Castilla tras la denuncia presentada por Manos Limpias. El informe elaborado por la UDEF en el que se basa el auto de imputación del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero recoge información sobre reuniones mantenidas por la cúpula de la compañía aérea en la que se mostraban preocupados por la causa abierta en el juzgado tan solo un mes después de que hubieran conseguido el préstamo de 53 millones aprobado por el Gobierno de Pedro Sánchez.
El diario El Mundo ha tenido acceso a ese informe de la UDEF y detalla como el propietario del 40% de las acciones de Plus Ultra, el venezolano Rodolfo Reyes —que hace solo unos meses se desprendió de sus participaciones en la aerolínea— dio instrucciones al resto de directivos para cortocircuitar la causa penal que instruía la juez Esperanza Collazos.
Los principales investigados del caso Plus Ultra se jactaron de tener influencia para “cortar” el proceso judicial que investigaba en Plaza de Castilla el rescate de la aerolínea. En las conversaciones intervenidas por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF), el exdueño de la compañía, el venezolano Rodolfo Reyes, comenzó a dar instrucciones para intentar cortocircuitar las actuaciones judiciales que dirigía la juez Esperanza Collazos.
Para torpedear esa investigación judicial, según relata el diario de Unidad Editorial, Reyes pidió recurrir a la influencia de Julio Martínez Martínez, a quién tenía contratada la aerolínea para resolver problemas de funcionamiento de la compañía en Venezuela. Julio Martínez Martínez es amigo de Zapatero y durante cinco años le pagó por informes geoestratégicos a través de su empresa, Análisis Relevante, con la que facturaba a Plus Ultra por sus servicios de asesoría.
Los directivos de Plus Ultra señalan en las conversaciones intervenidas por la UDEF, según El Mundo, que había que montar un “Kitchen Gabinet” porque “la fiscal jefe es amiga”. Para entonces, ya había estallado el escándalo de la guerra sucia policial durante el mandato del PP para tapar la financiación ilegal del partido que presidía Mariano Rajoy mediante el espionaje ilegal a la familia del extesorero Luis Bárcenas entre 2014 y 2015 para robar documentación que pudiera incriminar al Gobierno de entonces. La fiscal jefe provincial de Madrid era, desde 2018, Pilar Rodríguez. La fiscal superior de la Comunidad de Madrid era Almudena Lastra.
Según la UDEF, esta conversación y otras “refuerzan y complementan, evidenciándose nuevos indicios del ejercicio de las influencias y de las irregularidades detectadas para obtener la ayuda de 53 millones otorgada a la compañía Plus Ultra Líneas Aéreas”, según el citado diario.
La jueza Esperanza Collazos admitió a trámite la querella presentada por Manos Limpias el 25 de marzo de 2021, apenas cuatro días después de que el Consejo de Ministros aprobase la ayuda a Plus Ultra. La querella iba dirigida contra Bartolomé Lora Toro, vicepresidente de la SEPI —llegó a este puesto nombrado por el Gobierno de Mariano Rajoy— y el resto de miembros del Consejo de Administración por “presuntos delitos de malversación de caudales públicos y un delito de tráfico de influencias por presunta intervención en la concesión de una ayuda con fondos públicos por importe de 53 millones de euros a Plus Ultra”.
Durante la investigación del caso, la jueza llegó a nombrar a un perito judicial para que informase sobre la situación financiera de la aerolínea antes de solicitar la ayuda. El decreto del Gobierno que reguló este mecanismo de apoyo a empresas en crisis por la pandemia especificaba que no se darían ayudas a aquellas empresas que antes del 1 de enero de 2020 estuvieran “en crisis”. La instructora llegó a convocar un careo en el juzgado entre el perito judicial que había nombrado y el perito aportado por Plus Ultra.
Tras 19 meses de instrucción, la juez acordó el archivo de las actuaciones con una conclusión que dejó por escrito para justificar su decisión: “El delito de obtención de subvenciones o ayudas de las Administraciones Públicas falseando las condiciones requeridas para su concesión u ocultando las que la hubieses impedido, previsto y penado en el artículo 308 del Código Penal, requiriéndose como elemento del tipo el que sea cometido de forma dolosa, no cabe la comisión imprudente, lo que lleva a considerar, a la vista de las periciales practicadas que por parte de la empresa no se ocultaron datos, con el ánimo de defraudar, y deduciéndose de la prueba del careo que la interpretación contable siembra una duda sobre ese ánimo defraudatorio que la parte querellante afirma existir. Una cosa es prácticas contables no ortodoxas y otra, la comisión de un tipo penal”.
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