Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La reivindicación de salarios más altos y menos jornada marca el Primero de Mayo
A tres metros del abuelo tras años buscándole: familias visitan las Cuelgamuros
Análisis - Sánchez, ¿acicate o lastre para Illa? Por Neus Tomàs

Segunda condena para el agitador ultra Alvise por hostigar a Ana Pastor: debe indemnizarla con 10.000 euros

Imagen de archivo de la periodista Ana Pastor

Alberto Pozas

15

El agitador ultra Luis 'Alvise' Pérez ha sido condenado por segunda vez por hostigar en las redes sociales a Ana Pastor. Según ha avanzado Newtral y ha confirmado elDiario.es, la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al exasesor de Ciudadanos a pagar 10.000 euros a la periodista por difundir una foto de ella cenando con su marido refiriéndose a ellos como “la mafia”. Se trata de la segunda condena por la vía civil dictada contra Pérez a indemnizar a Pastor después de que el mismo tribunal le obligara a pagar 1.000 euros a la periodista por insinuar, sin datos, que su empresa Newtral incurría en irregularidades fiscales y contables.

Pérez publicó las fotos en su cuenta de Twitter y otros perfiles de internet en septiembre de 2020. Una foto en la que Ana Pastor y su marido, Antonio García Ferreras, comían con Óscar Camps, de Open Arms. “¿Qué hacían este verano @_AnaPastor, su marido #Ferreras y el dueño de @openarms_fund comiendo juntos en uno de los restaurantes más exclusivos de Baleares?... Cómo se tensa la mafia cuando los observados, perseguidos y desnudos ante la opinión pública son ellos ¿verdad?”, se preguntaba el agitador ultra.

El condenado publicó el mensaje y la foto en otros perfiles en distintas redes sociales, con un mensaje que repite de forma habitual sobre su marcaje y persecución a una supuesta “mafia” formada por políticos y periodistas del espectro progresista. “Nunca antes la mafia se había sentido tan cercada, observada y desenmascarada como ahora. Esto tan sólo acaba de empezar”, afirmó en otro de sus mensajes.

Pastor llevó el caso ante los tribunales con Alvise Pérez declarado en “voluntaria rebeldía” al no comparecer en el proceso, dice la sentencia, y un juzgado dio la razón en primera instancia al agitador ultra. La magistrada que estudió el caso entendió que Pastor es un personaje público, la imagen se correspondía con un espacio público y estaba comiendo, una “situación ordinaria”, de tal manera que ni su intimidad ni su imagen quedaban afectados. No merecía, por tanto, una indemnización.

La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado un recurso de la periodista y, aunque mantiene que la publicación de la foto no afectó a su derecho a la intimidad, pero sí a su imagen. “No ejerce cargo público alguno por más que por su profesión de periodista y presentadora de televisión tenga cierta proyección pública, sin que las fotografías tengan relación alguna con este ámbito profesional”, reprochan los jueces.

Para este tribunal, en una sentencia todavía recurrible ante el Tribunal Supremo, la foto que difundió el agitador ultra no era una noticia y, además, Pastor no dio su consentimiento para que fuera difundida. “Las fotografías de la demandante comprenden, insistimos, aspectos estrictamente concernientes a su vida privada sin dimensión pública alguna”, establece la sentencia para firmar una indemnización de 10.000 euros para la periodista.

Tercera condena para Luis 'Alvise' Pérez

Esta sentencia de la Audiencia de Madrid de hace cinco días supone la tercera condena no firme que los jueces dictan contra este agitador ultra, en su momento asesor de Ciudadanos en la Comunidad Valenciana. A principios de este año, por ejemplo, fue condenado igualmente por la vía civil a indemnizar a Ana Pastor con otros 1.000 euros por otros mensajes sobre ella: en ese caso, por insinuar sin datos que su empresa Newtral cometía irregularidades contables y no pagaba suficientes impuestos.

Dijo entonces la Justicia que sus tuits estaban “trufados de insinuaciones” y que presentaban como sospechosa “la rápida evolución de sus beneficios” sin presentar ningún tipo de prueba sobre lo que decía. También fue condenado el autor de un canal de YouTube donde también se vertían acusaciones similares.

Otra condena llegó en noviembre del año pasado cuando un juzgado de la capital condenó a Pérez a indemnizar con 60.000 euros al exministro José Luis Ábalos, blanco habitual de sus mensajes y críticas en sus distintos perfiles en las redes sociales. En ese caso también por difundir una foto de la vida personal de Ábalos sin su permiso en el jardín de su casa e ilustrando las imágenes con un mensaje: “¿Qué opinarías de la salud mental de un Ministro que se pasa toda la tarde mirando fijamente un par de pájaros enjaulados?”.

Otra agitadora ultra, ligada en el pasado a Vox en la Comunidad Valenciana, también ha sido condenada por la jurisdicción civil a indemnizar a Ábalos por hechos similares. Fue Cristina Seguí, a la que un juzgado de Madrid condenó a pagar 6.000 euros al exministro por insultarle en su cuenta de Twitter.

Etiquetas
stats