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Presas y presos independentistas: la hora de la política

Tribunal Supremo

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Una parte importante de responsables políticos reconocen, ya sea en público o en privado, que la “crisis catalana” no encontrará solución o, como mínimo canalización, hasta que los dirigentes independentistas estén en la calle (y quizá los exiliados en casa). No es un dato menor, por poner un ejemplo, que el presidente de uno de los principales partidos que han dado vida a la XIV legislatura esté privado de libertad. La anomalía que supone esta situación introduce un alto componente de emotividad en la contienda política. En este sentido, Pedro Sánchez hablaba en su discurso de investidura de la necesidad de “recomenzar”, de “retomar la senda de la política dejando atrás la judicialización del conflicto”.

Muchos representantes públicos también coinciden en que las penas impuestas por el Tribunal Supremo, utilizando la tipificación de la sedición, son desproporcionadas (injustas) y inadecuadas (fuera de contexto). Estas son fruto de la activación de una suerte de activismo judicial que tiene más que ver con un comportamiento corporativo de la cúpula judicial, orientado a la salvación de la unidad de España entendida como bien superior, que con la aplicación liberal del derecho.

En del debate público español y catalán se indentifican tres vías que permitirían desescalar los efectos de la judicialización de la política. Vamos a detallarlas.

Vía política penitenciaria. El objetivo de esta estrategia es explorar al máximo los espacios que ofrece la ley y el reglamento penitenciario para que a las personas presas se les puedan ir concediendo salidas de la cárcel. Por un lado se encuentra el avance en la clasificación penitenciaria: en este caso el paso del segundo grado -ordinario- al tercero, conocido también como de semi-libertad. Por el otro, sin acceder al tercer grado, también se puede disfrutar de permisos gracias a la flexibilidad que ofrece el articulo 100.2 u otros del reglamento penitenciario.

El protagonismo en esta vía recae en las juntas de tratamiento de las cárceles (funcionarios de distintas especialidades) y la administración penitenciaria (en este caso la conselleria de justicia). Una vez concedidos pueden ser objeto de recurso al juez de vigilancia penitenciaria o al juez sentenciador. Esta vía es la preferida por el PSOE: el mismo sistema carcelario es el que va flexibilizando el encarcelamiento. Ahora bien, la revocación ayer de los permisos concedidos a Carme Forcadell por parte de la sala segunda del TS, y todo lo que se deriva, parece cerrar esta opción. La única posibilidad de salvar esta opción sería que las fiscalías se inhibieran de recurrir, difícil a estas alturas.

Vía acción gubernamental: indultos. El gobierno tiene la facultad de indultar a personas penadas. El indulto es un derecho de gracia regulado por ley el 18 de junio de 1870: tiene como efecto la extinción de la responsabilidad criminal. Este instrumento decimonónico se encuentra recogido en el artículo 62.I de la Constitución y se materializa vía Real decreto publicado en el BOE. Este puede ser pedido por las personas afectadas pero también por otras, tribunales, gobierno, etc.

Desde un punto de vista técnico, se trata de la medida de más fácil y rápida aplicación. Ahora bien, algunos miembros del gobierno creen que puede tener costos políticos: a diferencia de la anterior requiere de una acción propositiva por parte del ejecutivo (juega a favor el hecho que nos encontramos a principio de legislatura). Aunque esta vía no sea la apuesta pública de los independentistas, es evidente que su activación desescalaría el conflicto y reforzaría la triangulación progresista y plurinacional surgida de la moción de censura. Estos días la UGT ha presentado formalmente la solicitud de indulto para la exconsellera Dolors Bassa, podría ser el inicio del camino.

Vía acción legislativa: modificación código penal o ley amnistía. Dos más son las propuestas, estas a desarrollar en sede parlamentaria. En Comú Podem apuesta por la modificación del código penal que, a parte de otras medidas, buscaría hacer una definición restrictiva del delito de sedición. Este cambio comportaría una aplicación retroactiva beneficiosa al reo. Además buscaría evitar que en un futuro se aplicase el tipo penal a miembros de movimientos sociales. Por otro lado, Omnium Cultural impulsa una amplia campaña para empujar la elaboración de una ley de amnistía que ponga el contador a cero. Y evitar el goteo de casos que irán poblando los tribunales, secuelas aún de los hechos de octubre. Estas dos propuestas tienen como elemento positivo el hecho que se impulsan desde la sede donde recae la soberanía popular, posibilitando debate y deliberación, aunque es cierto que se requiere de tiempo y conseguir amplios consensos.

En resumen, una vez cerrada la vía de la flexibilización de la política penitenciaria por parte de la misma sala del Tribunal Supremo que dictó la sentencia, llega la hora de la política. Ya solo se pueden desandar los efectos de la judicialización del contencioso, a espera de Estrasburgo, con acciones llevadas a cabo desde el ejecutivo o el legislativo, o de los dos en paralelo. Ministras y diputadas deben ser conscientes que solo ellas pueden ser las nuevas protagonistas de la desescalada. Eso si, para que algunas de estas medidas tengan recorrido quizá sería necesario un reparto de papeles: los miembros del ejecutivo mostrando su compromiso y valentía para hacer el camino; aquellos que forman parte de la correlación de la moción de censura bajando el tono de la conversación pública para posibilitar avances materiales. Complejo, porque los andares deberían ser acompasados. Pero necesario para salir del agujero.

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