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El Constitucional vuelve a dar la razón a Alberto Rodríguez y anula la retirada de su escaño en el Congreso

Imagen de archivo del exdirigente de Unidas Podemos Alberto Rodríguez

Alberto Pozas

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El Tribunal Constitucional ha decidido dar la razón a Alberto Rodríguez y anular la retirada de su escaño en el Congreso después de ser condenado por patear a un policía en 2014. La mayoría progresista del pleno ha sacado adelante una sentencia que ampara por segunda vez en pocos días al exdiputados de Unidas Podemos por Santa Cruz de Tenerife: la semana pasada otra sentencia entendió que su condena del Tribunal Supremo había sido desproporcionada al haber mantenido los efectos de un castigo de de 45 días de cárcel que, finalmente, fue sustituida por una multa.

La Sala de lo Penal del Supremo condenó en 2021 a Alberto Rodríguez a 45 días de cárcel por pegar una patada a un policía nacional en una manifestación en La Laguna en 2014. Su condena de cárcel fue sustituida por una multa, tal y como sucede por ley con todos los castigos inferiores a tres meses, pero además del dinero se mantuvo la inhabilitación para sufragio pasivo: la que impide presentarse a unas elecciones mientras dure la condena.

Las semanas posteriores a la sentencia se tradujeron en un cruce de cartas y consultas entre la presidencia del Congreso y el Tribunal Supremo hasta que Meritxell Batet, entonces al frente de la cámara baja, optó por retirarle el escaño que había conseguido en las elecciones de noviembre de 2019 al encabezar la lista de Unidas Podemos por Santa Cruz de Tenerife. Esa es la decisión que acaba de anular el Tribunal Constitucional.

Segundo correctivo al Supremo

La decisión que ha anulado la retirada del escaño de Rodríguez llega después de que el mismo Tribunal Constitucional, y gracias de nuevo a los siete votos favorables de su mayoría progresista, le diera la razón en su recurso contra su condena. El tribunal de garantías entendió que el Supremo le había condenado con pruebas suficientes, pero que se había excedido al mantener su condena de inhabilitación incluso después de sustituir los 45 días de cárcel, por obligación legal, por una multa.

Esa sentencia entendió que el Supremo tendría que haber impuesto directamente la sanción económica y no imponer la cárcel y dejar intacta la condena de inhabilitación aparejada. Fue un “desproporcionado sacrificio” de sus derechos políticos en cuanto al sufragio pasivo y la capacidad de presentarse a unas elecciones, dijo el Constitucional en una sentencia que acusaba al Supremo de ejercer un “patente derroche inútil de coacción”.

La devolución del escaño a Alberto Rodríguez no es una posibilidad a pesar de la nulidad de parte de su condena y de la propia retirada de su puesto en el Congreso. Está por ver si el exdiputado de Unidas Podemos, ahora al frente del proyecto político canario Drago, solicita algún tipo de compensación económica por el sueldo que dejó de cobrar como diputado durante la media legislatura en la que no tuvo acta parlamentaria.

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