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El Constitucional reprocha a los jueces que cierren en falso denuncias de tortura y maltrato en cárceles y comisarías

Fachada del Tribunal Constitucional en una imagen de archivo

Alberto Pozas

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De los calabozos de la Audiencia Nacional a una comisaría de Algeciras. De la Guardia Civil de Murcia a los funcionarios de la prisión de Estremera. Las sentencias del Tribunal Constitucional que denuncian cierres judiciales en falso en investigaciones de posibles torturas o malos tratos a presos y detenidos se amontonan desde hace años con argumentos muy similares para ordenar la reapertura de las pesquisas: se archivaron sin poner en marcha apenas diligencias judiciales. La última, que ordena investigar si un policía encarcelado en Canarias recibió trato degradante en la prisión del Salto del Negro, se suma a una decena de sentencias que dieron la razón, entre otros, a una acusada de pertenecer a Segi, un menor de edad detenido en las protestas contra la sentencia del procés en Barcelona y a la familia de un hombre que se suicidó en los calabozos de la comisaría de Algeciras.

Todos los casos y todas las resoluciones del Constitucional tienen varios denominadores comunes. Presos preventivos o personas detenidas que, en sus denuncias, afirman que han sido insultadas, golpeadas, amenazadas o, incluso, abusadas sexualmente mientras estaban bajo custodia policial o penitenciaria. También tienen en común resoluciones judiciales que archivaron sus quejas, según el Constitucional, sin investigar nada o poniendo en marcha unas diligencias mínimas que, por lo general, no implican la identificación de los posibles implicados.

El último caso, conocido esta semana, ha sido el de un policía nacional de Canarias que pasó más de un año en prisión acusado de ser colaborador de unos traficantes de cocaína antes de que su caso fuera archivado hace unas semanas. Durante su estancia en el Salto del Negro denunció que varios funcionarios de la prisión le insultaron y amenazaron, poniendo su seguridad en peligro al juntarle en el patio con presos comunes. El juzgado y la Audiencia Provincial archivaron sus acusaciones.

Son causas que rara vez llegan al pleno del Constitucional y suelen quedarse en una de las dos salas, formadas por seis magistrados. Este caso, sentenciado con Laura Díez como ponente, el tribunal de garantías denuncia que los jueces de Canarias “no llevaron a cabo una investigación exhaustiva y suficiente”, ya que había indicios de trato degradante pero ni siquiera se pronunciaron sobre la posibilidad de poner en marcha “diligencias especialmente indicadas en estos casos”. El agente, por ejemplo, pidió identificar e interrogar a los funcionarios de la prisión, así como a posibles testigos de los supuestos malos tratos.

Estos reproches del Tribunal Constitucional no son nuevos. Ya en 2008, por ejemplo, afearon a los tribunales de la Región de Murcia que archivaran sin apenas investigar la denuncia de un hombre, detenido tras la nochevieja de 2004, que aseguró que había sido agredido por guardias civiles en los calabozos. El Constitucional dijo que existían “vías disponibles” para investigar su denuncia, ya que había “sospechas razonables” para pensar que hubiera sido víctima de maltrato, pero nunca se hizo. No declararon ni los agentes ni el médico ni el abogado del hombre.

Nunca se hizo, entre otras cosas, porque tanto el juzgado como la Audiencia Provincial dieron presunción de veracidad a la versión de los agentes. Algo que, según recordó ya en 2008 el Constitucional, no es así. Esa presunción de veracidad “no viene apoyada en mandato legal alguno”, y hay que aplicar las mismas “cautelas” a la declaración de un guardia civil que a la de cualquier ciudadano.

Del caso Segi a la cárcel de Estremera

En noviembre de 2009 una operación policial daba el pistoletazo de salida a uno de los mayores fracasos de la historia de la Audiencia Nacional en la lucha contra los anexos del terrorismo de ETA: el caso Segi. Decenas de personas fueron detenidas en el País Vasco por orden de Fernando Grande-Marlaska y acusadas de formar parte de la cantera de la banda terrorista para mantener viva su delincuencia en las calles. La práctica totalidad de los acusados en esas operaciones fueron absueltos.

Una de las mujeres acusadas y absueltas denunció que durante su arresto en Donosti y su traslado a Madrid sufrió vejaciones, torturas y abusos a manos de policías encapuchados. Se trató de insultos machistas, golpes, amenazas, zarandeos e incluso tocamientos que, a petición del Ministerio Fiscal, nunca fueron investigados en profundidad.

El Constitucional, en 2016, repitió lo que había dicho ocho años antes en otra sentencia: “Existían medios de investigación disponibles”. Pero en los juzgados de Madrid la causa se limitó a pedir el informe médico y el atestado policial, elaborado por los supuestos autores del maltrato. “No se produjo una investigación exhaustiva”, reprochó el Constitucional al desmontar otro argumento habitual de los juzgados para no indagar en profundidad: que en un primer momento no se refirieron las supuestas torturas.

Otro de los rasgos habituales en estos casos es el cambio de criterio de la Fiscalía. En las causas que ha podido examinar elDiario.es, el Ministerio Público territorial informa a favor de archivar las denuncias de abusos policiales pero también a favor de amparar a los denunciantes cuando el caso llega al Tribunal Constitucional. Sucedió así por ejemplo en el caso de Daniel Jiménez, que se quitó la vida en los calabozos de Algeciras cuando estaba bajo custodia policial.

El joven había sido detenido y acusado por violencia de género y fue encontrado ahorcado en los barrotes de su celda. Previamente ya había intentado quitarse la vida usando un azulejo. Los tribunales gaditanos archivaron la denuncia de la hermana del fallecido en octubre de 2020 sin poner en marcha ninguna diligencia pedida por la familia: las testificales de los agentes y del médico. El Constitucional fue claro al otorgarles amparo y obligar a investigar si hubo negligencia policial: “Clausuraron anticipadamente la instrucción”.

Algo similar a lo que sucedió en 2022 con un caso de la cárcel madrileña de Estremera. Un preso denunció que había sufrido insultos y una paliza a manos de funcionarios y un juzgado llegó incluso a imputar a los acusados, pero el caso se archivó. En este caso, el Constitucional reconoció que el juzgado de Arganda del Rey “no permaneció pasivo” pero sí archivó el caso demasiado pronto.

Apuntó entonces el Constitucional a una posible falta de colaboración de la institución penitenciaria para aclarar el caso de supuesto trato degradante dentro de una cárcel. Esa sentencia habló de la “resistencia y renuencia” de Instituciones Penitenciarias, por ejemplo, a aportar los informes médicos del caso.

Un menor y una fotógrafa en las protestas del procés

El Tribunal Constitucional no forma parte del Poder Judicial pero sus sentencias tienen efectos prácticos sobre los juzgados. En estos casos, las sentencias obligaban a reabrir las investigaciones y tomar una decisión más documentada antes de archivar el caso o enviarlo a juicio. Según ha podido confirmar elDiario.es, dos casos de presuntos abusos policiales durante las manifestaciones de 2019 en Barcelona contra la sentencia del procés han sido reabiertos después de pasar por el Constitucional.

Uno de ellos es el de la fotoperiodista Sira Esclasans, que denunció haber sufrido un pelotazo de 'foam' por parte de los Mossos d'Esquadra en una de las manifestaciones que en 2019 juntó a miles de personas en las calles de Barcelona para protestar contra la sentencia del procés y que acabaron en disturbios.

En su caso el Constitucional obligó a reabrir el caso y, según ha podido confirmar elDiario.es, un juzgado de Barcelona mantiene diligencias abiertas para dilucidar si se cometió un abuso policial sobre ella. Se siguen practicando diligencias y han declarado varios testigos además de los agentes acusados.

Algo similar ha sucedido con el caso de un menor de edad detenido durante esas mismas protestas de 2019. Su imagen fue una de las más conocidas de esos días: un joven con una sudadera naranja detenido por media docena de agentes plenamente uniformados. La causa contra él se terminó archivando, como también se archivó la denuncia que él interpuso por maltrato policial. Los jueces alegaron que la “extrema violencia” fue generada por “los manifestantes” y no los policías.

El Constitucional, con el apoyo de la Fiscalía, también amparó a este menor de edad y obligó a reabrir el caso, sobre todo cuando hablamos de comportamientos que “envilecen y deslegitiman a un estado democrático”. En este caso, directamente, los magistrados del tribunal de garantías reprocharon al juzgado que “no se realizó investigación alguna”.

Esa concesión de amparo también tuvo sus efectos prácticos. A día de hoy las diligencias contra los agentes que supuestamente agredieron a este menor de edad en 2019 siguen abiertas, aunque fuentes del caso explican a este diario que hubo que acudir a la Audiencia Provincial de Barcelona para que el instructor accediera a llamar a los policías a declarar. Un lustro después, han encontrado también problemas para obtener fotos, vídeos o retransmisiones policiales de radio que, a día de hoy, no se conservan. Los agentes han pedido el archivo del caso.

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