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El Supremo confirma la condena de prisión a un policía que intentó agredir sexualmente a una subordinada en un bar

Imagen de archivo del anagrama de la Policía Nacional en un coche del Cuerpo Nacional de Policía.

Elena Herrera

24 de febrero de 2026 22:20 h

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de tres años de cárcel impuesta a un subinspector de Policía Nacional por intentar agredir sexualmente en un bar de Madrid a otra agente que era su subordinada en la comisaría en la que trabajaban. El Alto Tribunal rechazó el pasado noviembre el recurso de la defensa del subinspector y consideró probados los hechos. El agresor entró la semana pasada en prisión, según la documentación a la que ha tenido acceso elDiario.es. 

El Supremo rechazó su recurso por falta de interés casacional. Esto es, porque sus alegaciones no requerían un pronunciamiento para unificar doctrina. Esa decisión convierte en firme la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que consideró probado que el subinspector abordó a la agente en prácticas dentro del baño de un bar con los pantalones bajados e intentó forzar que le hiciera una felación.

El subinspector fue condenado a tres años de prisión por un delito de agresión sexual en grado de tentativa, la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante ocho años y el pago de una indemnización de 7.550 euros por daño moral. 

Las sentencias del caso revelan que varios policías compañeros del condenado testificaron para intentar desacreditar a la víctima y hacer creer a los jueces que había denunciado para poder ser considerada víctima de violencia de género y así poder elegir destino. El TSJM, que revisó la sentencia de la Audiencia Provincial, rechazó la existencia de “ánimo espurio” en la denuncia. Consideró que era “una torticera imputación de aprovechamiento de recursos puestos al servicio de protección de las víctimas”, que fue desmentida, además, por el hecho de que la mujer permaneció finalmente destinada en Madrid.

“Espero, princesa, que esté todo bien”

Los hechos se remontan a noviembre de 2020. Ambos ejercían como policías nacionales en una comisaría de la capital. Él era subinspector y, por tanto, superior de la joven que en ese momento estaba en fase de prácticas tras salir de la academia. Ese día, la agente se iba a su casa, pero su superior la invitó a ir con él y otros dos policías a un bar cercano a tomar algo después del trabajo.

El intento de agresión se produjo en el aseo del local. La víctima se estaba lavando las manos cuando el condenado se acercó a ella con los pantalones bajados, le obligó a tocarle el pene, intentó besarla y trató de obligarle a realizarle una felación. La víctima empujó al subinspector, consiguió “zafarse” de él y volvió a la mesa con sus compañeros. Diez minutos más tarde salió del local y llamó llorando a su pareja, contando lo que había sucedido.

Siguiendo el consejo de su pareja, la mujer se marchó del local y llamó a su madre, al que también le relató lo que le había pasado. La siguiente llamada fue a su prima, que también es policía nacional, y que la acompañó a presentar una denuncia a la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM). Cuando se encontraba esperando en dependencias policiales, la víctima recibió una llamada del agresor. Ella no contestó y él le mandó el siguiente mensaje: “Espero princesa que esté todo bien”, que acompañó con dos emoticonos de besos y un corazón.

“Plena credibilidad” de la víctima

El caso estuvo casi cuatro años bajo investigación en un juzgado de la Plaza de Castilla de Madrid hasta que la Audiencia Provincial lo condenó a tres años de cárcel. Esa resolución fue ratificada por el TSJM y, ahora, declarada firme por el Supremo, lo que ha implicado la entrada en prisión del agresor. 

Los tribunales han dado en este caso “plena credibilidad” al relato de la denunciante, debido a la “coherencia del relato”, así como a la “persistencia en la incriminación”, que son requisitos que exige la jurisprudencia. Además, han constatado que su declaración estaba corroborada por la declaración de su madre, su pareja y su prima, a quienes llamó inmediatamente y que dieron en cuenta del estado emocional en el que se encontraba. 

Los jueces también han tenido en cuenta otras cuestiones, como el hecho de que ambos coincidieron en el baño y los informes periciales médicos y psicológicos que acreditan que la víctima sufrió un cuadro de ansiedad agudo y de síntomas compatible con el trastorno por estrés postraumático.

Durante el proceso, el ahora condenado en firme negó los hechos, alegó falta de pruebas y acusó a la víctima de denunciarle en falso para ser considerada víctima de violencia machista y conseguir un traslado a su ciudad natal que, de otra manera, no habría logrado. También impugnó las conclusiones de los citados informes periciales. 

Durante el proceso varios agentes declararon contra la víctima, dando a entender que ella era quien buscaba cercanía con su superior para lograr trato de favor. “Era ella la que iba detrás del jefe”, dijo uno de los policías. “Se pegaba al subinspector”, dijo otra. Según sus compañeros, la víctima “no rendía” y “no tenía ganas de trabajar” y tenía “intereses espurios” al denunciar “porque quería obtener una plaza en su ciudad natal”, algo “imposible” para un recién llegado “salvo en los casos de víctimas de delitos contra la libertad sexual”. Ese traslado nunca se produjo. 

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