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Jueces de lo social dictan las primeras condenas contra Gobiernos por no proteger a los sanitarios

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Laura Galaup

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Tras meses de jornadas interminables en las UVIS combatiendo la presión asistencial en hospitales y centros de salud, grupos de sanitarios han dado el salto a los tribunales para reivindicar sus derechos. Durante semanas estuvieron haciendo frente a una emergencia sanitaria sin los medios necesarios para combatir el virus, las comunidades autónomas y el Gobierno central reconocieron las dificultades a las que estaban haciendo frente para adquirir equipos de protección en un mercado internacional que se convirtió en un zoco donde todos los países buscaban lo mismo. Ante la escasez de material y el esfuerzo realizado por estos profesionales para frenar la expansión de la COVID-19 en los hospitales y los centros de salud, varias sentencias comienzan a reprochar a las administraciones que hayan sido incapaces de proteger a sus trabajadores. De momento son juzgados de lo Social, mientras la Fiscalía estudia qué hacer con las 52 denuncias presentadas contra el Gobierno en la vía penal y otros tribunales analizan demandas parecidas contra los gobiernos autonómicos.

Los juzgados sociales de Teruel y Huesca y la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco han concluido en tres recientes fallos que la escasez de material ha vulnerado los derechos de los sanitarios y condena a la administración a proporcionar equipos de protección adecuados a estos profesionales para evitar futuros contagios.

En una novedosa y extensa sentencia la magistrada Elena Alcalde, del Juzgado de lo Social de Teruel, concluyó el 3 de junio que el Servicio Aragonés de Salud, el Instituto Aragonés de Servicios Sociales y la Diputación General de Aragón habían vulnerado los derechos en materia de prevención de riesgos laborales de funcionarios, personal estatutario y personal laboral, del grupo de clasificación A, subgrupos A1 y A2. “Poniendo en riesgo grave su vida, integridad física y salud, y lesionando su derecho a la integridad física y a la protección de la salud”, prosigue el fallo. En la misma línea se manifestaba el 24 de junio su compañero Eduardo José Bernués Mateos, del Juzgado de lo Social de Huesca, que concluía que se había vulnerado “el derecho fundamental a la integridad física” de los sanitarios.

La magistrada Alcalde carga en el fallo contra el Gobierno aragonés que preside el socialista Francisco Javier Lambán por no haber realizado acopio de material los meses previos a que el virus irrumpiese en nuestro país. “La imprevisibilidad que aducen las [administraciones] demandadas resulta desvirtuada en atención a los numerosos avisos y recomendaciones de la OMS, desde enero de 2020, y acrecentados en febrero de 2020, y asimismo, con los propios informes del Gobierno desde el 23 de enero de 2020, de los que se desprenden que conocían esos datos de la OMS, y por tanto, podían prever la forma de propagación del virus entre personas”, recoge la sentencia, promovida por una denuncia que presentó el sindicato Fasamet el 30 de abril. 

“Se ha allanado el camino” de cara a futuras denuncias

Famaset también impulsó la misma demanda del juzgado de lo social de Huesca. Desde el sindicato están a la espera de ver qué sucede en la provincia de Zaragoza, donde también han emprendido la misma actuación. El abogado que ha defendido estos tres procedimientos explica que las sentencias obtenidas pueden tener efectos prácticos para aquellos sanitarios que se contagiaron o para familiares de profesionales de la salud que hayan fallecido por la COVID-19 y que vayan a emprender acciones judiciales. “Tienen allanado el camino del nexo de causalidad. El  fallecimiento o el contagio está vinculado a una causa previa, que es la falta de EPIs, y esto está constatado en dos de las tres provincias aragonesas”, explica el abogado José Manuel Aspas, portavoz del sindicato, que confirma que el Gobierno autonómico ha anunciado que van a recurrir las dos sentencias emitidas. 

En su exposición, la magistrada Alcalde llega a alabar el trabajo diario realizado por los sanitarios durante los días con mayor presión asistencial, hasta asegurar que “lo han desarrollado heroicamente”, “a pesar del grave e inminente riesgo para su vida y su salud por su exposición al Covid-19, y ello, fundamentalmente, por la falta de medios de protección individuales adecuados, aun cuando podrían haber interrumpido y abandonado su actividad, pero gracias a su vocación de servicio a los demás, no sólo no han paralizado su trabajo”.

En la misma línea se pronunció la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, aunque con un tono menos obsequioso hacia la profesión sanitaria que el de la magistrada del juzgado de Teruel. El tribunal vasco estimó “parcialmente la demanda” del sindicato Ezker Sindikalaren Konbergentzia (ESK) y determinaron que el Servicio Vasco de Salud Osakidetza había incumplido “la normativa en materia de prevención de riesgos laborales” durante la pandemia. 

Demanda archivada en Andalucía

No en todas las comunidades y en todos los tribunales han fructificado estas actuaciones. En Andalucía, la demanda impulsada por el Consejo autonómico de Diplomados de Enfermería contra el consejero de Sanidad, Jesús Aguirre, fue archivada el 16 de junio. Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia Andaluz descargaron la responsabilidad del Gobierno regional al destacar que las “invocadas insuficiencias estructurales del sistema público de salud en Andalucía no pueden imputarse, ni a título de dolo ni al de imprudencia, al actual Consejero de Salud”. Asimismo, sobre la “insuficiencia o falta de prontitud en la adquisición” de material, destacaron en el auto que esta situación fue “un fenómeno generalizado en toda España”, y que ante su “notoria” dificultad “no puede invocarse como indicio, ni siquiera preliminar, de una conducta incumplidora del consejero”.  

CSIF también pretende sentar en el banquillo a los altos cargos de la Consellería de Sanidad de la Generalitat Valenciana por el mismo motivo, la carencia de equipos de protección. Actualmente, la demanda del sindicato se encuentra en el Tribunal Superior de Justicia autonómico después de que un juzgado de instrucción haya remitido a esa institución la denuncia porque entre los altos cargos señalados hay una aforada, la consellera de Sanidad, Ana Barceló, según informó el diario Las Provincias. En Madrid, el sindicato AMYTS también ha denunciado al Ministerio de Sanidad ante el Supremo y a la Consejería de Sanidad ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, fuentes del colectivo aseguran que por ahora las dos querellas “siguen su curso”. 

Destacan el índice de contagios entre sanitarios

A la espera de la evolución de estos procedimientos, los fallos ya emitidos reconocen que la exposición a la COVID-19 en el trabajo es un peligro grave e inminente, “por ser probable racionalmente que sus efectos se materialicen en un futuro y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores, aunque no se manifieste de forma inmediata”, explican los magistrados vascos en la sentencia emitida el 1 de julio. También recuerdan que la elevada exposición al virus “se ha materializado en un alto índice de contagios entre el personal sanitario, con mayor incidencia que el resto de la población”, destaca el magistrado de Huesca. Según los datos aportados por el Ministerio de Sanidad en marzo, el 13,6% de los contagiados de coronavirus en España en ese momento pertenecían al colectivo que trabajaba en el área de la salud. 

“El riesgo al que se enfrentan los sanitarios, no es baladí, sino que es un riesgo grave en atención a que puede provocar importantes afecciones llegando incluso al fallecimiento”, detalla el fallo del juzgado de Teruel, que insiste en que “la normativa de prevención de riesgos laborales impone la obligación legal a la Administración, como empleadora, de proteger a los trabajadores, lo que conlleva necesariamente también la obligación de dotarles de los medios preventivos”. Ante esta exposición, concluye que “la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, no ha sido proporcionada adecuadamente” por el Gobierno aragonés “por la incorrecta planificación, previsión y gestión de stocks de EPIS”.

Desde la administración se alegó que la escasez de material y las dificultades para adquirirlo estaban vinculadas a causas “de fuerza mayor o riesgo catastrófico, de carácter imprevisible o inevitable”, sin embargo el magistrado del Juzgado de lo Social de Huesca, Eduardo José Bernués, destaca que “la parte demandada no acredita haber actuado con la diligencia debida para proteger a los profesionales del ámbito sanitario respecto al riesgo grave derivado del coronavirus” y recuerda que desde enero la OMS había alertado sobre las consecuencias del virus. 

Condenan las instrucciones de reutilizar el material

Ante la falta de protección, el Servicio Vasco de Salud distribuyó entre sus profesionales “instrucciones de uso, reutilización y lavado” de mascarillas y batas, una decisión reprobada por los magistrados, que recuerdan que estos protocolos “dejaron de lado las recomendaciones de uso señaladas por los fabricantes  que advertían el riesgo potencial de infecciones para el paciente y para el usuario que conllevaba su reutilización o uso inadecuado”. Ante estas instrucciones y las carencias de material, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco condena a la administración “a tomar las medidas oportunas para la protección del personal a su servicio”.

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