Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

El Gobierno garantizará por ley el secreto profesional de los periodistas

Más de cien periodistas se concentran en Madrid por el secreto profesional.

Elena Herrera

4

El derecho de los periodistas a no revelar la identidad de sus fuentes ni cualquier otra información que pudiera conducir directa o indirectamente a su identificación estará garantizado por ley. El PSOE ha acordado con la FAPE y los sindicatos CCOO, UGT y la FeSP introducir una enmienda en ley de protección al denunciante que garantiza el secreto profesional de los periodistas, según han informado estas organizaciones profesionales en una nota de prensa. 

El texto de la enmienda, al que ha tenido acceso elDiario.es, propone la introducción de una ley orgánica de protección del secreto profesional del periodismo que, entre otros aspectos, establece que “ningún periodista será perseguido por proteger la identidad de sus fuentes”. También clarifica que el derecho al secreto profesional comprenderá “el derecho a no revelar la identidad de la fuente, la comunicación a través de la cual se transmitió la información, el contenido de la misma y cualquier otro elemento accesorio que pudiera ser empleado para identificar a la fuente”. Por otro lado, manifiesta en que en los casos en que el director, la directora o persona equivalente del medio de comunicación conozca la identidad de la fuente “la misma gozará de la misma protección que el periodista en la custodia del secreto profesional”. 

Asimismo, la enmienda afirma que los periodistas sólo dejarán de estar amparados por el secreto profesional en dos supuestos: cuando se constate “fehacientemente” que la fuente ha “falseado conscientemente” la información y cuando la revelación de la fuente sea el único medio para evitar un daño grave e inminente a la vida, la integridad física o la seguridad de las personas. En estos casos, la autoridad judicial podrá ordenar “la práctica de las actuaciones admisibles en Derecho”, pero no podrán requisarse las herramientas de trabajo de los periodistas. 

La exposición de motivos establece que el objetivo de esta ley es no solo “proteger a las personas físicas o jurídicas que hayan servido de fuente para informaciones periodísticas” sino también “evitar que actuaciones que menoscaben el secreto profesional desincentiven a futuras fuentes de colaborar con los medios de comunicación”. De ahí que, cuando una autoridad judicial o administrativa tenga a su disposición la identidad de una fuente periodística, ésta deberá actuar de la manera menos lesiva para el secreto profesional. 

La FAPE, CCOO, UGT y la FeSP —estas tres últimas organizaciones, en representación del Foro de Organizaciones de Periodistas (FOP)— consideran que, aunque la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha ido delimitando los contornos de la figura del secreto profesional del periodismo, siguen apareciendo de manera esporádica episodios que justifican la intervención directa del legislador, con el fin de consolidar la protección jurídica de la que disponen los periodistas cuando protegen la identidad de sus fuentes.

Las organizaciones profesionales consideran que con esta norma se cumplirá el mandato contenido en el artículo 20 de la Constitución Española, que reconoce el derecho “a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión” y que establece que “la ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades”. También consideran que “fortalecerá el buen periodismo, herramienta necesaria para la lucha contra la desinformación y las noticias falsas, y se profundiza en la democracia”.  

En octubre del año pasado, una jueza de Madrid, María Cristina Díaz, exigió al elDiario.es que revelara las fuentes que permitieron publicar la relación de bienes contenidos en el Pazo de Meirás en medio de la disputa sobre la propiedad del inmueble que la familia del dictador ocupó durante 82 años. La magistrada dictó ese oficio en el marco de una causa abierta a instancias de los Franco contra la funcionaria que elaboró esa lista, a la que acusaban de un presunto delito de revelación de secretos. 

elDiario.es se negó a desvelar el nombre de dicha fuente o ningún dato que pueda servir para su identificación. “El secreto profesional a no revelar nuestras fuentes no es un capricho o un privilegio de los periodistas en general o de los redactores de elDiario.es en particular: es la base de un derecho fundamental para una sociedad democrática”, argumentó en su respuesta el director de elDiario.es, Ignacio Escolar. La Audiencia Provincial de Madrid estimó los recursos de la Abogacía del Estado y de la Fiscalía y archivó esa causa el pasado febrero.

Etiquetas
stats