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La Audiencia Nacional impone una multa de 7.200 euros al organizador de la pitada al rey en 2015

Felipe de Borbón, durante la final de la Copa del rey / EFE

Marcos Pinheiro

La Audiencia Nacional ha condenado al presidente de Catalunya Acció, Santiago Espot, a pagar una multa de 7.200 euros por organizar la pitada al rey durante la final de Copa en 2015. El juez José María Vázquez Honrrubia considera probado que urdió un plan “con el deliberado y firme propósito de ofender y menospreciar al Jefe del Estado español”.

En la sentencia, el juez rechaza la tesis de la defensa de que el contenido del manifiesto de Catalunya Acció llamando a realizar la pitada, al que se adhirieron otra serie de asociaciones independentistas, venía amparado por el derecho a la libertad de expresión. El magistrado recuerda que el bien jurídico protegido es la Institución de la Corona en cuanto institución integrante de la estructura constitucional.

El juez destaca el tratamiento especial que da el Código Penal a las injurias a la Corona, que viene regulado en el Título de los delitos contra la Constitución; es decir, no es un delito privado sino “un delito de naturaleza pública porque lo que se protege no es, como en aquellos, la dignidad personal de particulares sino la propia estabilidad del sistema”. “El bien jurídico protegido es la preservación del propio sistema constitucional”, añade.

La sentencia señala también que si de lo que se quería era apoyar la independencia de Cataluña “era innecesario menospreciar al rey, símbolo de la unidad de España constitucional y procurar su humillación pública”. “Conforme al vídeo visionado -añade el magistrado- ni hubo proclamas coreadas, ni pancartas u otras expresiones o gritos tendentes a exteriorizar que los asistentes al evento deportivo pretendían la independencia”.

El juez considera que el acusado pretende excusarse en la libertad ideológica para ocultar el verdadero propósito perseguido, el de despreciar al rey y su dignidad institucional. “Para declarar en público ideas independentistas es innecesario el escarnio y vilipendio a la figura del Rey y del himno nacional. Se perseguía insultar y despreciar con el aditamento de la desmesura en la acción al ser el partido retransmitido a toda la nación española e incluso fuera de nuestras fronteras”, insiste.

Durante el juicio, Espot defendió en la Audiencia Nacional como “libertad de expresión y opinión” la pitada al rey, en cuya organización participó la organización que lidera. Espot está acusado de injurias al rey y ultraje a España, por lo que la Fiscalía solicita sendas multas que en total suman 14.400 euros.

Espot negó a contestar a la Fiscalía. A cuestiones de su abogado, el acusado se refirió a la pitada: “Mi impresión es que manifestar una protesta pública y sonora contra la presencia de un personaje público está amparado en mis derechos de expresión y opinión”, ha dicho.

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