Estos son los requisitos para obtener una pensión por incapacidad permanente total
La incapacidad permanente total es la que inhabilita a un trabajador para la realización de todas las tareas de su profesión habitual. Esto quiere decir que tener reconocida una incapacidad permanente total no permitirá seguir con el mismo tipo de empleo. No obstante, sí que se podrán realizar otras actividades laborales que no interfieran en el tipo de discapacidad.
La pensión por incapacidad permanente total se suele aprobar si como consecuencia de una patología o lesión, un trabajador no puede volver a ejercer su profesión habitual. Además, esta conlleva una pensión del 55% de la base reguladora.
Requisitos para solicitar una pensión por Incapacidad Permanente Total
Para poder solicitar una prestación por incapacidad permanente total será necesario cumplir con una serie de requisitos previos:
- No haber alcanzado la edad de jubilación. En caso de que se haya llegado a ella, no se deberá tener derecho a percibir la pensión por jubilación por no tener la cotización mínima de 15 años.
- Estar de alta en la Seguridad Social, o en una situación asimilada al alta.
- En caso de enfermedad profesional o accidente, no se requerirá una cotización previa.
- En caso de que se trate de una enfermedad común:
- Menores de 31 años: Será indispensable haber cotizado un tercio del tiempo desde que se cumplió los 16 años hasta el momento en el que se produjo el hecho que originó la discapacidad.
- Mayores de 31 años: Es obligatorio tener una cotización mínima de 5 años. Además, una quinta parte del período de cotización debe estar comprendida en los 10 años anteriores al comienzo de la prestación.
- En el caso de los trabajadores a tiempo parcial, se aplicará el coeficiente global de parcialidad para poder comprobar si pueden acogerse a esta prestación.
¿Cómo se puede solicitar una Incapacidad Permanente?
Para poder solicitar una incapacidad permanente de cualquier grado será necesario realizar una serie de trámites para poner en marcha el expediente. Primeramente se deberán comprobar los requisitos legales y médicos. Una vez se hayan comprobado, se podrá iniciar el expediente.
Se tienen que aportar documentos personales (DNI e historial clínico) y laborales (según si el trabajador es autónomo o pertenece a otro régimen), además del formulario de incapacidad permanente a cumplimentar.
Con toda esta documentación, el interesado deberá acudir a un centro de atención del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y presentar los papeles. No obstante, si se dispone de certificado digital, la tramitación se podrá realizar de forma online.
0