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Un informe denuncia la falta de criterios objetivos de las indemnizaciones a inocentes que pasaron por la cárcel

Fachada principal de la prisión de Juan Grande, en Gran Canaria

Alberto Pozas / Elena Herrera

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Desde hace unos años, cualquier persona que haya pasado prisión provisional y luego no haya sido condenada tiene derecho a una indemnización. Desde 2019 los tribunales han firmado indemnizaciones para más de 70 presos preventivos inocentes y las cantidades oscilan entre los 1.500 euros y el medio millón. Un estudio publicado por Nada es Gratis y firmado por dos expertos en Economía y Derecho analiza más de 300 casos que se remontan a la década de los noventa y apunta a una queja habitual entre los juristas que intervienen en estos proceso: la ausencia de criterios legales fijos y objetivables para establecer estas indemnizaciones. Los resultados, afirman, “muestran algunos patrones de decisión difícilmente justificables”.

Se trata de un análisis firmado por Gabriel Doménech, catedrático de derecho administrativo de la Universitat de València, y Juan Luis Jiménez, profesor del departamento de análisis económico aplicado en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Un estudio que analiza 333 resoluciones judiciales que, desde 1990 hasta la actualidad, han obligado al Estado a indemnizar a personas que pasaron por la cárcel de manera preventiva o incluso condenados para después ser absueltos.

La normativa sobre este asunto ha ido cambiando a golpe de sentencia en las tres últimas décadas. Los investigadores exponen que en una primera etapa, que abarca desde 1990 hasta 2010, la interpretación era que había que indemnizar solo cuando el delito que se les había imputado directamente no había existido o porque lo había cometido otra persona, no solo si habían existido dudas sobre su culpabilidad. En una segunda etapa, entre 2010 y 2019, el criterio se estrechó y los tribunales solo firmaron indemnizaciones si el delito nunca había existido.

Todo cambió ese año, cuando el Tribunal Constitucional estableció que alguien que hubiera pasado por la cárcel para después ser absuelto o exonerado por sobreseimiento de la causa tenía derecho a una indemnización. Y entraba en juego un artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que, lejos de actuar como una calculadora, deja esa cantidad abierta: “Se fijará en función del tiempo de privación de libertad y de las consecuencias personales y familiares que se hayan producido”.

Es decir, que una comparación entre dos casos puede desvelar que un preso que haya pasado un año en la cárcel puede cobrar menos que otro que haya pasado seis meses porque este último ha podido demostrar que, por estar en prisión provisional, perdió el trabajo y la custodia de sus hijos. O la opción de compra de una casa. O que su encarcelamiento derivó en problemas de salud mental.

El problema, según incide este estudio, es que no existe un criterio objetivo para cuantificarlo y eso lleva, denuncia, a patrones “difícilmente justificables”. El primero que exponen es que la compensación media diaria del periodo desde 2019 hasta la actualidad, desde la sentencia del Tribunal Constitucional, es “un 87% inferior” a la del primer periodo que fue dese 1990 hasta 2010. “No se adivina la razón por la cual las compensaciones diarias que se otorgan hoy son un 87% inferiores a las que se daban hace dos décadas”, dice el estudio.

“Se podría hipotetizar que a los jueces les disgusta indemnizar a las personas absueltas cuya inocencia no ha quedado demostrada con la suficiente certeza. Quizás por ello no les reconocían durante el primer periodo el derecho a ser indemnizadas. Y, quizás por ello, cuando se han visto ”forzados“ a reconocérselo, han reducido drásticamente la cuantía de las compensaciones que les otorgan”, analiza el estudio.

También consideran “llamativo” otro de los factores detectados en su estudio: que los trabajadores públicos –entre ellos destacan a policías y guardias civiles– suelen ser indemnizados con más dinero por el sueldo que han dejado de ganar mientras estaban en la cárcel aunque, destacan, a veces sigan cobrando “una gran parte de sus retribuciones”. También llegan a otras conclusiones: cuantos más días hay que indemnizar, menor es la compensación diaria otorgada, los delincuentes sexuales han recibido indemnizaciones más altas que los acusados de tráfico de drogas, quienes acreditan daños psicológicos o reputacionales extraordinarios también obtienen mayores compensaciones y, finalmente, que “el género del acusado y el del juez ponente no afectan a la compensación”.

La mayor indemnización: casi medio millón

Tal y como publicó elDiario.es, desde 2019 hasta la actualidad la Audiencia Nacional ha obligado al Ministerio de Justicia a indemnizar a más de 70 presos preventivos inocentes a cantidades que, en total, superan el millón de euros. Resoluciones examinadas por este periódico que dibujan la disparidad de criterios reflejada por este estudio y la dificultad de muchos afectados para demostrar ante un tribunal, con informes y documentos, cómo les ha afectado su paso por la cárcel.

La indemnización más alta concedida en este periodo fue conocida hace unos meses. La Audiencia reconoció casi medio millón de euros para un matrimonio que pasó, en el caso más grave, más de un millar de días entre rejas acusados de radicalizar yihadistas en el sur de Madrid para finalmente ser absueltos. Posteriormente acudieron al Estado solicitando una indemnización: perdieron la casa, sus dos hijos pequeños tuvieron que volver a Marruecos, la mujer casi pierde la nacionalidad española, él quedó en paro y sufrió un intento de suicidio y sus nombres, a día de hoy, siguen en decenas de noticias en internet ligadas al yihadismo.

En este caso sus abogados pudieron justificar una buena parte de sus reclamaciones y de los 700.000 euros que pedían, la Audiencia Nacional concedió casi medio millón. “La prisión le privó sin duda de mantener su vida personal y familiar, con el dolor que ello provoca”, reconocieron los jueces. Ese encarcelamiento, añadieron, “agravó sin duda la situación, debido al aislamiento y a la intervención de las comunicaciones” generando “importantes daños psiquiátricos y psicológicos” con “escasas esperanzas de mejoría”.

Los datos recopilados por este periódico reflejan, por ejemplo, que un antiguo mando policial de la localidad catalana de Mollet del Vallès fue indemnizado con 50.000 euros por pasar más de un año en prisión acusado de colaborar con una banda de narcotraficantes. El antiguo jefe antidroga de la Guardia Civil en Segovia, que pasó algo más de dos meses entre rejas acusado de algo similar antes de ser exonerado, fue indemnizado con 7.600 euros.

Otra de las indemnizaciones más altas firmadas en los últimos años es la de casi 150.000 euros establecida por la Audiencia Nacional para Romano van der Dussen, ciudadano holandés que pasó varios años de más entre rejas por una violación en Fuengirola que no había cometido. También está la de 69.000 euros concedida a un hombre que pasó más de 1.000 días en prisión acusado de abusar de su hijo hasta que fue absuelto por el Tribunal Supremo.

En ese caso, los jueces aceptaron indemnizar el trastorno crónico de estrés postraumático y la depresión crónica consecuencia del encarcelamiento, los más de tres años que pasó en la cárcel al existir “prueba fehaciente”, pero no otros aspectos que, según los jueces, no pudo demostrar. Por ejemplo, el dinero que dejó de ganar al no poder trabajar, “al no haber quedado acreditado que la prisión provisional interrumpiera actividad laboral alguna”. Los 69.000 euros establecidos por la Audiencia Nacional, reconoce la propia sentencia, procede de una estimación “discrecional”.

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