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Abogados presos de ETA creen que el Gobierno tiene margen para transponer la normativa europea de acumulación de penas

EUROPA PRESS

SAN SEBASTIÁN —

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Urbina y Ziluaga han ofrecido una rueda de prensa en San Sebastián para valorar la decisión hecha pública por el TEDH, en la que avala que España no conmutase las penas cumplidas en Francia a presos de ETA encarcelados en su territorio a fin de que pasaran menos tiempo en prisión.

De este modo, descarta que se haya vulnerado el artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, tal como alegaban estos tres condenados por terrorismo, es decir, no cree que España haya violado el derecho a la libertad de estas personas ni que haya incurrido en su detención ilegal al no acumular las penas como prevé una directiva europea de reconocimiento de sentencias penales entre Estados miembro.

No obstante, en el mismo pronunciamiento condena al Estado a indemnizar con 2.000 euros a Santiago Arrospide ('Santi Potros'), primer demandante, y con 1.000 euros a Kepa Pikabea, Alberto Plazaola y Francisco Múgica Garmendia ('Pakito'), respectivamente, por no haber atendido debidamente los recursos judiciales que presentaron sobre este asunto.

Urbina ha afirmado que este pronunciamiento de Estraburgo “sorprende” y, además, “da carta de naturaleza a la vulneración de derechos de las personas presas” y al “retorcimiento de las leyes con intención política y de venganza”. En esa línea, ha reclamado al Gobierno central que modifique la ley 7/2014, eliminando las dos excepciones que hacen referencia directa a la situación de los presos de ETA, y pueda trasponer la normativa europea de acumulación de penas.

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