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El sindicato de mandos de la Policía Nacional tergiversa la ley trans: “¿Quién cachea a un hombre inscrito mujer?”

Cacheos, calabozos y escuela de Policía en el comunicado del SPP

Pedro Águeda

27 de febrero de 2023 22:34 h

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El Sindicato Profesional de Policía (SPP), la asociación destinada a defender los intereses de la escala de mandos de la Policía Nacional, ha difundido un comunicado en el que se refiere a las mujeres trans como “hombres que se declaran e inscriben como mujer”. El SPP advierte de la “inseguridad jurídica” de los agentes a la hora de actuar como consecuencia de la aprobación de la conocida como ley trans.

De acuerdo con los mantras de la extrema derecha, el sindicato tergiversa el contenido del texto y lanza tres preguntas acerca de cómo deberá ser la actuación policial a partir de ahora con personas que cambien su sexo legal. El SPP ignora que el nuevo texto no realiza ninguna modificación que afecte a la actuación policial y que la inscripción en el registro de una persona trans está avalado por otra ley desde 2007.

El SPP comienza advirtiendo de que la ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI va a provocar “problemas operativos”. El sindicato, que suele nutrir con sus comisarios afiliados las distintas cúpulas policiales, considera que la mujer trans es “un hombre que se declare e inscriba como mujer”. A partir de ahí, pregunta: “¿Quién debe cachearlo?”.

Parapetado en la defensa corporativa de los policías, el sindicato continúa con su discurso de odio: “¿Tienen nuestras policías la obligación de cachear a quien tiene la apariencia externa y los atributos de un hombre? ¿Esas policías no tienen derechos?”. 

La ley 3/2007 reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas establecía que “no será necesario para la concesión de la rectificación registral de la mención del sexo de una persona que el tratamiento médico haya incluido cirugía de reasignación sexual”. El supuesto problema que el SPP pretende atribuir a la ley aprobada hace unos días por el Congreso de los Diputados, el de los cacheos a mujeres trans que no se han sometido a cirugía, procedería de un texto de hace 16 años. Y ni siquiera fue tal porque el Ministerio del Interior de la época lo resolvió casi de inmediato. 

En este sentido, el sindicato de los mandos policiales ignora deliberadamente la instrucción 12/2007 de la Secretaría de Estado de Seguridad, de obligado cumplimiento para policías y guardias civiles, “sobre los comportamientos exigidos a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para garantizar los derechos de las personas detenidas o bajo custodia policial”. 

En su apartado octavo, Interior reguló el modo de actuar de los agentes durante los cacheos. En el punto seis del citado apartado se dice que los registros corporales se deberán hacer, “salvo urgencia, por personal del mismo sexo que la persona cacheada”. “El criterio a seguir siempre en esta operación es el del máximo respeto a la identidad sexual de la persona cacheada, lo que deberá tenerse en cuenta muy especialmente en el caso de las personas transexuales”.

La citada instrucción fue dictada por el entonces secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho, en julio de 2007, tres meses después de la entrada en vigor de la ley 3/2007 reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas y sigue vigente, y de obligado conocimiento y cumplimiento, a día de hoy. En 2018, con el Gobierno del PP, Interior dictó una nueva instrucción en la que reiteraba la expresión “máximo respeto a la identidad sexual” de la persona cacheada y añadía: “especialmente en el caso de personas transexuales, transgénero o intersexuales”.

En representación de 300 miembros de la cúspide policial

Alrededor de 300 comisarios y comisarios principales, la cúspide del escalafón policial, están afiliados al SPP, además de una mayoría de inspectores e inspectores jefe. Debido a su función de representación exclusiva de los mandos policiales, el SPP no suele descender a cuestiones operativas que afectan a los policías de la calle. Sin embargo, esta vez se ha preocupado por la labor diaria de los agentes de la escala básica del cuerpo.

En esta línea, y otra vez negando a las personas trans su identidad de género, pregunta también en su octavilla digital: “¿En qué celdas tenemos que custodiar a ese mismo hombre declarado mujer en caso de ser detenido por un delito? ¿Con hombres? ¿Con mujeres?”. De nuevo, una instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad, en este caso de 2018, regula la actuación en calabozos, tanto de Policía como de Guardia Civil. El apartado 2.e está destinado al “aforo y ocupación” y en él se establece que “el criterio general de ocupación será de un detenido por celda, independientemente de la capacidad máxima de cada una” y que, si es imposible por la cantidad de arrestados, “se tendrán en cuenta las circunstancias de los detenidos”, incluido el sexo de cada uno de ellos.

El SPP no formula ninguna duda respecto del título IV de la ley trans, donde se recoge una amplia y novedosa categoría de sanciones por incumplimiento del citado texto legal que los policías tendrán que conocer para aplicar cuando la ley entre próximamente en vigor. La Policía cuenta con un código ético de 2013 que consagra el “principio de igualdad y no discriminación” en el trato con los ciudadanos, con independencia de su “origen, lengua, raza, religión, creencias, sexo, edad, ideología, discapacidad o condición social”.

Interior no hace comentarios

El Sindicato Profesional de Policía lleva su polémica a la Escuela Nacional de Policía, con sede en Ávila. Insistiendo en negar la identidad de género de las personas trans, añade: “En caso de que un hombre se declare mujer y quiera acceder a la Policía Nacional… ¿Qué pruebas físicas se le exigirán? ¿Las de hombre? ¿Las de mujer? ¿En qué módulo residirán en la Escuela?”. El comunicado termina: “¡No a la inseguridad jurídica para los y las policías!”. elDiario.es ha solicitado un pronunciamiento al Ministerio del Interior, pero el departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska ha evitado hacer declaraciones.

Su abrumadora presencia en la escala superior de la Policía hace transversal la presencia de los afiliados del SPP en las cúpulas policiales de los gobiernos de distintos signo. Sin embargo, el SPP es especialmente beligerante cuando no gobierna la derecha o tiene que actuar en defensa de sus intereses. La mayoría de la brigada política que actuó en el Ministerio del Interior durante la primera legislatura de Mariano Rajoy estaba afiliada a este sindicato. 

Durante más de un lustro, el sindicato estuvo presidido por uno de los miembros más significados de esa brigada política, José Ángel Fuentes Gago, el inspector jefe que viajó a Nueva York en 2016 a buscar pruebas contra Podemos para evitar que el partido morado llegara al Gobierno y que dijo actuar “con un mandato” de Mariano Rajoy. A principios de los años ochenta, el portavoz del SPP era José Manuel Villarejo, el policía juzgado por liderar una organización criminal. La ley 2/86 que rige la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado establece que los agentes, en el ejercicio de sus funciones, deben actuar “con absoluta neutralidad política”.

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