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¿Hay subsidios para menores de 45 años?

Subsidio para personas con menos de 45 años

Javier Garrido

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Las personas que se encuentran en paro y han agotado la prestación contributiva por desempleo, tienen la posibilidad de acceder a diferentes subsidios por desempleo habilitados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Se trata de prestaciones concretas para las que es necesario cumplir una serie de requisitos.

Es cierto que dos de los subsidios más relevantes son para personas mayores de 45 años. Concretamente, nos referimos al subsidio para mayores de 45 años y al subsidio para mayores de 52 años. Son dos prestaciones no contributivas destinadas a personas en paro y que han agotado la prestación contributiva por desempleo.

Entre otras cosas, el subsidio para mayores de 52 años es la única prestación no contributiva que permite seguir cotizando a la Seguridad Social durante la percepción de la propia prestación. En este sentido, desde el SEPE explican que “la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento”.

Subsidios para menores de 45 años

Sin embargo, debemos tener claro que el SEPE también gestiona diferentes subsidios al que pueden acceder las personas menores de 45 años. Igualmente, para tener derecho a cada uno de estos subsidios es necesario cumplir todos los requisitos básicos establecidos por ley.

Según el SEPE, estos son los subsidios que pueden cobrar las personas menores de 45 años en España en 2022:

  1. Subsidio por cotización insuficiente: Dirigido a las personas que no han cotizado lo suficiente (menos de 360 días) para tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
  2. Con cargas familiares: Este subsidio está destinado tanto para mayores de 45 años, como para personas con una edad inferior. Además, la edad es un elemento clave para determinar la duración de esta prestación.
  3. Subsidio extraordinario por desempleo.
  4. Renta Activa de Inserción (RAI): Destinado a colectivos vulnerables que no tienen derecho a la prestación contributiva por desempleo o subsidio por desempleo. Entre estos colectivos se encuentran las personas con discapacidad, emigrantes retornados a España, víctimas de violencia de género o violencia doméstica y parados de larga duración.

Todos estos subsidios, los habilitados para mayores de 45 años y también aquellos dirigidos a personas menores de 45 años, tienen en común la cuantía mensual que se percibe por cada uno de ellos. Dicho importe es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en cada momento; siendo de 463,21 euros al mes en 2022.

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