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El fiscal advierte de que García Castellón cruza todas las líneas en su investigación secreta contra Podemos

Manuel García Castellón recibe el premio Puñetas de Plata a la independencia judicial.

Pedro Águeda

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La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha advertido al juez Manuel García Castellón de que sigue excediéndose en la investigación secreta sobre una supuesta financiación irregular de Podemos a raíz de las afirmaciones sin pruebas del exmilitar chavista Hugo ‘El Pollo’ Carvajal. En su escrito, el fiscal carga contra la insistencia de García Castellón en ordenar a la Policía diligencias que invaden derechos fundamentales de personas que, meses después, ni siquiera tienen la condición formal de investigados. 

Según han informado a elDiario.es fuentes conocedoras del escrito, el teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, llega a calificar la investigación de Manuel García Castellón y sus ayudantes de “extremadamente prospectiva”. El recurso, de hecho, se dirige contra las diligencias que la Sala de lo Penal ya censuró y que el juez ha vuelto a solicitar a la Policía contra los fundadores de Podemos, sin esperar a que la instancia superior se pronuncie sobre la petición de la Fiscalía de archivar ya la causa. 

El fiscal Carballo recuerda al juez que la petición de que se investiguen las cuentas de los fundadores de Podemos, sin estar siquiera imputados, supone una intromisión en “el núcleo más sensible de la privacidad” de los ciudadanos, en referencia al patrimonio. Y no solo eso, sino que tal intromisión puede derivar en una investigación prohibida por ley contra terceros, ya que García Castellón exige a la UDEF los nombres de quienes hayan hecho ingresos en las cuentas de Juan Carlos Monedero, Carolina Bescansa, Ariel Jerez y Jorge Lago. 

Carballo, un fiscal de reconocida tendencia conservadora, acusa al juez García Castellón de vulnerar la Constitución misma al haber hurtado a los investigados la acusación que pesa contra ellos y cita para ello jurisprudencia del tribunal que interpreta la norma fundamental. “La indefensión de los investigados es total”, llega a decir el fiscal Carballo en el escrito del 10 de junio.

El arranque de este caso, que continúa secreto casi un año después, son las declaraciones contra Podemos de Hugo ‘El Pollo’ Carvajal, el exjefe del servicio de Inteligencia venezolano que, tras ser detenido en Madrid en septiembre de 2021, trasladó al juez que tenía información comprometedora sobre Podemos. García Castellón rebuscó entonces en su juzgado para que unas afirmaciones hechas en el marco de un proceso de extradición pudieran ser trasladadas a una causa. 

Lo único que encontró García Castellón buceando en su juzgado fue una denuncia archivada de plano, pero de forma provisional en 2016, basada en unos recortes periodísticos del denominado informe PISA (Pablo Iglesias Sociedad Anónima), una de las producciones más conocidas de la brigada política cuyo contenido había sido despreciado por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional definió las acusaciones de Carvajal como una estrategia dilatoria de su extradición a Estados Unidos, que reclama al exmilitar para ser juzgado por delitos que en España equivalen a pertenencia a organización criminal o pertenencia o colaboración con organización terrorista y tráfico de drogas en su modalidad agravada.

El juez ordenó a la UDEF de la Policía que investigara cuentas de personas y empresas y que rastreara asimismo los viajes a Venezuela de Juan Carlos Monedero. La Fiscalía recurrió y la Sala resolvió en un auto que la investigación del magistrado suponía “una injerencia” en los derechos de personas que no figuran como investigadas. En aquel recurso, la Fiscalía consideraba que las diligencias ordenadas a la UDEF por García Castellón tenían más que ver con salir a buscar delitos, por si en el transcurso de las pesquisas apareciera alguno, que con el verdadero objeto del procedimiento.

Las afirmaciones y documentos de Carvajal son supuestas pruebas de que Venezuela financió la creación de Podemos a través de la Fundación CEPS y de la empresa Viu Comunicaciones, lo que implicaría a Jorge Lago, Carolina Bescansa, Ariel Jerez y Juan Carlos Monedero. ‘El Pollo’ Carvajal también habló de entregas de dinero procedentes de la Embajada de Cuba en Caracas que en algunos casos habrían llegado a España por valija diplomática. El otro sistema de financiación al que se refirió el exmilitar, que se enfrentaba a una extradición a EEUU por graves delitos, fueron los encargos remunerados a CEPS entre los años 2008 y 2011 por parte de la Administración venezolana, así como la contratación de Viu por la petrolera PDVSA, en concreto para la celebración del Congreso Mundial del Petróleo que se celebró en Moscú en 2014.

Carvajal aludió también a presuntas entregas de dinero a Juan Carlos Monedero en los años 2011 y 2012 en hoteles de Caracas, y una más en el año 2017. Uno de los testigos protegidos asegura que en 2009 o 2010 habría visto entrar a un individuo con un maletín en la habitación de un hotel de Caracas que ocupaba Monedero y que cuando salió ya no lo llevaba.

No existía el delito de financiación irregular

La Sección Tercera respondía en su auto que solo la supuesta entrega de dinero en 2017 es posterior a la entrada en vigor de la reforma que introdujo el delito de financiación ilegal, pero en cualquier caso, añade, se trata de un testimonio que se basa en el relato de un tercero, tanto por parte de Carvajal como de uno de los dos testigos a los que García Castellón concedió la condición de “protegidos”.

Los jueces de la Sala de lo Penal, al igual que la Fiscalía, no se oponían a que la Policía informase sobre si el testimonio del Pollo Carvajal y de los dos testigos protegidos gozan de “veracidad”. Son esos testimonios que tanto el Ministerio Público como la Sala de lo Penal consideran “narraciones de terceros”. Y a esto se ha aferrado García Castellón para insistir en su investigación “extremadamente prospectiva”, según la Fiscalía. 

En su nuevo recurso, la Fiscalía advierte a García Castellón que no siga ordenando diligencias de investigación por “prudencia” porque podría arruinar cualquier otra línea de investigación por la vulneración de derechos en la que está incurriendo. Si la Sala falla a favor del recurso de la Fiscalía, añade esta, el juez habría dañado sin motivo la “reputación” de las personas mencionadas.

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